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Plazo no verificadoBDNS 830731

Convocatoria 2025 de Ayudas al Fomento del Empleo Autónomo.

AUTONOMICA · PRINCIPADO DE ASTURIAS · CONSEJERÍA DE CIENCIA, EMPRESAS, FORMACIÓN Y EMPLEO

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 05:31 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS

Finalidad

Fomento del Empleo

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
06/05/2025
Publicación en diario oficial
14/05/2025

Texto oficial de apertura: Día siguiente al de la publicación del extracto

Texto oficial de cierre: Un mes

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Se procede a rectificar los errores advertidos en el Extracto, publicado en el BOPA nº 91 el 14 de mayo de 2025, de la Resolución de 22 de abril de 2025, de la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de Ayudas al Fomento del Empleo Autónomo, en el sentido siguiente:PRIMERO.-Donde dice:"Cuarto.-Cuantía.La cuantía total máxima autorizada será de dos millones quinientos mil euros (2.500.000,00 €), que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 14.04.322L.471.004 Tarifa mixta autónomos (PEP 2025/000509 FSE+ Ayudas Fomento Empleo Autónomo) de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2025.Asimismo, y a los efectos previstos en el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se fijará una cuantía adicional de un millón de euros (1.000.000,00 €), cuya aplicación a la concesión de estas subvenciones no requerirá nueva convocatoria, sirviendo la que ahora se dicte a todos los efectos.… "Debe decir:"Cuarto.-Cuantía.La cuantía total máxima autorizada será de dos millones quinientos mil euros (2.500.000,00 €), que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 14.04.322L.471.004 Tarifa mixta autónomos (PEP 2025/000509 FSE+ Ayudas Fomento Empleo Autónomo) de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2025.Las ayudas serán financiadas con fondos propios de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias y podrán ser cofinanciadas en un 60% por la Unión Europea en el marco del Programa del FSE+ del Principado de Asturias para el periodo de programación 2021-2027.Asimismo, y a los efectos previstos en el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se fijará una cuantía adicional de un millón de euros (1.000.000,00 €), cuya aplicación a la concesión de estas subvenciones no requerirá nueva convocatoria, sirviendo la que ahora se dicte a todos los efectos.… "SEGUNDO.-Donde dice:"Sexto.- Otros datos.Las solicitudes de subvención se ajustarán al modelo disponible en la sede electrónica https://sede.asturias.es (introduciendo el código AYUD0476T01 en el buscador de la cabecera, situado en la parte superior derecha).Las solicitudes se dirigirán al Servicio de Emprendedores y Economía Social, código de identificación DIR A03028882."Debe decir:"Sexto.- Otros datos.Las solicitudes de subvención se ajustarán al modelo disponible en la sede electrónica https://sede.asturias.es (introduciendo el código AYUD0476T01 en el buscador de la cabecera, situado en la parte superior derecha).Las solicitudes se dirigirán al Servicio de Emprendedores y Economía Social, código de identificación DIR A03028882.En caso de actuar por medio de representante, la solicitud deberá ir acompañada de la documentación acreditativa de la representación de la persona que actúe en nombre de la persona solicitante.Adicionalmente, tratándose de ayudas que podrán ser cofinanciadas en un 60% por la Unión Europea en el marco del Programa del FSE+ del Principado de Asturias para el periodo de programación 2021-2027, los solicitantes deberán cumplimentar el Cuestionario de Indicadores disponible en la sede electrónica. Dicho cuestionario deberá acompañar a la solicitud y estar suscrito y firmado digitalmente por el interesado (no por su representante).En caso de que el interesado no disponga de firma digital podrá adjuntar el pdf firmado en forma manuscrita y escaneado. En este caso, el documento original quedará sujeto a la obligación de custodia establecida en el Resuelvo Decimotercero de la Resolución de 22 de abril de 2025, aprobatoria de la convocatoria."Oviedo, a 14 de mayo de 2025.-El Consejero de Ciencia, Industria y Empleo.

Primero.- Beneficiarios.Podrán ser beneficiarias de estas ayudas aquellas personas trabajadoras autónomas que hayan causado alta en el correspondiente Régimen Especial de la Seguridad Social en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024 para desarrollar una actividad en el Principado de Asturias por un período mínimo de 2 años y cumplan los dem ás requisitos establecidos en las bases reguladoras de estas subvenciones.Segundo.- Objeto.Estas subvenciones tienen por objeto favorecer en el Principado de Asturias la creación de empleo por cuenta propia promocionando la incorporación de personas inscritas y en situación de alta como demandantes de empleo no ocupados al Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (en adelante, RETA) o como trabajador por cuenta propia en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar (en adelante, REMAR).Tercero. -Bases reguladoras.Bases reguladores aprobadas por Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (BOPA de 22/05/2023) por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de Ayudas al Fomento del Empleo Autónomo.Cuarto.- CuantíaLa cuantía total máxima autorizada será de dos millones quinientos mil euros (2.500.000,00 €), que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 14.04.322L.471.004 Tarifa mixta autónomos (PEP 2025/000509 FSE+ Ayudas Fomento Empleo Autónomo) de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2025.Asimismo, y a los efectos previstos en el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se fijará una cuantía adicional de un millón de euros (1.000.000,00 €), cuya aplicación a la concesión de estas subvenciones no requerirá nueva convocatoria, sirviendo la que ahora se dicte a todos los efectos.La efectividad de dicha cuantía adicional queda condicionada a la disponibilidad de crédito como consecuencia de las circunstancias señaladas en el citado artículo, en su caso, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda, en un momento anterior a la Resolución de concesión de la subvención, debiendo tramitarse el correspondiente expediente de gasto por el importe declarado disponible.De acuerdo con lo establecido en el artículo 58.5 del citado Reglamento, el órgano concedente deberá publicar la declaración de créditos disponibles con carácter previo a la resolución de concesión en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.Las ayudas recogidas en la presente convocatoria se concederán en régimen de concurrencia competitiva, siendo la cuantía de la subvención de hasta un máximo de tres mil cuatrocientos treinta y dos euros (3.432 ,00 €) para cada beneficiario.Si el crédito disponible no permitiera la concesión de subvenciones por el importe máximo previsto en estas bases a todos los solicitantes que reúnan los requisitos exigidos, el órgano competente procederá al prorrateo del importe global máximo destinado a las subvencionesentre los beneficiarios.Quinto.- Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar a partir del día siguiente al de publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.Sexto.- Otros datosLas solicitudes de subvención se ajustarán al modelo disponible en la sede electrónica https://sede.asturias.es (introduciendo el código AYUD0476T01 en el buscador de la cabecera, situado en la parte superior derecha).Las solicitudes se dirigirán al Servicio de Emprendedores y Economía Social, código de identificación DIR A03028882.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 13/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSResolución Rectif. Errores en Resol. Aprobación Cª Ayudas FEAPublicado 13/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSRectificación de errores detectados en el Extracto de la Resolución de 22 de abril de 2025, de la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de Ayudas al Fomento del Empleo Autónomo.Publicado 22/05/2025Extracto de la Resolución de 22 de abril de 2025 de la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo, por la que se apueba la convocatoria de Ayudas al Fomento Autónomo.Publicado 14/05/2025Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas al Fomento del Empleo Autónomo