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Plazo no verificadoBDNS 830768

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA ESTUDIOS Y FORMACIÓN PARA ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS (MÚSICA Y DANZA) EJERCICIO 2025

LOCAL · BURJASSOT · AYUNTAMIENTO DE BURJASSOT

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 05:33 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES - ESPAÑA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Otras Prestaciones económicas

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
20/05/2025
Fin de solicitudes
09/06/2025
Registro en BDNS
07/05/2025
Publicación en diario oficial
19/05/2025

Texto oficial de apertura: al día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia

Texto oficial de cierre: 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación en el BOP

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero.- Beneficiarios.Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas que reúnan los siguientes requisitos en el momento de presentación de solicitudes:a) Personas físicas de edad comprendida entre 6 y 14 años ambos inclusive (nacidos entre 2011 y 2019), empadronadas en el municipio de Burjassot, con al menos UN (1) AÑO de antigüedad en el padrón municipal, en el momento de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Este requisito se comprobará de oficio por el Ayuntamiento.b) Estar cursando estudios de música y/o danza, de grado elemental o profesional, durante el curso 2024/2025 en centros homologados. A efectos de estas ayudas, se considerarán válidos los centros que forman parte de la red de conservatorios profesionales de Música y Danza de la GVA, o los centros adscritos a ella, que imparten enseñanzas regladas y reguladas por la Conselleria de Educación.c) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Tesorería Territorial de la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Burjassot. La acreditación del cumplimiento de la obligación de estar al corriente con el Ayuntamiento de Burjassot se realizará de oficio por el Ayuntamiento, mediante la expedición de certificación administrativa positiva, de conformidad con el artículo 9 de la Ordenanza General de Subvenciones.La acreditación del cumplimiento de la obligación de estar al corriente con el Ayuntamiento de Burjassot se realizará de oficio por el Ayuntamiento, a instancias del servicio gestor de esta subvención, mediante la expedición de certificación administrativa positiva, de conformidad con el artículo 9 de la Ordenanza General de Subvenciones.d) No encontrarse incursos en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.e) No tener reintegros pendientes de subvenciones de ejercicios anteriores.f) No percibir ayudas o subvenciones destinadas al mismo fin, que resulten incompatibles con la presente ayuda, y que, en caso de ser compatibles, no superen conjuntamente el coste del gasto subvencionado.Segundo.- Objeto.El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de ayudas económicas destinadas a distinguir, promocionar y reconocer el rendimiento académico y la cultura del mérito y la excelencia de niños y niñas estudiantes que cursen Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música y Danza.La finalidad que se pretende conseguir es fomentar la actividad artística de música y danza entre los niños y niñas del municipio.Las actividades objeto de la subvención serán las desarrolladas desde el 1 de septiembre de 2024 hasta el 31 de agosto de 2025.Tercero.- Bases reguladoras.La Ordenanza General reguladora de subvenciones está publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia número 105, de 31 de mayo de 2024.https://transparencia.burjassot.org/wp-content/uploads/2024/06/anuncioboppublicaciondefinitivaordenanzasubvenciones.pdfCuarto.- Cuantía.El importe de estas subvenciones se hará efectivo con cargo al crédito del presupuesto vigente de la Partida Municipal 330 48100 “Ayudas Becas Artísticas”. El importe máximo destinado a estas subvenciones será de 3.000 euros.Quinto.- Plazo de presentación.El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.Sexto.- Otros datosEl texto íntegro de la convocatoria a la que se refiere el presente extracto puede consultarse enhttps://www.burjassot.org/

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 07/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 05 de mayo de 2025, por la que se convocan las subvenciones destinadas a estudios y formación para enseñanzas artísticas (música y danza) de niños y niñas entre 6 y 14 años, para el ejercicio 2025.Publicado 19/05/2025APROBACIÓN DE LA ORDENANZA GENERAL REGULADORA DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE BURJASSOT