Plazo no verificadoBDNS 830769
Orden de 7 de mayo de 2025, de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, por la que se convocan subvenciones para el año 2025 del programa de apoyo a la creación y al empleo en cooperativas y sociedades laborales. Programa I. Incorporación de socios
AUTONOMICA · CASTILLA Y LEÓN · CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, UNIVERSIDADES, EMPLEO Y COMERCIO
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 05:33 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES41 - CASTILLA Y LEON
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 13/05/2025
- Fin de solicitudes
- 09/06/2025
- Registro en BDNS
- 07/05/2025
- Publicación en diario oficial
- 12/05/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.Primero.- FinalidadConvocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de las ayudas para el año 2025 dirigidas a incentivar la creación y mantenimiento del empleo en cooperativas y sociedades laborales a través de la incorporación de socios, dentro del programa de apoyo a la creación y al empleo en cooperativas y sociedades laborales.El objeto es fomentar la incorporación, con carácter indefinido, como personas socias trabajadoras o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales a personas trabajadoras desempleadas y a personas trabajadoras con contrato de trabajo de carácter temporal o de carácter indefinido en la misma cooperativa o sociedad laboral en la que se incorporen como socias, que no tengan todavía la condición de socia trabajadora.Segundo.- BeneficiariosPodrán ser beneficiarias las cooperativas y sociedades laborales con personas socias trabajadoras o de trabajo, inscritas en los Registros de Cooperativas y Sociedades Laborales de Castilla y León y que desarrollen su actividad económica dentro del territorio de la Comunidad de Castilla y León.Tercero.- Bases ReguladorasOrden IEM/1166/2023, de 3 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del programa de apoyo a la creación y al empleo en cooperativas y sociedades laborales (BOCyL n.º 195, de 10 de octubre).Cuarto.- Cuantía de la subvenciónLa cuantía de la subvención para cada uno de los hechos subvencionables es la siguiente:a) La cuantía de referencia de la subvención será de 7.000 euros por cada persona procedente de situación de desempleo que se incorpore a jornada completa, como socio trabajador o de trabajo en una cooperativa o sociedad laboral.Si se trata de la incorporación, con carácter indefinido, como socio trabajador o socio de trabajo, de una persona trabajadora con contrato temporal o indefinido en la misma cooperativa o sociedad laboral en la que se incorpore como socia, la cuantía será de 5.500 euros.b) Cuando la persona incorporada sea una mujer desempleada que se incorpora como socia trabajadora o de trabajo a jornada completa en los 24 meses siguientes a la fecha del parto, adopción o acogimiento, la cuantía de la subvención será de 8.000 euros.c) Si la persona incorporada a jornada completa es mayor de 45 años o se trata de joven menor de 30 años, la subvención ascenderá a 8.500 euros.d) Si la incorporación como socia a jornada completa lo es de una persona desempleada de larga duración, la cuantía será de 8.750 euros.e) En el caso de personas con discapacidad con grado reconocido igual o superior al 33% o de personas desempleadas en situación de exclusión social, la cuantía de la ayuda será de 9.500 euros siempre que en ambos casos la incorporación sea a jornada completa.f) En los supuestos recogidos en las letras a), c), d) y e), la cuantía se incrementará en 500 euros si la persona incorporada es mujer.Cuando la jornada de trabajo del socio trabajador o de trabajo incorporado sea a tiempo parcial, la cuantía de la ayuda será proporcional a la duración de su jornada.Quinto.- Plazo de presentación de solicitudesDesde el día siguiente de la publicación del extracto en el BOCyL hasta el 9 de junio de 2025.
Bases y documentación
Orden de 4 de septiembre de 2025, de la C. de Ind., Com. y Empleo, por la que se modifica la Orden de 7 de mayo de 2025, de la Consej. de Ind., Com. y Empleo, que convoca subvenciones del progr. de apoyo a la creación y al empleo en coop. y SLL (2025)Publicado 09/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 07/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Orden de 7 de mayo de 2025, de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, por la que se convocan las subvenciones para el año 2025 del Programa de apoyo a la creación y al empleo en cooperativas y sociedades laborales. Programa I.- Incorporación de socios trabajadores o de trabajo a cooperativas y sociedades laboralesPublicado 12/05/2025Orden IEM/1166/2023, de 3 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del programa de apoyo a la creación y al empleo en cooperativas y sociedades laboralesInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.