Resolución de XX/XX/2025, por la que se convocan para el año 2025, las subvenciones para el desarrollo de proyectos de sensibilización y formación en Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
AUTONOMICA · CASTILLA-LA MANCHA · DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA CIRCULAR
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES42 - CASTILLA LA MANCHA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras Prestaciones económicas
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
07/05/2025
Publicación en diario oficial
13/05/2025
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOCM
Texto oficial de cierre: 15 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación en el DOCM
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Entidades Beneficiarias. 1. Podrán concurrir a la convocatoria de estas subvenciones las entidades con personalidad jurídica, que carezcan de ánimo de lucro, y que cumplan los requisitos establecidos en el resuelvo quinto. 2. Así mismo podrán concurrir agrupaciones de dos o más entidades, cuando cada una que la integran reúna por sí misma los requisitos del apartado 1 y cumplan con las condiciones de la disposición cuarta de la convocatoria. Segundo. Objeto. El objeto de esta resolución es convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones destinadas a la realización de proyectos de sensibilización y formación en materia de Agenda 2030 y objetivos de Desarrollo Sostenible en Castilla-La Mancha. Tercero. Bases reguladoras. La Orden 158/2022, de 1 de agosto, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, establece las bases reguladoras de las subvenciones de stinadas a la realización de proyectos de sensibilización y formación en Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el ámbito de Castilla-La Mancha (DOCM núm. 154, de 11 de agosto). Cuarto. Presupuesto. El crédito consignado para financiar la convocatoria asciende a 40.000 euros, que se imputarán al presupuesto de gastos, de las aplicaciones presupuestarias con cargo a la aplicación presupuestaria 23050000G/442F/48000 JCCM/0000026424 de la Consejería de Desarrollo Sostenible de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el ejercicio 2025. Quinto. Cuantía de la ayuda. Se podrá financiar por parte de la Consejería competente en materia de Agenda 2030 hasta el 100 % del coste total del proyecto, con los límites establecidos en función del impacto territorial del desarrollo del proyecto (local 800 €, provincial 1600 €, supraprovincial 2400 €, regional 3100 €). Cada entidad solicitante podrá ser beneficiaria de una única subvención. Sexto. Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes se presentarán desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, y en el plazo de los quince días hábiles siguientes a ésta, e irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Economía Circular y Agenda 2030. Se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es/). Séptimo. Forma de pago. El pago de las subvenciones se realizará de manera anticipada, abonándose la totalidad de la cantidad subvencionada con la resolución de concesión de la Dirección General de Economía Circular y Agenda 2030 emitida a la entidad beneficiaria. Octavo. Periodo de ejecución. El periodo de ejecución será de doce meses a contar desde la publicación de la resolución de concesión en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, sin perjuicio de que las entidades beneficiarias deberán comunicar la fecha de inicio de realización de la actividad.