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Plazo no verificadoBDNS 831439

Decreto núm. 2025-1649 de modificación de plazos de subvenciones destinadas a las personas afectadas por las inundaciones sufridas el 29/10/2024 en el municipio, Fundación Amancio Ortega

LOCAL · CHIVA · AYUNTAMIENTO DE CHIVA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 05:51 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Otras Prestaciones económicas

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
31/03/2026
Registro en BDNS
09/05/2025
Publicación en diario oficial
20/05/2025

Texto oficial de apertura: Al día siguiente de la publicación

Texto oficial de cierre: Hasta el 31 de marzo de 2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

PRIMERO. Desde la Fundación Amancio Ortega, a consecuencia de las inundaciones delpasado 29 de octubre y los efectos producidos en los municipios afectados, acordaroncontribuir a la recuperación del municipio de Chiva con una cantidad de 4.900.000 €.SEGUNDO. Por medio de la Resolución de Alcaldía n.º 2024-2629 de fecha 5 de diciembrede 2024 se aprobaron las bases reguladoras del procedimiento de concesión directa deayudas económicas para personas afectadas por las inundaciones producidas el 29 deoctubre de 2024 en el municipio de Chiva, Fundación Amancio Ortega, publicándose en elBOP n.º 242 de fecha 17 de diciembre de 2024 y en la Base de Datos Nacional deSubvenciones (BDNS).TERCERO. Por medio de la Resolución de Alcaldía n.º 2025-0159 de fecha 8 de enero de2025 se aprobó la modificación de la Base sexta de las bases reguladoras mencionadas,asimismo se aprobó la ampliación del plazo de presentación de solicitudes un mes más,hasta el 17 de febrero, publicándose en el BOP n.º 14 de 22 de enero de 2025.CUARTO. Considerando que el municipio de Chiva se vio afectado gravemente por lasinundaciones del día 29 de octubre de 2024, que provocó daños significativos en viviendas,infraestructuras y bienes, incluso provocando el derribo de varias viviendas, dificultandogravemente las condiciones de vida de las personas beneficiarias de las ayudas.QUINTO. De acuerdo con lo establecido en las bases de la convocatoria, el plazo para lajustificación de las subvenciones finaliza el día 30 de septiembre de 2025.SEXTO. Considerando que este plazo resulta insuficiente para justificar esta subvención yteniendo en cuenta el elevado número de damnificados y las diferentes circunstancias delas personas beneficiarias de esta subvención, así como la dificultad para encontrarpersonal cualificado para acometer las reparaciones y trabajos técnicos necesarios parareparar las viviendas afectadas por las inundaciones del día 29 de octubre de 2024 debido ala alta demanda de personas afectadas en la zona. Esta falta de disponibilidad técnica estáretrasando la finalización de las actuaciones subvencionadas y, en consecuencia, larecopilación de la documentación justificativa exigida.SÉPTIMO. Dado que, a raíz de dicha situación, numerosas personas beneficiarias hancomunicado dificultades para recopilar y presentar la documentación justificativa exigidadebido principalmente a retrasos en la entrega de vehículos o dificultad para encontrarvehículos de segunda mano así como situaciones personales y económicas agravadas porla emergencia sufrida. Estas circunstancias han sido sobrevenidas y ajenas a la voluntad delas personas beneficiarias, y suponen un obstáculo para cumplir adecuadamente con eldeber de justificación dentro del plazo inicialmente establecido.OCTAVO. Considerando el impacto significativo en la actividad económica en estemunicipio, especialmente en el colectivo de trabajadores autónomos que tienen dificultadespara acceder a la documentación necesaria para justificar la subvención.NOVENO. Considerando lo dispuesto en la Base Novena de las bases reguladoras delprocedimiento de esta subvención que establece que “El plazo máximo de duración delprocedimiento será de 3 meses desde la publicación del extracto de la Bases que regulanlas ayudas en el BOP” y puesto que se amplió el plazo de presentación de solicitudes hastael día 17/02/2025 atendiendo a la demanda de las potenciales personas beneficiarias y conmotivo de la modificación de la Base sexta de las bases reguladoras de este procedimientode concesión directa de subvención.DÉCIMO. Considerando el desproporcionado volumen de registros de entrada a gestionarque a fecha 05/05/2025 era superior a 2.800, y el elevado volumen de requerimientosrealizados que a fecha 05/05/2025 era superior a 800, lo cual ha supuesto un incrementosignificativo de las tareas administrativas necesarias para su revisión y evaluación conformea los criterios establecidos en la convocatoria y todo ello ha retrasado la resolución de lassolicitudes.Este aumento no previsto en la carga de trabajo, unido a la necesidad de cumplir con lasgarantías procedimentales, hace inviable la resolución del procedimiento en el plazoinicialmente previsto, sin comprometer los principios de objetividad, igualdad y eficacia quedeben regir en la gestión de los fondos.UNDÉCIMO. Considerando lo dispuesto en el art. 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 denoviembre, General de Subvenciones “El plazo máximo para resolver y notificar laresolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses, salvo que una norma conrango de ley establezca un plazo mayor o así venga previsto en la normativa de la UniónEuropea. El plazo se computará a partir de la publicación de la correspondienteconvocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior.”Vista la propuesta de resolución PR/2025/1776 de 7 de mayo de 2025.En uso de las atribuciones que me confiere el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abrilRESOLUCIÓN:PRIMERO. Modificar las bases reguladoras del procedimiento de concesión directa de lasayudas económicas para las personas afectadas por las inundaciones sufridas el 29 de octubre de 2024 en el municipio de Chiva, “Fundación Amancio Ortega” aprobadas según laResolución de Alcaldía de fecha 5 de diciembre de 2024, en los siguientes términos:1. En cuanto al plazo máximo de justificación de la subvención recibida previsto en la BaseDécima se amplía:Hasta el día 31 de marzo de 2026 la Línea 1.- Ayudas para daños en vivienda,mobiliario, enseres y/o electrodomésticos.Hasta el día 30 de noviembre de 2025 para el resto de líneas de ayuda.2. En cuanto al plazo máximo de duración del procedimiento previsto en la Base Novena, se modifica y se establece en 6 meses de conformidad con el art. 25.4 de la LGS.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 09/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSModificación bases reguladoras de las ayudas económicas para las personas afectadas por las inundaciones sufridas el 29 de octubre de 2024 en el municipio de Chiva, “Fundación Amancio Ortega”Publicado 20/05/2025Decreto núm. 2025-1649 de modificación de plazos de subvenciones destinadas a las personas afectadas por las inundaciones sufridas el 29/10/2024 en el municipio, Fundación Amancio Ortega