Extracto publicado
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE AYUDAS A PERSONAS DEPORTISTAS CUALIFICADAS EN MODALIDADES DEPORTIVAS INDIVIDUALES DURANTE EL AÑO 2024 1. Bases Reguladoras Estas subvenciones se regirán por lo establecido en la presente convocatoria; en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de Subvenciones de Galicia; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real Decreto 886/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas; y en las restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado. Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones fueron aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 27 de diciembre de 2024. De conformidad con el establecido en el artículo 19.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio , y teniendo en cuenta el carácter de reconocimiento que presentan las ayudas, se exceptúa expresamente el requisito de fijar una orden de prelación entre las solicitudes que reúnan los requisitos establecidos en estas Bases, por su finalidad de ayuda a personas deportistas que cumplan los requisitos recogidos en estas, por lo que no se hace necesario realizar una comparación y prelación de las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios de valoración fijados de forma previa en las Bases. Las misma se concederán hasta agotar el crédito presupuestario previsto, sin perjuicio del incremento presupuestario que el órgano competente pueda acordar de acuerdo con el previsto en el artículo 4.3 de estas Bases. 2. Créditos presupuestario y cuantía total máxima.Las ayudas concedidas se abonarán en el ejercicio 2025, en el cual se adquirirá el compromiso de gasto. EjercicioAplicación presupuestariaCuantía total máxima2025341480083.000,00 € El crédito presupuestario es el límite del importe de las ayudas que se pueden conceder.La cuantía establecida podrá ser incrementada por Resolución del órgano competente previa tramitación del expediente de modificación de crédito. De conformidad con el recogido en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio , por lo que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de Subvenciones en el supuesto de que este crédito se incremente a consecuencia de una modificación presupuestaria, esta cuantía adicional podrá aplicarse a la concesión de ayudas sin necesidad de una nueva convocatoria. Las ayudas tendrán una cuantía de 200 euros por persona solicitante. 3. Objeto, Condiciones y Finalidad de la Concesión de la Subvención La subvención tiene por finalidad fomentar la práctica deportiva e incentivar a los deportistas cualificados mediante el reconocimiento de su trayectoria y rendimiento deportivo. No serán objeto de subvención: - Participación en relevos, participación por equipos/selecciones, ni pruebas coordinadas o sincronizadas en las que actúen simultáneamente más de una persona integrante del mismo equipo.- Jornadas de control, competiciones escolares, pruebas populares, benéficas y cualquier otra análoga a las anteriores, así como la realización de cualquier tipo de prueba con el objeto de superar los distintos niveles dentro de la disciplina deportiva. La concesión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. 4. Requisitos para Solicitar la Subvención y Forma de Acreditarlos Requisitos para solicitar la subvención: - Podrán ser personas beneficiarias de las subvenciones objeto de esta convocatoria las personas físicas que sean personas deportistas federadas, de categorías de base hasta absoluta, y exclusivamente de modalidades deportivas individuales, de nacionalidad española o residentes legales en España, que cumplan los siguientes requisitos:1. Las ayudas podrán destinarse a personas deportistas sin límite de edad.2. Estar empadronado/a en el Ayuntamiento de San Cibrao das Viñas con una antigüedad de por lo menos 1 año, computado de forma consecutiva, a la fecha de presentación de la solicitud.3. Estar en posesión de una licencia federativa vigente expedida por la Federación Deportiva Gallega en la modalidad para la que se solicita ayuda. No caso de modalidades deportivas no integradas en federaciones deportivas gallegas, será considerada la licencia estatal. 4. No estar cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa en materia deportiva, calificada cómo grave o muy grave. 5. No estar incurso/a en causa de exclusión o prohibición para obtener la condición de persona beneficiaria de subvenciones, de acuerdo con el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de Subvenciones y 10.2 y 3 de la Ley 9/2007,de 13 de junio , de Subvenciones de Galicia.6. Encontrarse al corriente en el cumplimiento de los deberes tributarios con la Agencia Tributaria Estatal, con la Agencia Tributaria de Galicia (ATRIGA), con este Ayuntamiento y con la Seguridad Social. 7. Certificado del mejor resultado obtenido emitido por la Secretaría General de la correspondiente Federación, junto con el Acta de la competición, referido al período subvencionable, siempre que acredite la consecución por lo menos y como mínimo de un (1) de los siguientes puestos o resultados deportivos individuales y referidos a su respectiva disciplina o modalidad deportiva durante la temporada/anualidad 2023-2024: a. Podio (1º,2º o 3º) en la Copa Diputación individual (de la provincia de Ourense) b. Podio (1º,2º o 3º) en el campeonato individual provincial (de la provincia de Ourense) c. Lograr el 1º al 10º puesto individual en el campeonato gallego (ambos incluidos) d. Lograr del 1º al 15º puesto individual en el campeonato de España. e. Campeón/a universitario/a individual gallego/a. f. Lograr del 1º al 3º puesto individual en el campeonato universitario estatal. g. En las pruebas de motor, haber participado a lo menos en tres pruebas oficiales durante la temporada en Copas o Ctos. Gallegos. Estos requisitos deberán ser acreditados por los solicitantes en la siguiente forma: - Las personas interesadas deberán acompañar junto con la solicitud, la siguiente documentación: a. Copia del documento nacional de identidad o del pasaporte, en caso de personas ciudadanas de países de la Unión Europea, o de la tarjeta de residente en vigor, en caso de otras nacionalidades. b. En el caso de menores de edad, además de la copia de su documento nacional de identidad, se juntará lo del padre o de la madre o del tutor/a, así como copia del libro de familia o documento equivalente. c. Copia de la licencia deportiva en vigor en el período subvencionable. d. Certificado de la Federación en el que acredite que la persona solicitante no está cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa en materia deportiva, calificada cómo grave o muy grave. e. Certificado del mejor resultado obtenido emitido por la secretaría general de la Federación correspondiente, junto con el acta de competición, referido al período subvencionable, acreditando la consecución por lo menos y como mínimo de un (1) de los siguientes puestos o resultados deportivos individuales y referidos a su respectiva disciplina o modalidad deportiva durante el año 2024: ◦ Podio (1º,2º o 3º) en la Copa Diputación individual (de la provincia de Ourense) ◦ Podio (1º,2º o 3º) en el campeonato individual provincial (de la provincia de Ourense) ◦ Lograr el 1º al 10º puesto individual en el campeonato gallego (ambos incluidos) ◦ Lograr del 1º al 15º puesto individual en el campeonato de España. ◦ Campeón/a universitario/a individual gallego/a. ◦ Lograr del 1º al 3º puesto individual en el campeonato universitario estatal ◦ En las pruebas de motor, haber participado a lo menos en tres pruebas oficiales durante la temporada en Copas o Ctos. Gallegos. f. Declaración responsable de la persona solicitante o de la persona representante legal de no estar incurso/a en alguna de las causas de exclusión o prohibición de las contempladas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de Subvenciones, y 10.2 y 3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio , de Subvenciones de Galicia (anexo I) g. Declaración responsable de la persona solicitante o de la persona representante legal sobre la obtención de otras subvenciones o ayudas. h. Certificado o documento que verifique los datos bancarios de la persona beneficiaria de la subvención (original expedido por la entidad bancaria) i. Certificados acreditativos de encontrarse al corriente en el cumplimiento de los deberes tributarios con la Agencia Tributaria Estatal, con la Agencia Tributaria de Galicia (ATRIGA), con este Ayuntamiento y con la Seguridad Social.Los documentos normalizados señalados cómo anexos en las bases son de cobertura obligada y podrán ser ampliados por las personas solicitantes aportando la documentación que consideren oportuna para la mejora de sus solicitudes.La presentación de la solicitud implica la autorización al Ayuntamiento de San Cibrao das Viñas para tratar la información personal y deportiva en las diferentes fases de tramitación. 5. Órgano Competente para la Instrucción y Resolución del Procedimiento El instructor del expediente es la trabajadora municipal técnica responsable de los expedientes de subvenciones. Ésta solicitará cuantos informes estime necesarios para resolver, así como evaluar las solicitudes que se presenten en tiempo y forma, todo ello de conformidad con el artículo 24 de la Ley 38/2003, de 14 de noviembre, General de Subvenciones. El órgano competente para resolver será la Junta de Gobierno Local previa fiscalización por la Intervención municipal. 6. Plazo de Presentación de Solicitudes y Documentación Las solicitudes se presentarán, en el plazo de 3 mes a contar desde el día siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense, en el Registro General del Ayuntamiento de San Cibrao das Viñas, en impreso normalizado (anexo II) que se podrá obtener en las dependencias administrativas en horario de 8.30 horas a 14.00 horas así como en el tablero de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de San Cibrao das Viñas sito en la dirección https://sancibrao.sedelectronica.es/Las solicitudes se podrán presentar de forma telemática por medio del Registro Electrónico a través del procedimiento “Instancia General” de la sede electrónica del Ayuntamiento de San Cibrao das Viñas sito en la dirección https://sancibrao.sedelectronica.es/ o en cualquiera de los medios regulados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas. Deberán acompañarse a la solicitud los documentos indicados en el punto 4. La presentación de la solicitud implica la autorización al Ayuntamiento de San Cibrao das Viñas para tratar la información personal y deportiva en las diferentes fases de tramitación.Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud. 7. Propuesta de resolución provisional, resolución definitiva, plazos y notificación Una vez evaluadas las solicitudes, por el instructor se formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que será notificada a los interesados, concediendo un plazo de 10 días para presentar alegaciones. Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados. En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá el carácter de definitiva. Tras examinar las alegaciones si las hubiera, se formulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar el solicitante o la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención, y su cuantía. Una vez aprobada la propuesta de resolución definitiva, el órgano competente resolverá el procedimiento. La resolución, además de contener el solicitante o relación de solicitantes a los que se concede la subvención, hará constar, en su caso, de manera expresa, la desestimación del resto de las solicitudes. El plazo de resolución y notificación será de 6 meses. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención. 8. Fin de la Vía Administrativa El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa. De acuerdo con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra dicha resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. 9. Medios de notificación o publicación Las notificaciones se practicarán en el lugar y por el medio que el solicitante haga constar a tal efecto en la solicitud, teniendo en cuenta lo establecido a estos efectos en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. San Cibrao das Viñas, a la fecha de la firma electrónica.La alcaldesa, ANEXO II SOLICITUDE AXUDAS PERSOAS DEPORTISTAS INDIVIDUAIS DATOS DA PERSOA SOLICITANTENIF/NIE NOME APELIDOS DOMICILIO PROVINCIA CP POBOACIÓN TELÉFONO TELÉFONO MÓBIL CORREOELECTRÓNICO DATOS DA PERSOA REPRESENTANTE (no caso de menores marcarase de seguido si se trata do pai/nai/titor ou titora) __PAI __NAI __TITOR/A __PERSOA REPRESENTANTENIF/NIE NOME APELIDOS DOMICILIO PROVINCIA CP POBOACIÓN TELÉFONO TELÉFONO MÓBIL CORREOELECTRÓNICO DECLARO BAIXO A MIÑA RESPONSABILIDADE, para os efectos de acreditar ante o Concello de San Cibrao das Viñas:Que non estou incurso/a en ningunha das causas de exclusión ou prohibición das contempladas no artigo 13.2 e 3 da Lei 38/2003, de 17 de novembro, Xeral de Subvencións e 10.2 e 3 da Lei 9/2007, do 13 de xuño, de subvencións de Galicia.Que adquiro o compromiso de declarar a obtención doutras subvencións ou axudas e a procedencia institucional das mesmas.Que reúno todos os requisitos para ser beneficiario/a da axuda solicitada recollidos no artigo 3 das bases reguladoras da convocatoria e achego a documentación requirida no artigo 8 xunto con este anexo.DECLARO a veracidade de todos os datos consignados e documentos aportados e que estes son copia fiel do orixinal e comprométome a probar documentalmente os mesmos cando así se me solicite.NÚMERO DE CONTA A EFECTOS DE ABOAMENTO: Cód. Validación: 9Q2AHAQPRG749C2GGHCM76LCZVerificación: https://sancibrao.sedelectronica.es/Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 10Sen prexuízo da presentación con esta solicitude do certificado ou documento que verifique os datos bancarios exixido no artigo 8 das Bases reguladoras indico o número de conta onde realizar o ingreso da axuda:IBANENTIDADEOFICINADCNUMERO CONTA En San Cibrao da Viñas, a ..........de .......do 2025 Asdo. A persoa solicitante ou persoa representanteSRA. ALCALDESA DO CONCELLO DE SAN CIBRAO DAS VIÑASDe conformidade coa Lei Orgánica 3/2018, do 5 de decembro, de Protección de Datos Persoais e de Garantía dos Dereitos Dixitais, os datos persoais recollidos nesta solicitude de axudas, serán incluídos nun ficheiro cuxo obxecto é o xestionar o presente procedemento, así como para informar ás persoas interesadas sobre o seu desenvolvemento, sendo o órgano responsable do mesmo o Concello de San Cibrao das Viñas.Os dereitos de acceso, rectificación, cancelación e oposición aos datos persoais rexistrados neste ficheiro poderanse exercer ante o Rexistro Xeral do Concello de San Cibrao das Viñas (Praza da Constitución s/n. 32911. San Cibrao das Viñas) nos termos establecidos nos artigos 13, 14, 15 e 18 da citada Lei.San Cibrao das Viñas, a la fecha de la firma electrónica.La alcaldesa,