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Plazo no verificadoBDNS 832403

Decreto de CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A EMPRENDEDORES “LUCENA EMPRENDE”, EJERCICIO 2025.

LOCAL · LUCENA · AYUNTAMIENTO DE LUCENA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 06:10 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES613 - Córdoba

Finalidad

Otras actuaciones de carácter económico

Plazos, con su contexto.

La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
13/05/2025
Publicación en diario oficial
16/05/2025

Texto oficial de apertura: Desde la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Texto oficial de cierre: 20 días a contar desde la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial Provincia Córdoba

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero: ConvocatoriaSe convocan para el ejercicio 2025 las subvenciones destinadas a Emprendedores “Lucena Emprende”, previstas en la Ordenanza General Reguladora de las Bases de Concesión de Subvenciones por el Excmo. Ayuntamiento de Lucena (BOP Córdoba nº 78, de 23 de abril de 2024).Segundo.- Objeto y finalidad de la subvenciónLa presente convocatoria tiene por objeto el fomento de actividades, iniciativas y proyectos empresariales que se consideren especialmente relevantes dentro de la realidad socioeconómica de Lucena, especialmente en nuevos sectores que ayuden a la diversificación y/o modernización empresarial del tejido productivo lucentino.En concreto, bajo las distintas modalidades de ayudas que se contemplan en el apartado siguiente, éstas estarán destinadas a sufragar gastos de puesta en funcionamiento de proyectos empresariales que den como resultado una diversificación y/o modernización empresarial del tejido productivo lucentino, subvencionándose, los gastos puesta en funcionamiento y reapertura o traspaso , mientras que en los casos de modernización empresarial, los gastos a subvencionar quedarán definidos por el propio proyecto. En todo caso, queda excluida la financiación del circulante.Tercero.- Beneficiarios y requisitosPodrán obtener la condición de beneficiario de las ayudas aquí reguladas, las personas físicas, microempresas, o sociedades cooperativas indicadas en el apartado anterior, que presenten la correspondiente solicitud en alguna de las modalidades expuestas y cumplan los requisitos expuestos en la base reguladora quinta.Se establecen las siguientes modalidades de ayuda.a.1) Empresas de nueva/reciente constitución: Autónomos, Microempresas, Cooperativas (de no más de 10 trabajadores o cooperativistas), reapertura o traspasos puestas en marcha o implantadas en Lucena desde el 1 de enero del año anterior a la presente convocatoria publicada de estas ayudas (1 de enero de 2024), hasta la fecha de finalización del plazo de solicitudes de la presente convocatoria, bajo la forma de empresario individual sujeto al Régimen General de Trabajadores Autónomos, Microempresas o Sociedades Cooperativas constituidas de acuerdo con la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas, de no más de 10 trabajadores o cooperativistas.a.2) Autónomos, Microempresas y Cooperativas (de no más de 10 trabajadores o cooperativistas) que hayan introducido elementos de modernización desde el 1 de enero del año anterior a la presente convocatoria publicada de estas ayudas (1 de enero de 2024), hasta la finalización del plazo de justificación de la ayuda de la presente convocatoria.A los efectos de estas ayudas, se entiende por modernización:a.2.1) Agrupación empresarial: Cooperación / Integración para la creación de una nueva empresa.a.2.2) Renovación y mejora tecnológica:• Adquisición de software destinado a aplicaciones de almacén y automatización de las ventas.• Diseño e implantación de sistemas de portales de ventas no presenciales.• La ampliación y reforma del establecimiento afecto a la actividad empresarial que suponga una mejora o innovación tecnológica y organizativa en la empresa o suponga la mejora de la cadena de valor de la misma.• La adquisición de equipamiento del establecimiento, siempre que suponga una mejora o innovación tecnológica y organizativa en la empresa.• La implantación y certificación de sistemas de gestión: de calidad, medioambiente, ...a.2.3) Actuaciones destinadas a la apertura a nuevos mercados: nacionales o internacionales.a.2.4) Actuaciones para favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar o aplicación de planes de igualdad.a.2.5) Actuaciones para favorecer proceso de economía verde/circular.Cuarto.- Bases ReguladorasLa presente Convocatoria se rige por la Ordenanza General Reguladora de las Bases de concesión de subvenciones de este Ayuntamiento (publicada en el BOP Córdoba nº 78, de 23 de abril de 2024), en adelante, la Ordenanza Municipal, aplicándose para lo no previsto en ellas por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, las Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Lucena para el ejercicio 2025 y la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de otras disposiciones que por su naturaleza resulten de aplicación.Quinto.- CuantíaLas obligaciones económicas que deriven en ejecución de la presente Convocatoria se imputarán a cargo de la aplicación presupuestaria 143.2410.47000 "Convocatoria Lucena Emprende" del vigente Presupuesto Municipal, siendo la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas para el presente ejercicio de 72.000 euros.La cuantía individualizada de cada ayuda vendrá dada por la aplicación de los criterios de valoración, según lo siguiente:- 4.000 € para los proyectos que alcancen una puntuación entre 76 y 100 puntos.- 2.000 € para los proyectos que alcancen una puntuación entre 50 y 75 puntos.Además, siempre que en el ejercicio económico de la convocatoria se formalice el Convenio entre Ayuntamiento de Lucena y Escuela de Organización Industrial para el programa Centro de Alto Rendimiento Empresarial CARE (Programa EFESO), los 20 proyectos que obtengan mayor puntuación en la valoración, entrarán a formar parte de forma obligatoria en dicho programa, consistente en una formación valorada en 3.700€ por alumno, con un total de 98 horas lectivas formadas por 30 horas de talleres, 48 horas de talleres grupales de especialización y 20 horas de tutorías individualizadas.Sexto.- Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes sera de 20 días a contar desde la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.Séptimo.- Justificación y Pago.El pago y la justificación de las ayudas se llevará a cabo en la forma y plazos previstos en el apartado 12 de la Convocatoria, utilizando en su caso, el modelo de cuenta justificativa que se adjunta como Anexo II junto con la presente convocatoria.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 13/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSORDENANZA GENERAL REGULADORA DE LAS BASES DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LUCENA (CÓRDOBA)