PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
14/05/2025
Publicación en diario oficial
19/05/2025
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a la publicación del Decreto junto con su extracto en DOE
Texto oficial de cierre: Transcurrido un mes contado a partir del día siguiente de la publicación en DOE
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica elextracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en laBase de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es)y en el presente DOE (https://doe.juntaex.es/).Primero. Beneficiarios.Pymes tractoras que tengan forma jurídica de carácter societario, concentro de trabajo en Extremadura, que necesiten resolver una necesidadsobre la que no exista actualmente ninguna solución en el mercado,habiendo para ello planteado un reto a cubrir por parte de una startup oEmpresa de base Tecnológica con la que previamente haya establecido unacuerdo de colaboración.Segundo. Objeto.Programa de ayudas destinadas a favorecer la competitividad de lasempresas de Extremadura, a través del desarrollo de proyectoscolaborativos entre una pyme tractora y una Startup o una Empresa deBase Tecnológica, dirigidos al desarrollo de soluciones a retosempresariales no cubiertos por el mercado, basados en un modelo deinnovación abierta.Tercero. Bases reguladoras.Decreto 36/2025, de 6 de mayo, por el que se establecen las basesreguladoras para la puesta en marcha de un programa de ayudas dirigido afavorecer la competitividad empresarial, a través del desarrollo deproyectos colaborativos para la creación de soluciones innovadoras aretos empresariales, y se aprueba la primera convocatoria.Cuarto. Gastos subvencionables y cuantía de la ayuda.Son gastos subvencionables los de consultoría externa especializada,consistente en la contratación por parte de la empresa solicitante delos servicios de asesoramiento y apoyo en materia de innovación en elque se basa el desarrollo del proyecto, a realizar por una Startup oEBT, hasta un límite máximo de inversión subvencionable de 25.000 euros(IVA excluido).Las ayudas consistirán en una subvención del 100 por cien de los gastosde subvencionables, con un límite máximo de 25.000 euros de subvenciónpor proyecto.La dotación de la convocatoria asciende a 250.000 euros, la cual seráimputada a la aplicación presupuestaria 14004.323A.77000, Código FondosFD211A1302 y Proyecto de Gasto 20240062 AYUDAS A LA COOPERACIÓN: RETOSEMPRESARIALES.La financiación de las presentes ayudas se realizará, con un porcentajede cofinanciación del 85 por cien, con cargo al Programa Operativo delFondo Europeo de Desarrollo Regional -FEDER- de Extremaduracorrespondiente al periodo de programación 2021-2027, dentro delObjetivo Político 1 “una Europa más competitiva e inteligente,promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente y unaconectividad regional a las tecnologías de la información y de lascomunicaciones”; Prioridad 1.A “Transición Digital e Inteligente” yObjetivo Específico 1.3 “El refuerzo del crecimiento sostenible y lacompetitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, tambiénmediante inversiones productivas”.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de un mes contado desdeel día siguiente de la publicación de la convocatoria y su extracto enel Diario Oficial de Extremadura (https://doe.juntaex.es).Sexto. Otros datos.1.El importe de las ayudas concedidas se abonará a la pyme beneficiariaconforme al siguiente régimen de pagos:a.Una vez emitida la resolución de concesión se abonará un primerimporte anticipado del 50 por cien de la ayuda otorgada.b.El 50 por cien restante se abonará a la justificación, dentro de unplazo no superior a 3 meses desde la emisión de la Resolución deconcesión de la ayuda, de la ejecución parcial de, al menos, el 40 porcien del desarrollo del proyecto.2.La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidadde la información sobre el procedimiento, se efectuará a través delpunto de acceso general electrónico, dentro de la ficha correspondienteal trámite, accesible a través del siguiente enlace directohttps://www.juntaex.es/w/0717325.