PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras Prestaciones económicas
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
14/05/2025
Publicación en diario oficial
21/05/2025
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOPA
Texto oficial de cierre: 20 días naturales desde la publicación de la convocatoria en el BOPA
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero.- BeneficiariosAsociaciones y colectivos debidamente legalizados e inscritos que realicen actividades y servicios sociales, culturales, deportivos y de festejos en el término municipal de Gozón, o que, realizándose fuera de este ámbito, cuenten con socios residentes en este municipio.Segundo. - ObjetoSubvenciones para actividades sociales, culturales, deportivas y de festejosTercero. - Bases ReguladorasOrdenanza de bases reguladoras de subvenciones para actividades sociales, culturales, deportivas y de festejos (Boletín Oficial del Principado de Asturias de 11 de agosto de 2010).Cuarto.- CuantíaLa cuantía total a distribuir entre los distintos subvencionados será de 39.000,00 € para las líneas de igualdad, asociaciones de vecinos, asociaciones de madres y padres, asociaciones de jubilados, asociaciones culturales y asociaciones de festejos; y de 30.000,00 € con destino a la línea de deportesQuinto. - Plazo de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.Sexto. - SolicitudEl formulario de solicitud acompañado de la documentación exigida se presentará, según modelo normalizado, por cualquiera de los medios establecidos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de lo establecido en la disposición final séptima de la referida ley, y se dirigirá al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Gozón.La presentación de la documentación, así como la documentación complementaria se realizará en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Al respecto, dicha norma establece en su artículo 14.2 la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de trámites administrativos a las personas jurídicas, a las entidades sin personalidad jurídica, a quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional, a quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.Si alguna de las entidades solicitantes obligadas presenta la solicitud presencialmente, será requerida para que subsane mediante su presentación electrónica. A estos efectos se considerará como fecha de presentación aquella en la que haya sido realizada la subsanación.La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:Solicitud, según modelo normalizado (Anexo I.1), firmada por el representante de la entidad o por quien tenga conferida la delegación debidamente acreditada.Memoria descriptiva (Anexo I.2) y valoración económica del proyecto (Anexo I.3) para el cual solicita la financiación.En el caso de las Entidades que no estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Gozón deberán presentar, además, la siguiente documentación:Acta Fundacional.Estatutos de la Entidad.Copia de NIFResolución de Inscripción en el Registro General Correspondiente (autonómico o estatal según el ámbito de actuación).Ficha de acreedores.Séptimo. – Resolución: La Resolución de las solicitudes corresponde al Alcalde-Presidente del ayuntamiento de Gozón