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Plazo no verificadoBDNS 833129

Acuerdo 60/25 de la junta de Gº de 25 de abril, por el que se aprueba Convocatoria de subvenciones para financiar obras de rehabilitación de viviendas ubicadas en el medio rural, en municipios de menos de 2.000 habitantes, ejercicio 2025.

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE VALLADOLID · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 06:25 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES418 - Valladolid

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
31/07/2026
Registro en BDNS
16/05/2025
Publicación en diario oficial
21/05/2025

Texto oficial de apertura: Desde su publicación en el BOP

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. Beneficiarios. Podrán solicitar la subvención las personas físicas que cumplan todas y cada una de las condiciones establecidas en la base cuarta de la convocatoria a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.Segundo. Objeto. Subvenciones para financiar obras de rehabilitación en vivienda en el medio rural ubicadas en municipios de menos de 2.000 habitantes y con las condiciones que se establecen en la base primera de la convocatoriaTercero. Bases reguladoras.Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valladolid (B.O.P. de la Provincia de Valladolid de 6 de marzo de 2006).Cuarto. Cuantía y gastos subvencionablesA) Cuantía TotalEn el Presupuesto aprobado por la Diputación de Valladolid actualmente existe en la partida 501.15221.78001 consignación presupuestaria por importe de 350.000 euros para la presente convocatoria, no pudiendo la cuantía total de la subvención superar dicha cantidad.B) Cuantías IndividualesEl importe máximo de subvención por solicitud no podrá superar el 80% del importe de las obras de reforma ni la cantidad de 3.500,00 euros. En el caso de facturar sólo la compra de material, la cuantía máxima de la subvención no podrá superar el 70 % del importe de los materiales ni la cantidad de 3.000,00 euros.No obstante, estas cantidades podrán alcanzar hasta 4.000 euros si la persona solicitante o alguna de las integrantes de la unidad familiar residente en la vivienda tiene reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% o la situación de dependencia, siempre y cuando las obras realizadas estén inequívocamente vinculadas con la situación de discapacidad y/o dependencia acreditada y contribuyan a la autonomía personal.Cuando el presupuesto de las obras aportado por los solicitantes resultara excesivo en atención a las obras que realmente pueden ser subvencionables al amparo de esta convocatoria, y/o existiera gran disparidad en su coste en comparación con otras solicitudes análogas, por parte de los Servicios Técnicos de la Diputación se efectuará valoración a precios de mercado de la actuación a realizar para la consecución de la finalidad deseada por el/los solicitante/s afectados, modulando así el importe sobre el que habrá de determinarse la subvención máxima a conceder en estos casos. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, y finalizará el día 31 de diciembre de 2025, inclusive.Sexto. Otros datos de interés.- Compatibilidad: Las ayudas que se concedan con ocasión de la presente convocatoria son compatibles con cualquier tipo de ayuda que reciban los beneficiarios de Instituciones públicas o privadas para el mismo fin, siempre que el beneficiario aporte como mínimo el 20 por 100 del coste de las obras de rehabilitación. En otro caso, la ayuda se reducirá hasta alcanzar ese porcentaje.No obstante, no serán compatibles con las subvenciones convocadas por la Diputación de Valladolid en relación con la vivienda destinadas al fomento de la emancipación juvenil en el ámbito rural (línea D obras de reforma), ni con cualquier otro tipo de ayudas relacionadas con la vivienda correspondientes al ejercicio 2025 y en los dos anteriores (2023 y 2024).Tampoco serán compatibles con las ayudas de carácter individual para favorecer la autonomía personal de personas dependientes, año 2025.Sin perjuicio de la declaración que sobre esta materia deben presentar los solicitantes, éstos quedarán obligados a comunicar a la Diputación de Valladolid, la obtención de otras subvenciones o ayudas que financien el mismo objeto de la presente subvención.En ningún caso el importe de las subvenciones concedidas (incluida la de la Diputación) podrá ser superior al 80 por 100 del coste total de las obras de rehabilitación.Si de los datos aportados por el beneficiario con posterioridad a la resolución de la convocatoria o por aquellos que conozca la Institución Provincial en el ejercicio de sus funciones de inspección y control, se constata que el importe de las subvenciones excede del coste señalado, se minorará a prorrata la aportación de la Diputación.Si la concesión de la subvención se ha efectuado con la base de los datos aportados por el beneficiario sobre subvenciones solicitadas y con posterioridad a la resolución de la convocatoria se comunica la concesión de una subvención de otra Institución por importe inferior al solicitado, ello no creará derecho alguno a favor del mismo, no procediéndose a la revisión del importe de la subvención concedida por la Diputación de Valladolid.- Solicitudes: Las solicitudes se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial, conforme al modelo que se incluye como Anexo I y se presentarán preferentemente telemáticamente en el Registro Electrónico de la Excma. Diputación Provincial de Valladolid; también podrá presentarse en el Registro general sito en la Avda Ramón y Cajal, nº 5 de Valladolid en horario de 8,30 a 14 horas y por cualquiera de los medios establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. - Documentación y justificación: a las solicitudes deberá acompañarse la documentación que se establece en la base sexta de la convocatoria.- Criterios de valoración: los establecidos en la base novena de la convocatoria.- Resolución y notificación: la resolución de la concesión se ajustará a lo dispuesto a en la base duodécima. No obstante, la notificación se realizará mediante publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la Diputación, sito en la C/ Angustias nº 44 (Palacio de Pimentel) y en c/ Ramón y Cajal s/n, por tiempo no inferior a un mes desde la citada publicación. Asimismo, a efectos de su conocimiento será objeto de publicidad en la página web de la de la Diputación de Valladolid.- Obligaciones de los beneficiarios: las establecidas en la base decimosexta de la convocatoria.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 16/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexo IIPublicado 16/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexo IPublicado 16/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexo I rectificadoPublicado 16/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSAcuerdo aprobacion basesPublicado 16/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSÁrea de Servicios Sociales e Igualdad de Oportunidades Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno nº 60/25 de 25 abril, por el que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria de subvenciones para financiar obras de rehabilitación de viviendas en el medio rural ubicadas en municipios de menos de 2.000 habitantes, ejercicio 2025.Publicado 21/05/2025BASE REGULADORA GENERAL - ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES