Plazo no verificadoBDNS 833350
CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL AYUNTAMIENTO DE ALBACETE PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES DE INTERÉS GENERAL DE LAS ASOCIACIONES Y FEDERACIONES DE MUJERES SIN ÁNIMO DE LUCRO DURANTE EL EJERCICIO 2025.
LOCAL · ALBACETE · AYUNTAMIENTO DE ALBACETE
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 06:30 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES421 - Albacete
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 19/05/2025
- Publicación en diario oficial
- 23/05/2025
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP Albacete
Texto oficial de cierre: 30 días naturales desde la publicación del extracto en el BOP Albacete
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
IDENTIFICACIÓN, DATOS GENERALES:ÓRGANO GESTOR: AYUNTAMIENTO DE ALBACETE, SERVICIO DE ACCION SOCIAL (SERVICIO DE ACCION SOCIAL).DESCRIPCIÓN DE LA CONVOCATORIA:TÍTULO: Convocatoria de subvenciones para el desarrollo de Programas y Actividades de las Asociaciones y Federaciones de Mujeres de Albacete y Pedanías sin ánimo de lucro año 2025.OBJETO: Actividades y programas de interés general destinados a asociaciones y federaciones de mujeres de la ciudad de Albacete y sus pedanías para el año 2025. Serán objeto de subvención aquellos proyectos que incluyan:Actividades de sensibilización, concienciación, información, divulgación. Actividades de ocio, festivas, recreativas, de voluntariado, de formación, de difusión y producción cultural, actividades socio culturales o de promoción social, incluyendo viajes, semanas culturales y otras tipologías de actividades siempre que responsan a los fines señalados en el punto IV de esta convocatoria.Becas, premios y otros incentivos que se incluyan en actividades de promoción de la igualdad de género.Gastos de mantenimiento de las entidades beneficiarias y renovación de equipamiento informático o audiovisual de las asociaciones.Podrán ser subvencionables los gastos de alimentación, dietas y alojamiento que sean inherentes e imprescindibles para el desarrollo de actividades que sean aprobados.No se subvencionarán proyectos ni actividades que hayan concurrido a otras convocatorias de subvención del Ayuntamiento de Albacete en el año 2025.BENEFICIARIOS: Podrán ser beneficiarias de las subvenciones aquellas Asociaciones y Federaciones de Mujeres que cumplan con los requisitos recogidos en las Bases reguladoras y de manera específica en esta convocatoria, con los siguientes requisitos:1. Tener entre los fines de sus estatutos objetivos acordes con los previstos en las Bases reguladoras y en la presente convocatoria.2. Presentar relación de actividades de la entidad en relación con la subvención que se solicita.3. Acreditación de no haber percibido otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, o de otro departamento del Ayuntamiento de Albacete cuando el importe de las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos supere el coste de la actividad subvencionada. Las asociaciones de mujeres podrán concurrir de manera individual o bien, en colaboración con otras asociaciones de mujeres.Quedarán excluidas de esta convocatoria aquellas asociaciones o federaciones de mujeres que hayan formalizado algún convenio de colaboración con el Ayuntamiento que conlleve aportación de subvención directa.CUANTÍA: La presente convocatoria se financiará con cargo a los créditos existentes en la partida presupuestaria habilitada al efecto en el Presupuesto General del Ayuntamiento de Albacete para el ejercicio 2025, para lo que se destinarán 20.000 €.Ninguna subvención podrá superar los 2000 € por todos los conceptos a cada asociación y 3.000 € para las federaciones de mujeres.BASE REGULADORA: Bases de la Convocatoria y demás normativa que le sea de aplicación publicadas en el BOP nº 25 de fecha 27-02-19.PERIODO SOLICITUD Y JUSTIFICACIÓN: El plazo de presentación será de 30 días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.La justificación de la subvención aprobada se efectuará antes del 31 de marzo de 2026, por medio de cuenta justificativa a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Albacete, mediante Instancia General con los anexos recogidos en las bases de la convocatoria, acompañada de la siguiente documentación, que deberá ir debidamente cumplimentada y firmada:Memoria final detallada del proyecto, que describirá las actividades realizadas en el año 2025 (Anexo B).Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto del coste de las actividades realizadas que contendrá:Relación numerada de facturas (Anexo C).Todos los documentos justificativos digitalizados, con estampillado en el que conste el importe que se imputa a la subvención objeto de justificación.
Bases y documentación
TEXTO ÍNTEGRO DE LA CONVOCATORIAPublicado 19/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 19/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Acuerdo de la JGL de fecha 15-05-25 aprobando la CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL AYUNTAMIENTO DE ALBACETE PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES DE INTERÉS GENERAL DE LAS ASOCIACIONES Y FEDERACIONES DE MUJERES SIN ÁNIMO DE LUCRO DURANTE EL EJERCICIO 2025.Publicado 23/05/2025Bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Servicio de Acción Social del Ayuntamiento a asociaciones, federaciones y organizaciones sociales sin ánimo de lucro.Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.