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Plazo no verificadoBDNS 833924

Ayudas 2025 a mujeres, para facilitar la recuperación integral de las mujeres víctimas de violencia de género, según resolución de 19 de mayo de 2025

AUTONOMICA · EXTREMADURA · INSTITUTO DE LA MUJER DE EXTREMADURA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 06:42 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES43 - EXTREMADURA

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
30/09/2025
Registro en BDNS
20/05/2025
Publicación en diario oficial
30/05/2025

Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a la publicación de la Resolución de convocatoria en el DOE

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica elextracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en laBase de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.qob.es/bdnstrans/index) y en el Diario Oficial deExtremadura.PRIMERO. BENEFICIARIAS.Podrán ser beneficiarias las mujeres víctimas de violencia de género quese encuentren en situación de vulnerabilidad económica en la ComunidadAutónoma de Extremadura, y reúnan los requisitos previstos en elartículo 2 del Decreto 97/2018, de 26 de junio, por el que se establecenlas bases reguladoras de las ayudas para facilitar la recuperaciónintegral de las mujeres víctimas de violencia de género (D.O.E nº 127,de 2 de julio).SEGUNDO. OBJETO.Convocar las ayudas para facilitar el proceso de recuperaciónpsicosocial y apoyar la independencia de la mujer víctima de violenciade género de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que le permitasuperar el círculo de la violencia, para el ejercicio 2025.TERCERO. BASES REGULADORAS.La convocatoria se regirá por las normas contenidas en el Decreto97/2018, de 26 de junio, por el que se establecen las bases reguladorasde las ayudas para facilitar la recuperación integral de las mujeresvíctimas de violencia de género (DOE nº 127, de 2 de julio), modificadopor Decreto de 16/2025, de 1 de abril (DOE nº 67, de 7 de abril). Elartículo 7 de las mencionadas bases, regula el procedimiento deconcesión y de convocatoria de la ayuda, que establece que será deconcesión directa mediante convocatoria abierta ya que se trata deayudas sociales dirigidas a un colectivo vulnerable cuyascaracterísticas están predefinidas, cuyas potenciales beneficiariaspueden reunir los requisitos exigidos en estas bases reguladoras encualquier período del año y que constituyen una pluralidad indeterminadade personas que requieren de una respuesta ágil e inmediata que sólopuede proporcionarse a través del empleo de este tipo de procedimientos.Asimismo, en la presente convocatoria de ayudas se recogen lasdisposiciones contenidas en las Leyes 4/2022, de 27 de Julio, deracionalización y simplificación administrativa de Extremadura y 5/2022,de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuestaadministrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de losservicios públicos, que afectan a los procedimientos administrativos querigen la concesión de subvenciones.CUARTO. CUANTÍA.La cuantía de la ayuda será la equivalente al gasto que se pretendesufragar con la concesión de la subvención, y quedará contemplada en elinforme referido en el artículo 2 e) del Decreto 97/2018, de 26 dejunio, sin que pueda superar los 5.000 euros por beneficiaria. El pagode la ayuda se realizará mediante un único abono, una vez dictada laresolución de concesión.El presupuesto destinado a la ejecución de la convocatoria asciende a unimporte de 1.759.773,00 euros, financiado con cargo a la aplicaciónpresupuestaria 02101/253A/48000, fondo financiador TE25006001 y proyecto20190446 denominado “PACTO DE ESTADO CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO” delos Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.QUINTO. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.Las solicitudes de ayudas podrán presentarse a partir del día siguientea la publicación de la convocatoria y de este extracto en el DiarioOficial de Extremadura hasta el 30 de septiembre de 2025.SEXTO. OTROS DATOS.Las beneficiarias de las ayudas, dado el objeto y la finalidad de lasmismas, están exentas de la constitución de garantías por los pagos acuenta o anticipados que se realicen.Una vez concedida esta ayuda, podrán volver a ser beneficiarias de laayuda las solicitantes en otras dos convocatorias posteriores a lainicialmente concedida.El modelo de solicitud estará a disposición de las solicitantes en elportal web de la Junta de Extremadura https://www.juntaex.es/w/5485.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 20/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSResolución de 19 de mayo de 2025, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se establece la convocatoria de las ayudas para facilitar la recuperación integral de las mujeres víctimas de violencia de género, correspondiente al año 2025.Publicado 30/05/2025Decreto 97/2018, de 26 de junio, de bases reguladoras de las ayudas para facilitar la recuperación integral de las mujeres víctimas de violencia de género