PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES30 - COMUNIDAD DE MADRID
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Educación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
21/05/2025
Publicación en diario oficial
20/06/2025
Texto oficial de apertura: DESDE EL DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACION DEL EXTRACTO EN EL BOCM
Texto oficial de cierre: A LOS SIETE DIAS HÁBILES A CONTAR DESDE EL INICIO
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
BDNS (Identif.): XXXXXXDe conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ) y en la página web institucional de laComunidad de Madrid www.comunidad.madridPrimeroBeneficiariosAlumnos que hayan cursado en centros docentes españoles, tanto en régimen presencial comoa distancia, un ciclo formativo de grado superior incluido en el catálogo de títulosvigentes de Formación Profesional; lo hayan finalizado en un centro docente público,privado concertado o privado de la Comunidad de Madrid en el curso escolar 2024-2025 yhayan obtenido una calificación final del ciclo formativo igual o superior a 8,50 puntos.SegundoObjetoConvocar los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior de laComunidad de Madrid correspondientes al curso 2024-2025.TerceroBases reguladorasOrden 965/2013, de 25 de marzo, modificada por la Orden 1185/2016, de 15 de abril, delConsejero de Educación, Juventud y Deporte, y por la Orden 3308/2021, de 5 de noviembre,de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía.CuartoCuantíaVeintidós premios, cada uno de ellos consistente en una dotación económica de 2.000 euroscada uno.QuintoPropuesta de adjudicación de premios1. El jurado seleccionará y considerará como candidatos solamente a aquellosaspirantes que hayan presentado su solicitud y el resto de documentación conforme con lodeterminado en el dispongo sexto de la orden de convocatoria; los agrupará por familiasprofesionales y los ordenará teniendo en cuenta únicamente la calificación final del cicloformativo superado, que se calculará de acuerdo con lo descrito en el punto 2 del dispongotercero de la citada orden. Los 22 premios se repartirán entre las 22 familias y seconcederán a los candidatos de cada familia que tengan mayor calificación final.2. En caso de empate en la calificación final entre participantes de la misma familia,se aplicarán, de forma consecutiva y hasta que se produzca el desempate, los criterios quese detallan a continuación:a) El logro de matrícula de honor en la calificación final del ciclo formativo.b) El mayor número promedio de menciones honoríficas que consten en el expedienteacadémico. Para ello, se dividirá el número total de menciones honoríficas otorgadas enlos módulos que componen el Plan de estudios de la Comunidad de Madrid del ciclo, entre elnúmero total de los módulos que componen el mencionado Plan.c) El mayor valor de la media ponderada de las calificaciones obtenidas en los módulosprofesionales del Plan de estudios arriba mencionado. Esta media ponderada se calcularásumando los productos obtenidos al multiplicar la nota numérica de cada módulo profesionalpor el número de horas curriculares de dicho módulo y dividiendo este resultado por lasuma de las horas curriculares de los módulos que intervienen en el cálculo.d) Mayor puntuación en otros méritos debidamente justificados que puedan serrelevantes para la adjudicación del premio, puntuados de acuerdo con el baremo que serefleja en el Anexo I de baremación establecido en la orden de convocatoria.3. En caso de que, después de aplicar todos los criterios anteriores, no seconsiguiera el desempate en alguna familia, el jurado podrá solicitar informacióncomplementaria a los participantes empatados en la primera posición. De persistir elempate, el jurado podrá acordar la celebración de cuantas pruebas relacionadas con losestudios cursados estime convenientes para lograr el desempate.4. Cuando en alguna familia no haya aspirantes con la calificación mínima exigida, eljurado declarará desierto el premio correspondiente a dicha familia profesional ypropondrá su adjudicación a candidatos de otras familias profesionales. Para ello,reordenará, sin agrupar por familias y atendiendo únicamente a la calificación final delciclo cursado, a los candidatos que no hayan obtenido premio en su familia y concederá lospremios desiertos, por estricto orden de puntuación, a los candidatos de este grupo quetengan mayor calificación final. En caso de empate se aplicarán los criterios establecidosen el punto dos de este apartado.SextoPlazo de presentación de las solicitudesEl período para realizar la inscripción comprenderá siete días hábiles contados a partirdel día siguiente a la fecha de publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.