¿A quién se dirige?
PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES42 - CASTILLA LA MANCHA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Agricultura, Pesca y Alimentación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- 01/02/2025
- Fin de solicitudes
- 30/04/2025
- Registro en BDNS
- 21/05/2025
- Publicación en diario oficial
- 23/05/2025
Texto oficial de apertura: Conforme lo establecido en la Orden 7/2025, de 30 de enero, de la Consejería de Agricultura
Texto oficial de cierre: Conforme lo establecido en la Orden 7/2025, de 30 de enero, de la Consejería de Agricultura
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Personas beneficiarias. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los titulares de explotaciones ganaderas extensivas y semiextensivas de ovino y/o caprino radicadas en el territorio de Castilla-La Mancha que reúnan los requisitos para ser considerados como agricultores activos, de conformidad con el artículo 5 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control, y que se comprometan voluntariamente a realizar acciones tendentes al cumplimiento de los compromisos fijados en favor del bienestar de los animales. Segundo. Objeto Convocar, por el procedimiento de tramitación anticipada, en el año 2025, la ayuda inicial y anual de la intervención denominada "Co mpromisos para bienestar y sanidad animal", establecidas en la Orden 40/2025, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la intervención denominada compromisos para bienestar y sanidad animal en Castilla-La Mancha a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), previstas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común para el periodo 2023-2027. Tercero. Bases reguladoras. Orden 40/2025, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la intervención denominada compromisos para bienestar y sanidad animal en Castilla-La Mancha a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), previstas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común para el periodo 2023-2027, publicada en el DOCM nº 59 de 26 de marzo. Cuarto. Cuantía. Las ayudas previstas en esta intervención consistirán en un pago anual por UGM, a consecuencia del lucro cesante para compensar una parte de los costes adicionales y/o pérdidas de ingresos en los que se haya incurrido al realizar acciones tendentes al cumplimiento de los compromisos. El importe unitario de la ayuda resulta de la cuantificación del lucro cesante y la pérdida de ingresos conforme al artículo 82 del Reglamento 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, y será de 75 euros/UGM con un límite de 3.450 euros por explotación y año. Las ayudas se financiarán en el marco de Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común 2023-2027, en la que se incluye esta intervención dentro de los compromisos de bienestar y sanidad animal, a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader). Serán cofinanciadas por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, el Ministerio de Agricultura y Pesca y Alimentación y la Unión Europea a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), en los porcentajes establecidos en el Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común para el periodo 2023-2027, que son del 14%, 6% y 80% respectivamente, con cargo a la partida presupuestaria 210400000G/713B/4732R. Para esta convocatoria inicial de ayudas y las anualidades de pago derivadas de la misma, la cuantía total es de 18.000.000 euros, quedando condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio presupuestario correspondiente Quinto. Plazo presentación solicitudes. Las personas interesadas en acogerse a la ayuda deberán presentar una solicitud inicial conforme a lo establecido en la Orden por la que se establece la solicitud única de las ayudas de la Política Agrícola Común en Castilla-La Mancha, su forma y plazo de presentación. En la presente convocatoria, la solicitud inicial de la ayuda se presentará, según lo dispuesto en la Orden 7/2025, de 30 de enero, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se establece la solicitud única de las intervenciones en forma de pagos directos y las intervenciones para el desarrollo rural asimiladas al Sistema Integrado de Gestión y Control, de la Política Agrícola Común en Castilla-La Mancha, para el año 2025, su forma y plazo de presentación y sus modificaciones. Esta solicitud inicial tendrá el carácter de solicitud de pago para el primer año. Sexto. Otros datos. La finalidad de estas ayudas es mejorar las condiciones de producción y comercialización de los productos de la apicultura en Castilla-La Mancha. Toledo, 20 de mayo de 2025 El Director General de Agricultura y Ganadería. JESÚS FERNÁNDEZ CLEMENTE