CONVOCATORIA 2025 DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA PERSONAS MAYORES Y/O PENSIONISTAS, DESTINADA A LA REALIZACIÓN DE ADAPTACIONES DOMICILIARIAS PARA FACILITAR SU MOVILIDAD, COMUNICACIÓN Y AUTONOMÍA PERSONAL.
LOCAL · ALCOBENDAS · AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES30 - COMUNIDAD DE MADRID
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 21/05/2025
- Publicación en diario oficial
- 30/05/2025
Texto oficial de apertura: A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE DE LA PUBLICACION DE ESTA CONVOCATORIA EN EL B.O.C.M.
Texto oficial de cierre: DENTRO DEL PLAZO DE 15 DIAS HABILES
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero.— El objeto de la Convocatoria tiene por finalidad otorgar a personas físicas mayores y/o pensionistas residentes en Alcobendas, para la adaptación del domicilio habitual, que les facilite la realización de Actividades de la vida diaria, aseo o deambulación, con elementos de apoyo.
Segundo.—Las ayudas económicas están destinadas a pequeñas reformas, para la eliminación de barreras arquitectónicas, facilitando la movilidad interior, la realización de las actividades de la vida diaria y la autonomía personal.
Tercero.—Cuantía: El importe a otorgar a cada persona beneficiaria tendrá como límite máximo de DOS MIL EUROS (2.000,00€) para el acondicionamiento, reforma o adaptación del domicilio
Cuarto.—Personas beneficiarias: Personas mayores de 70 años, empadronadas en Alcobendas con empadronamiento mínimo de 1 año en la vivienda donde se desea realizar la adaptación; o personas mayores menores de 70 años empadronadas mínimo 1 año en la vivienda donde se ha realizado la adaptación, que además tengan reconocido Grado de Dependencia o haber solicitado la valoración de dependencia, antes de la fecha de publicación de la Convocatoria.
Quinto.—Requisitos de la convocatoria:
1. La vivienda que sea objeto de la adaptación o acondicionamiento debe ser vivienda habitual y permanente de la persona mayor solicitante.
2. La vivienda debe ser propiedad o copropiedad de alguna de las personas que formen parte de la unidad familiar de convivencia del/la mayor solicitante.
3. Si la vivienda donde se realiza la adaptación domiciliaria es en régimen de alquiler deberá presentarse con la solicitud autorización expresa de la propiedad.
4. Las obras de adaptación y/o acondicionamiento no se deben haber realizado con anterioridad a la aprobación del proyecto e informe del equipo técnico de terapia ocupacional de mayores.
5. No tener pendiente de justificación otras subvenciones.
Sexto.—Obligaciones de las personas mayores beneficiarias:
— Las obras de adaptación y/o acondicionamiento, para las que se solicite subvención no se deben haber realizado con anterioridad a la aprobación en firme del Proyecto que será la que figure en el Informe del Equipo Técnico de Terapia Ocupacional.
— Justificar las obras de adaptación antes del 1 de octubre de 2025.
— Colaborar con el personal técnico del Servicio de mayores del Área de Bienestar Social del Ayuntamiento de Alcobendas en las comprobaciones y visitas sobre destino y aplicación de las ayudas.
— Comunicar al Servicio de mayores del Ayuntamiento de Alcobendas la obtención de otras subvenciones, ayudas, e ingresos para la misma finalidad.
— Tramitar el presupuesto ajustándose a la prescripción y con descripción desglosada de las obras de adaptación.
— Presentar el presupuesto definitivo de las obras a realizar.
— Reintegrar las cantidades percibidas con los recargos e intereses de demora desde la fecha de pago de las ayudas, cuando no se hayan ejecutado las obras en plazo; por alteración del precio real de las obras; cuando existe falsedad en los datos de la documentación presentada y cuando falte la justificación.
Séptima.—Plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Octava.—Presentación solicitudes: A través el Registro Electrónico Municipal del Ayuntamiento de Alcobendas, a través del Servicio de Atención Ciudadana (SAC); a través de la Sede Electrónica www.alcobendas.org
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 21/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Decreto Nº 6659 de fecha 8/05/2025 de la concejalía delegada de Familia y Bienestar Social del Ayuntamiento de Alcobendas, por el que se convocan subvenciones a personas mayores y/o pensionistas, para adaptación del domicilio para 2025Publicado 30/05/2025SUBVENCIONES EN MATERIA DE BIENESTAR SOCIALInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.