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Plazo no verificadoBDNS 834278

Convocatoria de ayudas de mínimis destinadas a compensar las dificultades de recogida de la leche en explotaciones de vacuno de alta montaña y zonas con especial dificultad en Cantabria para el año 2025.

AUTONOMICA · CANTABRIA · CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 06:51 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES13 - CANTABRIA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
21/05/2025
Publicación en diario oficial
29/05/2025

Texto oficial de apertura: DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACION DEL EXTRACTO EN EL BOC

Texto oficial de cierre: 1 MES A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACION DEL EXTRACTO EN EL BOC

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Extracto publicado

Primero. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente convocatoria los primeros compradores de leche de vaca que cumplan los siguientes requisitos:Estar registrados en la Agencia de información y control alimentarios (en adelante, “AICA”), como operadores del sector lácteo, y en la aplicación LetraQ del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (en adelante “LETRAQ”), como centro lácteo.Tener formalizado, a la fecha de publicación de la convocatoria, contrato de recogida de leche de vaca de, al menos, un año de duración, con productores  ubicados en municipios de Cantabria de alta montaña o especial dificultad, recogidos como SUBZONA DE MONTAÑA 1 y SUBZONA 2 relacionados en el Anexo IV, conforme a lo previsto en el Plan Estratégico de la PAC, en base al artículo 71 del Reglamento (UE) del Parlamento Europeo y del Consejo nº 2021/2115, de 2 de diciembre de 2021. Segundo. Objeto.Convocar, en concurrencia competitiva para el ejercicio 2025, ayudas destinadas a compensar las dificultades de recogida de la leche en explotaciones de vacuno ubicadas en municipios de alta montaña, o municipios con especial dificultad recogidos en el Anexo IV como municipios Subzona de Montaña 1 y Subzona 2, de conformidad con lo previsto en el Plan Estratégico de la PAC, en base al artículo 71 del Reglamento (UE) del Parlamento Europeo y del Consejo nº 2021/2115, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) nº .1503/2013 y (UE) nº.1307/2013.Tercero. Bases reguladoras.Orden DES/22/2024, de 26 de junio, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria nº 129, de 4 de julio de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas de mínimis destinadas a compensar las dificultades de recogida de la leche en explotaciones de vacuno de alta montaña, y zonas con especial dificultad de Cantabria. Cuarto. Cuantía.1. La cuantía de la ayuda que se convoca, asciende a 140.000 euros para el año 2025, que se financiará con cargo a la partida presupuestaria 05.04.412.B.470, recogida en la Ley de Cantabria 2/2024, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2025.2. Esta subvención se encuentra acogida al régimen de mínimis establecido por el Reglamento (UE) número 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas mínimis. DOUE 2831 de 15 de diciembre de 2023.3. El importe total de la ayuda de mínimis concedida a cualquier beneficiario no puede exceder de 300.000 euros durante cualquier período de tres años, según lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 3 del Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.1. El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes, a contar a partir del día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de Cantabria del extracto de la presente resolución de convocatoria.2. Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Ganadería pudiendo presentarse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018 de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 21/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO IPublicado 21/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO IIPublicado 21/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO IIIPublicado 21/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO IVPublicado 21/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución de la Consejera de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, de 19 de mayo de 2025, por la que se convocan ayudas de mínimis destinadas a compensar las dificultades de recogida de la leche en explotaciones de vacuno de alta montaña y zonas con especial dificultad en Cantabria para el año 2025.Publicado 29/05/2025Orden DES/22/2024, de 26 de junio, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria nº 129, de 4 de julio de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas de mínimis destinadas a compensar las dificultades de recogida de