Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- 28/05/2025
- Fin de solicitudes
- 16/06/2025
- Registro en BDNS
- 22/05/2025
- Publicación en diario oficial
- 27/05/2025
Texto oficial de apertura: Desde el dia siguiente a su publicación
Texto oficial de cierre: 20 dias naturales
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Extracto publicado
1. Objeto de la convocatoriaEl objeto de esta convocatoria es regular y fijar los criterios y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, cobro y justificación de las subvenciones que otorgue el Consejo Comarcal del Alt Empordà, a través del área de Bienestar social, destinadas a financiar el transporte de personas con discapacitadas y/o con dependencia que presentan problemas de movilidad para que puedan acceder a los servicios de atención especializada ubicado en la comarca, oa aquellos otros que permitan favorecer su integración en el entorno .Tiene por objeto estructurar y fijar los criterios y el procedimiento para la concesión de las ayudas por transporte de personas discapacitadas y/o con dependencia con problemas de movilidad a entidades y administraciones locales que presten servicios de transporte adaptado, para facilitar el acceso a los servicios sociales de atención especializada de carácter diurno siguientes:Servicio de centro de día para personas mayores de carácter temporal o permanente (CD)Servicio de atención integral a las personas mayores en el ámbito rural (SAIAR)Servicio de centro de día de atención especializada temporal o permanente para personas con discapacidad (CAE)Servicios de Centros de Día de Terapia Ocupacional (STO) para personas con discapacidad intelectual.Servicio de centro de día ocupacional de inserción (SOI) para personas con discapacidad.Centros asimilados con funciones de acogida diurna (asociaciones o entidades que prestan servicios de apoyo a los servicios sociales especializados).Servicio de club socialservicio prelaboralCentros especiales de trabajo (CET), sólo en el caso de transporte colectivo y que coincida en la misma línea hacia STO, SOI y existan plazas disponibles.Importe de la subvencionTeniendo en cuenta el elevado coste de los servicios subvencionados y para asegurar la ejecución máxima de la partida, el importe y porcentaje de las subvenciones que se otorguen no excederá, en cualquier caso, del 60% del coste de la solicitud subvencionada, con el límite de la consignación presupuestaria anteriormente fijada.Período de ejecuciónLas subvenciones concedidas al amparo de estas Bases, tendrán que destinarse a financiar los gastos de transporte adaptado durante el año en curso de la convocatoria de la subvención.2. Requisitos para Solicitar la Subvención y Forma de AcreditarlosPodrán ser beneficiarias de esta subvención:a) Las personas físicas mayores de 18 años con problemas de movilidad y/o necesidad de acompañamiento, que estén empadronadas en algún municipio de los que integran el Área Básica de Servicios Sociales del Consejo Comarcal del Alt Empordà, excepto el municipio de Figueres, y se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:• Tener reconocida la condición de persona con discapacidad mediante el certificado emitido por la Dirección General de Protección Social de la Generalidad de Cataluña, donde conste además que supera el baremo de movilidad reducida o acredite que ha iniciado el trámite de solicitud.• Tener reconocido un grado de dependencia o acreditar que ha realizado la solicitud de valoración y disponer del certificado de discapacidad donde conste además que supera el baremo de movilidad reducida o acredite que han iniciado el trámite de solicitud.b) Los entes locales del Área Básica de Servicios Sociales del Consejo Comarcal del Alt Empordà, que se encarguen de organizar este servicio mediante transporte colectivo de las personas beneficiarias establecidas en la base 4.1 hacia centros prestadores de servicios sociales especializados siempre que cumplan los requisitos establecidos.c) Las entidades sin ánimo de lucro, los centros o asociaciones especializadas en transporte adaptado que realicen servicios de transporte para personas de la comarca del Alt Empordà, excepto del municipio de Figueres.d) No podrán obtener la condición de beneficiario las personas solicitantes que incurran en alguna de las circunstancias contenidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS).3. Plazo de presentación de solicitudes y DocumentaciónLas solicitudes se presentarán mediante el modelo normalizado, a disposición de los interesados ​​en la web www.altemporda.org /Área de Bienestar/Transporte adaptado, en el registro de entrada del Consejo Comarcal del Alt Empordà o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPAP), en el plazo de veinte días naturales a contar a partir del día siguiente de la publicación de el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.En el caso de las personas físicas habrá que adjuntar la siguiente documentación:a) Solicitud de ayuda económica de transporte adaptado que figura como anexo 1.b) DNI del firmante de la solicitud y, si actúa en representación ajena, documentación acreditativa de su representación.c) Ficha de alta de acreedor, en caso de primera petición, o en caso de modificación de datos, que figura en el anexo 3.d) Declaración responsable de estar al corriente de pago con Hacienda y Seguridad Social que figura como Anexo 8.e) Certificado de reconocimiento de discapacidad emitido por la Dirección General de Protección Social o bien el documento de solicitud de dicho certificado, o el documento de reconociendo del grado de dependencia, o en caso de que todavía no se tenga un grado reconocido la solicitud de valoración de grado de dependencia.f) La documentación justificativa necesaria para la valoración de los criterios establecidos en la Base 8.2 para la evaluación de las subvenciones con el presupuesto detallado de los gastos de la actividad o proyecto propuesto y de su financiación, de acuerdo con los modelos establecidos por el Consejo Comarcal del Alt Empordà:• Certificado anual de asistencia en el centro• Certificado de convivencia, o autorización para que el Consejo Comarcal del Alt Empordà pueda consultar el Padrón Municipal de habitantes del municipio correspondiente.• Última Declaración de Renta o Certificado de Imposiciones de la persona solicitanteEn el caso de las entidades y entes locales habrá que adjuntar la siguiente documentación:a) Solicitud de ayuda económica de transporte adaptado que figura como anexo 2.b) Memoria explicativa, con el presupuesto detallado de los gastos de la actividad y de su financiación.c) En el caso de las entidades sin ánimo de lucro, el NIF, así como la copia de los estatutos de la entidad, debidamente inscritos en el registro correspondiente.d) Ficha de alta de acreedor, en caso de primera petición, o en caso de modificación de datos, que figura en el anexo 3.e) Documentación de las personas transportadas que acredite que disponen de certificado de reconocimiento de discapacidad emitido Dirección General de Protección Social o bien la justificación de haberlo solicitado. Si son personas mayores con diagnóstico de demencia sólo será necesario aportar informe médico del médico de cabecera.f) Declaración jurada del conductor que figura como Anexo 4.g) Certificado que se acredita, en la forma establecida en la normativa reguladora de la subvención, de que el beneficiario está al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, y que no está sometido a las prohibiciones para obtener esta condición, previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS. (Art. 13.2.c) RD 424/2017 ACM2008 18.2.A) Art. 13 y 23.4 LGS Arts. 18, 19, 22, 23 y 24 a 29 RLGS)Dicha documentación deberá presentarse en cualquiera de las lenguas cooficiales de Cataluña, irá debidamente firmada por el solicitante y será original o copia debidamente autenticada.En el supuesto de que los documentos exigidos ya estuvieran en poder del Consejo Comarcal del Alt Empordà, el solicitante podrá hacer uso de su derecho de no presentarlos, haciendo constar la fecha y el órgano o dependencia donde fueron presentados o emitidos, siempre que no hayan transcurrido más de cinco (5) años desde su presentación.4. Plazo de justificación de las ayudas concedidasEl plazo para justificar los gastos objeto de las ayudas económicas de esta convocatoria finalizará el 31 de enero de 2026.