encuentraayudas
Plazo no verificadoBDNS 834465

Acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 12 de mayo de 2025, relativo a las bases y convocatoria de las ayudas a la gente joven de 18 a 35 años para alquilar una vivienda.

LOCAL · CONSEJO INSULAR DE MENORCA · CONSELL INSULAR DE MENORCA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 06:54 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES533 - Menorca

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Acceso a la vivienda y fomento de la edificación

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
01/09/2025
Fin de solicitudes
30/09/2025
Registro en BDNS
22/05/2025
Publicación en diario oficial
29/05/2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. BeneficiariosPueden ser beneficiarias de la solicitud de ayuda las personas físicas que cumplan las condiciones siguientes:a) Haber nacido entre el 1 de enero de 1990 y el 31 de diciembre de 2007.b) Tener residencia legal en algún municipio de Menorca como mínimo los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud, y estar empadronado en la vivienda alquilada.c) Ser titular de un contrato de arrendamiento, a título individual (tanto si se vive a solas como si convive con su propia unidad familiar) o como coarrendatario (contrato con varias personas arrendatarias que no formen parte de la misma unidad familiar) de la vivienda situada en Menorca, que tiene que ser el domicilio habitual y permanente de la persona que solicita la ayuda o la unidad familiar solicitante.En el caso de que se trate de un contrato de subarriendo, se tiene que presentar también un justificante del consentimiento escrito del arrendador.d) Pagar el alquiler por transferencia, domiciliación o mediante ingreso, todos a través de una entidad financiera.e) Haber obtenido durante el ejercicio anterior unos ingresos brutos anuales que no superen los umbrales establecidos a la convocatoria de las ayudas.Segundo. ObjetoEl objeto de la convocatoria es la prestación de ayudas a jóvenes de entre 18 y 35 años para los gastos derivados del alquiler de la vivienda habitual y permanente ubicada en Menorca.Tercero. Bases reguladorasLa convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en sesión de carácter ordinario de 12 de mayo de 2025.Cuarto. CuantíaEl importe global máximo de la convocatoria es de 150.000 € (ciento cincuenta mil euros).Quinto. Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes se inicia el 1 de septiembre y finaliza el 30 de septiembre de 2025.Sexto. Otros datosEl importe máximo por solicitante son 5.400 € (450 € mensuales durante un máximo de 12 meses). Se abonará por solicitante hasta un máximo del 50% del alquiler mensual de 12 meses.En los supuestos de un contrato con varios arrendatarios (coarriendo) que no formen parte de la misma unidad familiar, el importe máximo que se abonará será el 50% del alquiler mensual de la parte que abone cada arrendatario que solicite la ayuda.

Bases y documentación

Corrección error basesPublicado 24/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 26/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 26/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 12 de mayo de 2025, relativo a las bases y convocatoria de las ayudas a la gente joven de 18 a 35 años para alquilar una vivienda (Exp. 5228-2025-000001).Publicado 29/05/2025Bases de las ayudas a la gente joven de 18 a 35 años para alquilar una vivienda.