encuentraayudas
Plazo no verificadoBDNS 834511

CONVOCATORIA AYUDAS PARA SUFRAGAR GASTOS PARCIALES DE LA ASISTENCIA A LA ESCUELA DE VERANO ORGANIZADA POR EL PATRONATO INTERMUNICIPAL FRANCISCO ESTEVE 2025

LOCAL · PATERNA · AYUNTAMIENTO DE PATERNA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 06:55 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES523 - Valencia / València

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Educación

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
22/05/2025
Publicación en diario oficial
02/06/2025

Texto oficial de apertura: A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA PUBLICACION DE LA CONVOCATORIA EN EL BOP DE VALENCIA

Texto oficial de cierre: 1 MES A CONTAR A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA PUBLICACION DE LA CONVOCATORIA EN EL BOP DE VALENCIA

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

“Primero .- ObjetoSufragar, con fondos municipales, los costes derivados de la asistencia al servicio de Escuela de Verano que organiza el PIFE, durante el mes de julio, de personas con discapacidad psíquica y física, con edades comprendidas entre 3 y 20 años, empadronados en el municipio de Paterna que estén o no matriculados en el CEE Francisco Esteve.Segundo.- BeneficiariosDestinado a personas con discapacidad psíquica y física, con edades comprendidas entre 3 y 20 años, empadronados en la localidad de Paterna y que estén o no matriculados en el CEE Francisco Esteve.Tercero.- Requisitos de solicitantes y beneficiariosTanto los solicitantes como los/las beneficiarios/as de la concesión de esta ayuda habrán de cumplir los requisitos siguientes: 1-Estar empadronados en el municipio de Paterna seis meses antes de la fecha de inicio de la Escuela de Verano del PIFE, objeto de la presente subvención, y durante todo el periodo de concesión de la ayuda. 2-Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como con la Hacienda Municipal. 3-No incurrir en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, requeridas para tener la condición de beneficiario/a de la subvención. Cuarto.- Bases reguladoras Las Ordenanza específica de las bases reguladoras se aprobó en sesión ordinaria celebrada por el Pleno el 29 de febrero de 2024. Su texto íntegro se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia n.º 99 de fecha 23 de abril de 2024 así como en el tablón de edictos y en la web municipal.Quinto.- Cuantía de las ayudasEl importe de la ayuda corresponde a una cuantía fija por beneficiario/a. En caso de ser beneficiario/a de la ayuda se abonará directamente al P. I. Francisco Esteve que detraerá el gasto correspondiente a los beneficiarios.Las ayudas subvencionarán el coste derivado de la matriculación en la Escuela de Verano, incluyendo en dicho importe el coste derivado de la matriculación y conceptos incluidos en ésta, hasta un máximo de 1.000€, y hasta que se haya agotado la consignación presupuestaria prevista, que para el ejercicio 2025 es de 15.000 €Sexto.-FinanciaciónLa presente convocatoria se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 3230-48100 RC ref. 202500000675 de los presupuestos del Ayuntamiento de Paterna para el ejercicio 2025, con una cuantía total máxima de 15.000,00 €.Séptimo .- Lugar y plazo presentación de solicitudesLas solicitudes, podrán presentarse en la oficina SIAC del Ayuntamiento de Paterna, a través de la sede electrónica www.paterna.es o en los lugares a que se hace referencia en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Estarán obligados a presentar la documentación a través de la Sede Electrónica los sujetos señalados en el artículo 14 de la citada Ley 39/2015. En el supuesto que se presentase la solicitud y/o documentación en un día inhábil, ésta se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 31.2.b) de la citada ley. La presentación de la solicitud de la ayuda presume la aceptación incondicional de lo establecido en esta convocatoria.El período de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOP y durante el plazo de un mes. 

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 22/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSANUNCIO EXTRACTO CONVOCATORIA AYUDAS PARA SUFRADGAR GASTOS PARCIALES DE LAS ASISTENCIA A LA ESCUELA DE VERANO ORGANIZADA POR EL PATRONATO INTERMUNICIPAL FRANCISCO ESTEVE 2025Publicado 02/06/2025Ordenanza reguladora de ayudas para sufragar los gastos parciales de asistencia a la escuela de verano organizada por el Patronato Intermunicipal Francisco Esteve