Convocatoria de subvenciones destinadas a ayuntamientos de hasta 1.500 habitantes, para actividades del programa de juventud «Viu el Poble» 2025
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE VALENCIA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES523 - Valencia / València
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 23/05/2025
- Publicación en diario oficial
- 30/05/2025
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente a la publicación del extracto de convocatoria en el BOP
Texto oficial de cierre: 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de convocatoria en el BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios
Podrán acogerse a esta convocatoria de subvenciones los ayuntamientos de la provincia de Valencia de hasta 1.500 habitantes, según los datos del INE publicados en el Real Decreto 1210/2024, de 28 de noviembre, por el cual se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2024.
Quedan expresamente excluidas de esta convocatoria las entidades locales menores (EATIM) y las mancomunidades de municipios.
Segundo. Objeto
La finalidad es el fomento de las actividades juveniles y la colaboración en el desarrollo de proyectos y actividades dirigidos a la juventud. De acuerdo con lo previsto en los artículos 1.2.1 (realización de actividades juveniles) y 1.2.31 (colaboración con entidades locales en el desarrollo de proyectos y actividades dirigidos a la juventud) de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valencia (OGS).
Tercero. Bases reguladoras
Las bases reguladoras de esta convocatoria se establecen en la Ordenanza General de Subvenciones (OGS) de la Diputación de Valencia, aprobada por acuerdo de Pleno de 4 de diciembre de 2024 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (BOP) núm. 45, de 6 de marzo de 2025.
Cuarto. Financiación y cuantía
La financiación del gasto global de 38.000 euros derivada de la concesión se hará efectiva con cargo a la aplicación presupuestaria 621 33700 46200 Presupuesto de la Diputación de Valencia del ejercicio 2025.
No se exige financiación propia.
Cuantía de la subvención. La cuantía subvencionada dependerá de la disponibilidad presupuestaria, sin que pueda exceder de cinco mil euros (5.000 euros) por beneficiario.
En ningún caso la cantidad económica concedida podrá ser superior a la solicitada y
acreditada.
Únicamente se subvencionarán las 25 solicitudes de programaciones para actividades musicales dirigidas a jóvenes «Viu el Poble» 2025, que estén debidamente documentadas y relacionadas en la solicitud y que obtengan la mayor puntuación. En caso de empate en cuanto a puntuación se subvencionarán las solicitudes presentadas por orden de entrada.
La cantidad económica estimada de subvención son 1.500 euros para cada una de las 25 solicitudes de actividades musicales de las programaciones que obtengan mayor puntuación, siempre que la cantidad de subvención solicitada sea igual o mayor a 1.500 euros. Cuando la cantidad solicitada sea inferior se concederá el importe solicitado.
La cuantía de la subvención podrá ser el importe total de los gastos realizados y justificados.
Quinto. Presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Sexto. Otros datos
Las solicitudes, dirigidas al presidente de la Diputación, se presentarán en la sede electrónica de la Diputación de València (www.sede.dival.es), en la carpeta de Ayuntamientos. En estas se declarará responsablemente que la entidad no está incursa en ninguno de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria, previstas en el artículo 13 de la LGS y en el artículo 6 de la OGS. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP. En caso de que se presenten en plazo varias solicitudes se entenderá como válida la presentada en última instancia.
A las solicitudes se tendrá que adjuntar la siguiente documentación:
a) Breve proyecto (máximo 2 páginas) de la programación de las actividades del programa de juventud «Viu el Poble», que se realizará en formato de feria, muestra o encuentro que difunda, promocione y permita concienciar, sensibilizar y reconocer los derechos de la juventud recogidos en la Ley 15/2017, Ley 15/2017, de 10 de noviembre, de la Generalitat, de políticas integrales de juventud, para el que se solicita subvención y que ha de incluir, de manera expresa y concisa, al menos los siguientes extremos, necesarios para poder valorar los proyectos de la programación según lo dispuesto en la cláusula Novena (se indica la longitud máxima sugerida para cada uno de estos extremos):
Descripción de la programación de la feria, muestra o encuentro de juventud «Viu el Poble», con el número de actividades y antigüedad del proyecto (2 párrafos).
Formas de difusión del proyecto (2 párrafos).
Calendario de realización previsto que recoja los días de actividad (1 párrafo).
Identificación de las personas beneficiarias finales (1 párrafo).
Resultados que se pretenden obtener (objetivos) (2 párrafos).
Forma de medir estos resultados (indicadores y metodología) (2 párrafos).
b) Presupuesto detallado por conceptos de la previsión de gastos e ingresos de las actividades. En concreto, la relación de ingresos previstos ha de incluir la cantidad solicitada a la Diputación de Valencia en el contexto de esta subvención y, en su caso, los recursos propios y otras posibles ayudas o subvenciones solicitadas o que se prevea solicitar para el mismo objeto.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 23/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnuncio de la Diputación de Valencia, sobre extracto del decreto de la Presidencia núm. 6059, de 22 de mayo de 2025, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a ayuntamientos de hasta 1.500 habitantes, para actividades musicales dirigidas a jóvenes «Viu el Poble» 2025.Publicado 30/05/2025Convocatoria de subvenciones destinadas a ayuntamientos de hasta 1.500 habitantes, para actividades del programa de juventud «Viu el Poble» 2025Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.