Plazo no verificadoBDNS 834747
2025 Subvenciones espacios naturales CET i EI
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE TARRAGONA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TARRAGONA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 07:00 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES51 - CATALUÑA
Finalidad
Otras actuaciones de carácter económico
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 13/07/2025
- Registro en BDNS
- 23/05/2025
- Publicación en diario oficial
- 29/05/2025
Texto oficial de apertura: Des de el dia siguiente de la publicación de la convocatòria en el BOPT
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
DIPUTACIÓN DE TARRAGONAÁrea de Concertación y Asistencia MunicipalLa Junta de Gobierno de la Diputación de Tarragona en sesión de 3 de junio de 2025, ha aprobado la siguiente convocatoria:Por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación de Tarragona de 3 de junio de 2025, se ha aprobado la enmienda del error material del punto cuarto de la parte dispositiva del acuerdo de Junta de Gobierno de 20 de mayo de 2025, de aprobación de la convocatoria del procedimiento para la concesión, en régimen de competitiva, de las subvenciones a Centros Especiales de Trabajo de iniciativa social y empresas de inserción sociolaboral, por la conservación y mejora de espacios naturales, en el siguiente sentido:Donde dice:4.2 Plazo de presentación de solicitudesEl plazo para presentar solicitudes electrónicamente es desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria anticipada en el BOPT y hasta el 13 de junio de 2025.Debe decir:4.2 Plazo de presentación de solicitudesEl plazo para presentar solicitudes electrónicamente es desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria anticipada en el BOPT y hasta el 13 de julio de 2025.
De conformidad con lo establecido en los artículos 17.3b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual se puede consultar en la “Base de Datos Nacional de Subvenciones” (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):DIPUTACIÓN DE TARRAGONA Área de Concertación y Asistencia Municipal La Junta de Gobierno de la Diputación de Tarragona en sesión de 20 de mayo de 2025, ha aprobado la siguiente convocatoria:Primero. Requisitos específicosPueden ser beneficiarios de esta subvención los Centros Especiales de Trabajo y las entidades titulares de los Centros Especiales de Trabajo (en adelante CET) de iniciativa social inscritos en el Registro de Centros Especiales de Trabajo de la Generalitat de Cataluña, y regulados por el Real decreto 2273/1985, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de los Centros Especiales de Trabajo y por el Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.También pueden ser beneficiarias de esta subvención las empresas de inserción sociolaboral, inscritas en el Registro administrativo de empresas de inserción de la Generalitat de Cataluña, y reguladas por la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción y la Ley 27/2002, de 20 de diciembre, sobre medidas legislativas para regular las empresas de inserción sociolaboral.Segundo. Objeto y finalidadEl objeto de la presente convocatoria anticipada es regular la concesión de las subvenciones para el desarrollo de proyectos y actuaciones de conservación y mejora ecológica, paisajística y de regulación de uso de espacios públicos de espacios naturales, áreas de ocio y entornos de carácter forestal, fluvial y marítimo que estén incluidos en las comarcas del Camp de Tarragona, Terres de l'Ebre y Baix Penedès, por parte de Centros Especiales de Trabajo, entidades titulares de Centros Especiales de Trabajo de iniciativa social y empresas de inserción sociolaboral.Esta convocatoria anticipada consta de dos líneas de actuaciones subvencionables:• Línea 1: Actuaciones de conservación y mejora de uso de espacios públicos.• Línea 2: Actuaciones de mantenimiento en espacios trabajados previamente con actuaciones de conservación y mejora de uso de espacios públicos.Esta convocatoria anticipada se integra en el Plan estratégico de subvenciones de la Diputación de Tarragona y de sus organismos autónomos, mandato 2023-2027 (año 2025), en el Eje 3 “Sostenibilidad, preservación del medio ambiente y transición ecológica”, Línea Estratégica 06 “Impulsar la sostenibilidad y la preservación del medio ambiente avanzando hacia la descarbonización”, ya que contribuye a alcanzar los objetivos de conservación y mejora ecológica, paisajística y de regulación de uso de espacios, a partir del desarrollo de proyectos y actuaciones de conservación, mejora y mantenimiento de espacios naturales.La finalidad de esta línea de subvenciones es dar apoyo a los Centros Especiales de Trabajo, entidades titulares de Centros Especiales de Trabajo de iniciativa social y empresas de inserción sociolaboral de los municipios del Camp de Tarragona, las Terres de l’Ebre y el Baix Penedès, para conseguir una mejora y conservación de los espacios naturales, a la vez que favorecer la inserción de las personas con discapacidad.Los proyectos y actuaciones subvencionados están alineados con los Objetivos de Desarrollo Sostenible: objetivo 1 (fin de la pobreza), objetivo 3 (salud y bienestar), objetivo 13 (acción climática), porque ayuda a adaptar el territorio a los riesgos relacionados con el clima y los desastres naturales, y con el objetivo 15 (vida terrestre), porque promueve la gestión sostenible de los bosques.Tercero. Actuaciones subvencionablesA efectos de esta convocatoria anticipada, las actuaciones susceptibles de financiación por la Línea 1, son:• Conservación de hábitats naturales y seminaturales, y de las especies de fauna y flora, con medios mecánicos y manuales, con el objetivo de mejorar o restaurar un estado de conservación favorable de los hábitats y de las poblaciones de especies.• Conservación y mejora de uso de espacios públicos, incluyendo los incluidos en áreas de ocio, ermitas, fuentes, áreas recreativas, aulas de naturaleza o similares.A efectos de esta convocatoria anticipada, las actuaciones susceptibles de financiación por la Línea 2, son:• Trabajos de mantenimiento de actuaciones y proyectos llevados a cabo con anterioridad, asociados a actuaciones de conservación de hábitats naturales y seminaturales, restauración de hábitats o conservación y mejora de uso de espacios públicos, incluyendo los comprendidos en áreas de ocio, ermitas, fuentes, áreas recreativas, aulas de naturaleza o similares.• Las actuaciones para las cuales se llevará a cabo el mantenimiento deberán haberse realizado en un máximo de 5 años anterior a la fecha de la presente convocatoria anticipada.Serán susceptibles de financiación las actuaciones de proyectos que dispongan de justificación de fin de obra o finalización de proyecto con certificado emitido donde se indique la fecha de realización del proyecto y el importe detallado de las actuaciones realizadas.Gastos subvencionables para las líneas 1 y 2:• El coste de contratación del personal directamente relacionado con la actuación subvencionada.• Los gastos de dirección técnica o gastos de gerencia del Centro de Trabajo o Empresa de Inserción Laboral necesarios para el desarrollo del proyecto, con un máximo de 1.250,00 euros para la línea 1 y de 250,00 euros para la línea 2 para esta tarea. En esta partida, se incluyen los gastos de coordinación técnica.• Materiales y materias primas necesarios para ejecutar la actuación subvencionada (incluye alquiler de maquinaria o vehículos, adquisición de plantas, combustible necesario para la ejecución de los trabajos, etc.).• Los gastos asociados a materiales de seguridad y salud no podrán superar el importe de 1.000,00 euros para la línea 1 y de 200,00 euros para la línea 2 (base imponible sin IVA). En esta partida se incluye el material asociado a ropa como los equipos de protección individual (EPIs), tales como cascos, gafas, pantalones, etc. Se incluyen todos los gastos de ropa de los trabajadores en esta partida.En todos los casos se considerará el presupuesto elegible que se determine en el acuerdo de concesión de la subvención.Gastos no subvencionables para las líneas 1 y 2:• Gastos de funcionamiento básico y administración ordinaria de la entidad.• Gastos relacionados con seguros o similares de los bienes tangibles a emplear (vehículos, u otros).• Las partidas no especificadas o consideradas como “partidas alzadas”.• Gastos de amortización de vehículos y maquinaria necesarios para la realización de los trabajos subvencionados.• Gastos de inversión.Cuarto. Bases generales de subvenciones de la Diputación de Tarragona y de sus organismos autónomosPor acuerdo del Pleno de la Diputación de Tarragona, de fecha 21 de diciembre de 2018, se aprobó inicialmente las Bases generales de subvenciones de la Diputación de Tarragona y de sus organismos autónomos, las cuales se han convertido definitivas y se ha publicado el texto íntegro, en el Boletín Oficial de la provincia de Tarragona, en fecha 27 de febrero de 2019.Quinto. Crédito presupuestario y cuantía total máximaCrédito presupuestario al que se imputan las subvenciones:Aplicación presupuestaria: 2026-1200-172-48001La cuantía total máxima estimada de las subvenciones convocadas es de 300.000 euros, con la siguiente dotación máxima para cada línea:• Línea 1: 250.000 euros• Línea 2: 50.000 eurosEstos importes pueden ser ampliados y/o redistribuidos antes de la concesión de la subvención, previa modificación de crédito, si procede, y previo acuerdo de ampliación o redistribución de la cuantía máxima a subvencionar de acuerdo con las solicitudes y las disponibilidades presupuestarias.El importe del gasto correspondiente a la anualidad 2026 queda supeditado a la aprobación del presupuesto y a la adecuada consignación presupuestaria que autorice y apruebe la Diputación de Tarragona.La concesión de las subvenciones de esta convocatoria anticipada queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio en que se reconozca la obligación.Sexto. Financiación de la actuaciónEl porcentaje máximo de financiación de las actuaciones subvencionables descritas por beneficiario es del 100 % del presupuesto elegible.La cuantía de la subvención no puede exceder de:• Línea 1: 25.000 euros• Línea 2: 5.000 eurosLos porcentajes y límites anteriores fijan la cuantía máxima de la subvención. No obstante, la subvención concedida debe determinarse en función de las solicitudes presentadas, los criterios de valoración a aplicar y la disponibilidad presupuestaria.El presupuesto elegible para obtener la totalidad de la subvención concedida se determina en el acuerdo de concesión.El importe sobre el valor añadido (IVA) es subvencionable si el beneficiario no puede deducírselo. Este dato debe hacerse constar en la solicitud de subvención.Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes El plazo para presentar solicitudes electrónicamente es desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria anticipada en el BOPT y hasta el 13 de junio de 2025.Octavo. Forma de presentación de solicitudesLa solicitud de subvención debe presentarse electrónicamente mediante el trámite específico disponible en la Sede electrónica de la Diputación de Tarragona (https://seuelectronica.dipta.cat).La solicitud de subvención debe firmarse con un certificado electrónico de representante de persona jurídica.En el momento de realizar el trámite, el solicitante puede no oponerse a que la Diputación pueda consultar, mediante servicios de intermediación de datos públicos, los estatutos vigentes y el documento acreditativo de su inscripción en el registro público, así como del NIF.Por otro lado, si se ha presentado en anteriores convocatorias de la Diputación en los últimos cinco años y ha presentado los estatutos, el documento acreditativo de su inscripción en el registro público y el NIF, y esta documentación es vigente, la entidad puede no oponerse a que la Diputación consulte esta documentación.
De conformidad con lo establecido en los artículos 17.3b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual se puede consultar en la “Base de Datos Nacional de Subvenciones” (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):DIPUTACIÓN DE TARRAGONA Área de Concertación y Asistencia Municipal La Junta de Gobierno de la Diputación de Tarragona en sesión de 20 de mayo de 2025, ha aprobado la siguiente convocatoria:Primero. Requisitos específicosPueden ser beneficiarios de esta subvención los Centros Especiales de Trabajo y las entidades titulares de los Centros Especiales de Trabajo (en adelante CET) de iniciativa social inscritos en el Registro de Centros Especiales de Trabajo de la Generalitat de Cataluña, y regulados por el Real decreto 2273/1985, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de los Centros Especiales de Trabajo y por el Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.También pueden ser beneficiarias de esta subvención las empresas de inserción sociolaboral, inscritas en el Registro administrativo de empresas de inserción de la Generalitat de Cataluña, y reguladas por la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción y la Ley 27/2002, de 20 de diciembre, sobre medidas legislativas para regular las empresas de inserción sociolaboral.Segundo. Objeto y finalidadEl objeto de la presente convocatoria anticipada es regular la concesión de las subvenciones para el desarrollo de proyectos y actuaciones de conservación y mejora ecológica, paisajística y de regulación de uso de espacios públicos de espacios naturales, áreas de ocio y entornos de carácter forestal, fluvial y marítimo que estén incluidos en las comarcas del Camp de Tarragona, Terres de l'Ebre y Baix Penedès, por parte de Centros Especiales de Trabajo, entidades titulares de Centros Especiales de Trabajo de iniciativa social y empresas de inserción sociolaboral.Esta convocatoria anticipada consta de dos líneas de actuaciones subvencionables:• Línea 1: Actuaciones de conservación y mejora de uso de espacios públicos.• Línea 2: Actuaciones de mantenimiento en espacios trabajados previamente con actuaciones de conservación y mejora de uso de espacios públicos.Esta convocatoria anticipada se integra en el Plan estratégico de subvenciones de la Diputación de Tarragona y de sus organismos autónomos, mandato 2023-2027 (año 2025), en el Eje 3 “Sostenibilidad, preservación del medio ambiente y transición ecológica”, Línea Estratégica 06 “Impulsar la sostenibilidad y la preservación del medio ambiente avanzando hacia la descarbonización”, ya que contribuye a alcanzar los objetivos de conservación y mejora ecológica, paisajística y de regulación de uso de espacios, a partir del desarrollo de proyectos y actuaciones de conservación, mejora y mantenimiento de espacios naturales.La finalidad de esta línea de subvenciones es dar apoyo a los Centros Especiales de Trabajo, entidades titulares de Centros Especiales de Trabajo de iniciativa social y empresas de inserción sociolaboral de los municipios del Camp de Tarragona, las Terres de l’Ebre y el Baix Penedès, para conseguir una mejora y conservación de los espacios naturales, a la vez que favorecer la inserción de las personas con discapacidad.Los proyectos y actuaciones subvencionados están alineados con los Objetivos de Desarrollo Sostenible: objetivo 1 (fin de la pobreza), objetivo 3 (salud y bienestar), objetivo 13 (acción climática), porque ayuda a adaptar el territorio a los riesgos relacionados con el clima y los desastres naturales, y con el objetivo 15 (vida terrestre), porque promueve la gestión sostenible de los bosques.Tercero. Actuaciones subvencionablesA efectos de esta convocatoria anticipada, las actuaciones susceptibles de financiación por la Línea 1, son:• Conservación de hábitats naturales y seminaturales, y de las especies de fauna y flora, con medios mecánicos y manuales, con el objetivo de mejorar o restaurar un estado de conservación favorable de los hábitats y de las poblaciones de especies.• Conservación y mejora de uso de espacios públicos, incluyendo los incluidos en áreas de ocio, ermitas, fuentes, áreas recreativas, aulas de naturaleza o similares.A efectos de esta convocatoria anticipada, las actuaciones susceptibles de financiación por la Línea 2, son:• Trabajos de mantenimiento de actuaciones y proyectos llevados a cabo con anterioridad, asociados a actuaciones de conservación de hábitats naturales y seminaturales, restauración de hábitats o conservación y mejora de uso de espacios públicos, incluyendo los comprendidos en áreas de ocio, ermitas, fuentes, áreas recreativas, aulas de naturaleza o similares.• Las actuaciones para las cuales se llevará a cabo el mantenimiento deberán haberse realizado en un máximo de 5 años anterior a la fecha de la presente convocatoria anticipada.Serán susceptibles de financiación las actuaciones de proyectos que dispongan de justificación de fin de obra o finalización de proyecto con certificado emitido donde se indique la fecha de realización del proyecto y el importe detallado de las actuaciones realizadas.Gastos subvencionables para las líneas 1 y 2:• El coste de contratación del personal directamente relacionado con la actuación subvencionada.• Los gastos de dirección técnica o gastos de gerencia del Centro de Trabajo o Empresa de Inserción Laboral necesarios para el desarrollo del proyecto, con un máximo de 1.250,00 euros para la línea 1 y de 250,00 euros para la línea 2 para esta tarea. En esta partida, se incluyen los gastos de coordinación técnica.• Materiales y materias primas necesarios para ejecutar la actuación subvencionada (incluye alquiler de maquinaria o vehículos, adquisición de plantas, combustible necesario para la ejecución de los trabajos, etc.).• Los gastos asociados a materiales de seguridad y salud no podrán superar el importe de 1.000,00 euros para la línea 1 y de 200,00 euros para la línea 2 (base imponible sin IVA). En esta partida se incluye el material asociado a ropa como los equipos de protección individual (EPIs), tales como cascos, gafas, pantalones, etc. Se incluyen todos los gastos de ropa de los trabajadores en esta partida.En todos los casos se considerará el presupuesto elegible que se determine en el acuerdo de concesión de la subvención.Gastos no subvencionables para las líneas 1 y 2:• Gastos de funcionamiento básico y administración ordinaria de la entidad.• Gastos relacionados con seguros o similares de los bienes tangibles a emplear (vehículos, u otros).• Las partidas no especificadas o consideradas como “partidas alzadas”.• Gastos de amortización de vehículos y maquinaria necesarios para la realización de los trabajos subvencionados.• Gastos de inversión.Cuarto. Bases generales de subvenciones de la Diputación de Tarragona y de sus organismos autónomosPor acuerdo del Pleno de la Diputación de Tarragona, de fecha 21 de diciembre de 2018, se aprobó inicialmente las Bases generales de subvenciones de la Diputación de Tarragona y de sus organismos autónomos, las cuales se han convertido definitivas y se ha publicado el texto íntegro, en el Boletín Oficial de la provincia de Tarragona, en fecha 27 de febrero de 2019.Quinto. Crédito presupuestario y cuantía total máximaCrédito presupuestario al que se imputan las subvenciones:Aplicación presupuestaria: 2026-1200-172-48001La cuantía total máxima estimada de las subvenciones convocadas es de 300.000 euros, con la siguiente dotación máxima para cada línea:• Línea 1: 250.000 euros• Línea 2: 50.000 eurosEstos importes pueden ser ampliados y/o redistribuidos antes de la concesión de la subvención, previa modificación de crédito, si procede, y previo acuerdo de ampliación o redistribución de la cuantía máxima a subvencionar de acuerdo con las solicitudes y las disponibilidades presupuestarias.El importe del gasto correspondiente a la anualidad 2026 queda supeditado a la aprobación del presupuesto y a la adecuada consignación presupuestaria que autorice y apruebe la Diputación de Tarragona.La concesión de las subvenciones de esta convocatoria anticipada queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio en que se reconozca la obligación.Sexto. Financiación de la actuaciónEl porcentaje máximo de financiación de las actuaciones subvencionables descritas por beneficiario es del 100 % del presupuesto elegible.La cuantía de la subvención no puede exceder de:• Línea 1: 25.000 euros• Línea 2: 5.000 eurosLos porcentajes y límites anteriores fijan la cuantía máxima de la subvención. No obstante, la subvención concedida debe determinarse en función de las solicitudes presentadas, los criterios de valoración a aplicar y la disponibilidad presupuestaria.El presupuesto elegible para obtener la totalidad de la subvención concedida se determina en el acuerdo de concesión.El importe sobre el valor añadido (IVA) es subvencionable si el beneficiario no puede deducírselo. Este dato debe hacerse constar en la solicitud de subvención.Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes El plazo para presentar solicitudes electrónicamente es desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria anticipada en el BOPT y hasta el 13 de junio de 2025.Octavo. Forma de presentación de solicitudesLa solicitud de subvención debe presentarse electrónicamente mediante el trámite específico disponible en la Sede electrónica de la Diputación de Tarragona (https://seuelectronica.dipta.cat).La solicitud de subvención debe firmarse con un certificado electrónico de representante de persona jurídica.En el momento de realizar el trámite, el solicitante puede no oponerse a que la Diputación pueda consultar, mediante servicios de intermediación de datos públicos, los estatutos vigentes y el documento acreditativo de su inscripción en el registro público, así como del NIF.Por otro lado, si se ha presentado en anteriores convocatorias de la Diputación en los últimos cinco años y ha presentado los estatutos, el documento acreditativo de su inscripción en el registro público y el NIF, y esta documentación es vigente, la entidad puede no oponerse a que la Diputación consulte esta documentación.
Bases y documentación
Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 08/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 08/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación de Tarragona, de 3 de junio de 2025, convocatoria del procedimiento para la concesión, en régimen de competitiva, de las subvenciones a Centros Especiales de Trabajo de iniciativa social y empresas de inserción sociolaboral, por la conservación y mejora de espacios naturales.Publicado 10/06/2025Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación de Tarragona, de 20 de mayo de 2025, convocatoria del procedimiento para la concesión, en régimen de competitiva, de las subvenciones a Centros Especiales de Trabajo de iniciativa social y empresas de inserción sociolaboral, por la conservación y mejora de espacios naturales.Publicado 29/05/2025Bases generals de subvencions de la Diputació de Tarragona i dels seus Organismes AutònomsInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.