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Plazo no verificadoBDNS 834831

Acciones humanitarias de emergencia

LOCAL · ORDIZIA · AYUNTAMIENTO DE ORDIZIA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 07:01 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

XXXX - TODO EL MUNDO

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cooperación internacional para el desarrollo y cultural

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
31/10/2025
Registro en BDNS
23/05/2025
Publicación en diario oficial
04/06/2025

Texto oficial de apertura: Al día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOG

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero.    Objeto. Esta ayuda se concederá para realizar acciones humanitarias de emergencia orientadas a personas y comunidades afectadas por situaciones de emergencia o desastre, causadas por catástrofes naturales, conflictos armados u otras circunstancias comparables. Segundo.    Beneficiarios/as. Podrán solicitar las subvenciones cualquier organización o institución no gubernamental con personalidad jurídica, sin ánimo de lucro, tales como Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo o congregaciones religiosas cuya actividad coincida con el objeto de esta convocatoria.  Tercero. Bases reguladoras Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Ordizia. Bases específicas. Cuarto.    Dotación económica. El importe total de las ayudas convocadas a través del presente programa asciende a la cantidad de 6.000 € para el ejercicio presupuestario de 2025 y será financiado con cargo a la partida presupuestaria  481.01.230.20.0103 2025. No obstante, si el número y cuantía de solicitudes superase la cantidad destinada, el Ayuntamiento de Ordizia podrá ampliar el citado importe, en función de su disponibilidad presupuestaria. Quinto. Cuantía máxima de la subvención y abono La cuantía de la subvención por proyecto no podrá superar los 2.000 eurosEl 100 % de la subvención concedida se abonará en un único pago en el momento de la concesión. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución definitiva es de seis meses a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria. Sexto.    Plazo y lugar de presentación de solicitudes. A través de la sede electrónica del Ayuntamiento (obligatorio para las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica). Presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento, opcional para las personas físicas. En las demás formas legalmente previstas conforme al artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Con carácter general, y con la excepción de aquellos programas de ayuda que tengan establecidos otros plazos, las solicitudes deberán presentarse en el plazo de veinte días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación de cada una de las convocatorias en el Boletín Oficial de Gipuzkoa. 

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 23/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSESKAERA ORRIAPublicado 23/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 23/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSBASES ESPECIFICASPublicado 23/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSAcciones humanitarias de emergenciaPublicado 04/06/2025Subvenciones para acciones humanitarias de emergencia orientadas a personas y comunidades afectadas por situaciones de emergencia o desastre, causadas por catástrofes naturales, conflictos armados u otras circunstancias comparables