Acuerdo Junta de Gobierno Local de 21 de mayo de 2025 que aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones en concurrencia competitiva destinadas al desarrollo de proyectos de dinamización turística. Línea 2
PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES23 - LA RIOJA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
23/05/2025
Publicación en diario oficial
28/05/2025
Texto oficial de apertura: Desde lel día siguiente hábil al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial Rioj
Texto oficial de cierre: 15 días hábiles a contar desde el siguiente día a la publicación de esta convocatoria po
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios.Empresas y profesionales. Para obtener la condición de beneficiario deberán cumplir los requisitos y las obligaciones contenidas en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones, así como las que se establecen a continuación:Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y fiscales con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones legales en materia tributaria, medioambiental, laboral, seguridad social, de protección de menores, de prevención de riesgos laborales y de cualquier otra materia de aplicación en el desarrollo del proyecto objeto de subvención.Segundo. Objeto.Es objeto de esta convocatoria, de acuerdo con lo establecido en sus bases reguladoras, definir las condiciones y el procedimiento a seguir para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a fomento y apoyo de proyectos turísticos por parte de empresas y profesionales, línea 2, en el ámbito de la ciudad de Logroño año 2025.Tercero. Bases reguladoras.La presente convocatoria se dicta de acuerdo a lo establecido en las bases reguladoras aprobadas por el Ayuntamiento pleno de fecha 6 de febrero de 2025.Cuarto. Cuantía.La cuantía de las subvenciones asciende a 106.500 euros correspondientes a la línea 2 destinada a proyectos turísticos desarrollados por empresas y profesionales con cargo a la aplicación presupuestaria 432.00 479.99.En el supuesto de que una vez tramitadas todas las solicitudes presentadas en plazo en cada unade las líneas se produjera sobrante de crédito en una de ellas, dicho importe podrá ser incorporado a la otra línea en caso de ser necesario.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.La documentación se presentará electrónicamente en el registro electrónico general del Ayuntamiento de Logroño o bien en cualquiera de los registros autorizados por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La sede electrónica de presentación del Ayuntamiento de Logroño se encuentra en la web (www.logrono.es) e igualmente quedará habilitada la presentación electrónica a través del registro electrónico del punto de acceso general del estado en (https://administracion.gob.es.)El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOR.Sexto. Otros datos de interés.- Convocatoria: el texto íntegro de la convocatoria y anexos estarán disponibles en la página web del Ayuntamiento de Logroño, en el siguiente enlace: Convocatoria subvención de turismo. - Solicitudes: Las solicitudes, junto con el resto de la documentación, se presentarán en el registro electrónico general del Ayuntamiento de Logroño o bien en cualquiera de los registros autorizados por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La sede electrónica de presentación del Ayuntamiento de Logroño se encuentra en la web (http://www.logrono.es) e igualmente quedará habilitada la presentación electrónica a través del registro electrónico del punto de acceso general del estado en (https://administracion.gob.es)-Documentación. La prevista en el artículo 9 de la convocatoria.-Criterios de valoración: Los previstos en el artículo 11 de la convocatoria.-Forma de pago: El pago de la ayuda se efectuará de la siguiente forma: el 80 por ciento a partir de la fecha de adopción del acuerdo de adjudicación definitiva; el 20 por ciento restante, se abonará cuando los beneficiarios justifiquen la subvención siempre y cuando no concurra alguna de las causas de minoración establecidas en el artículo 18 de la presenta convocatoria, y se adopte el acuerdo en el que se preste conformidad a la justificación presentada.-Forma de justificación: De acuerdo con lo previsto en el artículo 16 de la convocatoria.-Plazo de justificación: Hasta el 31 de enero de 2026, de acuerdo con el artículo 16 de la convocatoria.