Plazo no verificadoBDNS 835243
CS PLAN RENOVE ELECTRODOMÉSTICOS BAJO CONSUMO ENERGETICO 2025
AUTONOMICA · LA RIOJA · CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 07:10 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES230 - La Rioja
Finalidad
Otras Prestaciones económicas
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 26/05/2025
- Publicación en diario oficial
- 01/07/2025
Texto oficial de apertura: El día de su publicación en el BOR
Texto oficial de cierre: A los 10 días desde su publicación en el BOR
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Extracto publicado
Primero. Bases reguladoras.Orden STE 74/2021, de 17 de noviembre, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a particulares para la renovación de electrodomésticos de bajo consumo energético, modificada por Orden EIE/ 22/2024, de 16 de abril. Segundo. Objeto.Convocar las ayudas reguladas en la Orden STE 74/2021, de 17 de noviembre, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a particulares para la renovación de electrodomésticos de bajo consumo energético. Tercero. Beneficiarios y requisitos para obtener tal condición.Los indicados en el artículo 4 de la Orden STE 74/2021, de 17 de noviembre, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno. Cuarto. Actuaciones subvencionables.a) Requisitos:Los señalados en el artículo 8 de la Orden STE 74/2021, de 17 de noviembre, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno, modificada por la Orden EIE/ 22/2024, de 16 de abril b) Costes elegibles:b.1) Productos con clasificación energética regulada por la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la indicación del consumo de energía y otros recursos por parte de los productos relacionados con la energía mediante el etiquetado y una información normalizada del producto y que se incorporó al ordenamiento jurídico español a través del Real Decreto 1390/2011, de 14 de octubre:- Secadora con clase energética A++ o superior.- Horno, clase energética A+ o superior. - Encimeras de inducción (solamente tecnología de inducción, no mixtas).- Campanas extractoras A++ o superior.b.2) Productos según la clasificación energética vigente (Reglamento UE/2017/1369 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2017):- Frigorífico o frigorífico-congelador con clase de eficiencia energética D o superior.- Congelador con clase de eficiencia energética D o superior.- Lavadora con clase de eficiencia energética B o superior.- Lavasecadora con clase energética B o superior.- Lavavajillas con clase de eficiencia energética D o superior. Quinto. Cuantía de las ayudas y costes subvencionables máximos.Se aprueba el gasto por importe total de TRESCIENTOS MIL EUROS (300.000 €) destinados a financiar las subvenciones a particulares para la renovación de electrodomésticos de bajo consumo energético.La cuantía de las ayudas y los costes subvencionables máximos son los indicados en el artículo 10 de la Orden STE 74/2021, de 17 de noviembre de 2021, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno, modificada por la Orden EIE/ 22/2024, de 16 de abril. Sexto. Plazos.- Plazo para la adhesión de los establecimientos: 10 días a contar desde la fecha de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja.- Plazo de vigencia del Plan: Tres meses a contar desde la finalización del plazo de adhesión, salvo que se hubiera agotado el crédito disponible.Eventualmente este plazo podrá ser objeto de ampliación si no se hubiera agotado el crédito disponible. Séptimo. Otros datos de interés.- Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la Oficina Electrónica del Gobierno de La Rioja.- Los solicitantes de las ayudas están obligados a presentar la solicitud a través de su adhesión a la entidad colaboradora.- Procedimiento de adhesión y obligaciones de los establecimientos: el indicado en el artículo 11 de la Orden STE 74/2021, de 17 de noviembre de 2021, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno.- Procedimiento de adquisición de equipos subvencionables y documentación requerida. El indicado en el artículo 12 de la Orden STE 74/2021, de 17 de noviembre de 2021, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno. Octavo. Procedimiento de concesión.El procedimiento de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concesión directa hasta agotarse el presupuesto disponible y, en todo caso, hasta la finalización del plazo de vigencia del Plan. Noveno. Publicidad.- La información sobre las concesiones de subvenciones será comunicada a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en los términos en que se establece dicha obligación de comunicación por el artículo 20 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, y demás normativa de desarrollo de dicha obligación.- Por su parte, en aplicación de lo establecido en la ley 3/2014 de 11 de septiembre, de Transparencia y Buen Gobierno de La Rioja se harán públicas en el portal de transparencia dela Rioja.- Asimismo, se publicarán en el Boletín Oficial de La Rioja las subvenciones concedidas cuyo importe supere los 3.000 euros, con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 24/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSResolución 199/2025 de 23 de mayo, de la Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se convocan las subvenciones reguladas en la Orden STE 74/2021, de 17 de noviembre, para la concesión de subvenciones a particulares para la renovación de electromdomésticos de bajo consume energético (extracto).Publicado 01/07/2025Orden STE 74/2021, de 17 de noviembre de 2021, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a particulares para la renovación de elInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.