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Convocatoria para la concesión de subvenciones para la implantación de nuevos establecimientos comerciales y/o de negocios y para la renovación y modernización de los existentes, anualidad 2025

LOCAL · BORGES BLANQUES, LES · AYUNTAMIENTO DE BORGES BLANQUES, LES

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 07:16 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES513 - Lleida

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Comercio, Turismo y Pymes

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
04/06/2025
Fin de solicitudes
31/10/2025
Registro en BDNS
27/05/2025
Publicación en diario oficial
03/06/2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

En fecha 22 de mayo de 2025 la Junta de Gobierno local del Ayuntamiento de les Borges Blanques ha acordado aprobar la convocatoria para la concesión de subvenciones para la implantación de nuevos establecimientos comerciales y/o de negocios y para la renovación y modernización de los existentes, anualidad 2025.De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).Primero.- Bases reguladorasLas bases específicas para el otorgamiento de subvenciones para la implantación de nuevos establecimientos comerciales y/o de negocios y para la renovación y modernización de los existentes fueron aprobadas inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de noviembre de 2017 i quedaron aprobadas definitivamente en fecha 1 de marzo de 2018.Su publicación íntegra se encuentra en el BOP de Lleida número 27 de fecha 7 de febrero de 2018 y en la web del Ayuntamiento.Segundo.- ObjetoEsta convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, para la implantación de nuevos establecimientos comerciales y de negocios en locales de planta baja, así como para la mejora de los establecimientos existentes mediante su renovación y modernización para el año 2025.Tercero.- CuantíaLa dotación económica de la convocatoria es de 19.000,00 euros e irá a cargo de la aplicación presupuestaria 430 47900 del estado de gastos del presupuesto para el ejercicio 2025.La cuantía a percibir por los beneficiarios será de un máximo de 5.000,00 euros, que se repartirá de acuerdo con los siguientes tramos:-Tramo 1: hasta 5.000,00 euros: 30%-Tramo 2: de los 5.001,00 hasta 10.000,00 euros siguientes: 40%-Tramo 3: a partir de los 10.001,00 euros siguientes: 50%Las subvenciones se otorgarán hasta agotar el crédito previsto para esta convocatoria.Cuarto.- BeneficiariosTendrán la condición de beneficiarios de esta subvención las personas físicas y jurídicas que realicen inversiones para la obertura de nuevos establecimientos comerciales y de negocios o para la ampliación, reforma interior, mejora de la imagen exterior, modernización o renovación de sus equipos o instalaciones, durante el año 2025.En todo caso, tanto los nuevos establecimientos como los que sean objeto de reforma, tendrán que estar implantados en locales de planta baja.No podrán ser beneficiarias las personas que hayan obtenido una subvención por esta misma línea durante la convocatoria anterior.Quinto.- Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOP de Lleida y finalizará el día 31 de octubre de 2025.Sexto.- Órganos competentes para la instrucción y resoluciónLa instrucción del procedimiento se llevará a cabo por los Servicios Técnicos Municipales, que emitirán informe motivado sobre la valoración e idoneidad de las obras y el cumplimiento de los requisitos exigidos.A la vista del informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales, la Junta de Gobierno Local resolverá sobre la procedencia del otorgamiento de la subvención.Séptimo.- Otros datosa. Gastos subvencionablesSerán subvencionables los gastos de inversión i gastos de primer establecimiento y puesta en marcha de la actividad satisfechas por el solicitante, así como el gasto de las actuaciones de mejora, renovación, ampliación de las instalaciones o equipos y actuaciones de mejora de la imagen exterior del punto de venta o de negocio.En ningún caso, se subvencionará la adquisición de bienes inmuebles ni las cantidades satisfechas en concepto de IVA.En el caso de bienes muebles, solo se subvencionarán aquellos que estén directamente relacionados con la actividad que se desarrolle y se tengan en cuenta para el cálculo de la base imponible del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.b. Forma y lugar de presentación de solicitudesLas solicitudes se dirigirán en instancia normalizada al Ilmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de les Borges Blanques y podrán presentarse por cualquiera de los medios admitidos en la legislación vigente.Solo se aceptará una solicitud por beneficiario.c. Documentación de la solicitudLa documentación a adjuntar a la instancia de la solicitud se especifica en la Base 9ª de las bases específicas.d. Plazo de resolución y notificaciónEl plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 3 meses desde la presentación de la solicitud.e. Plazo de ejecución y justificación de las actuaciones subvencionablesLas obras se tendrán que ejecutar en el plazo máximo de un año desde la notificación del acuerdo de concesión de la subvención.Se aceptarán actuaciones ya iniciadas o ejecutadas con anterioridad a la publicación de esta convocatoria, siempre que se hayan llevado a cabo a partir del día 1 de noviembre del año 2024.El plazo de justificación será de un mes desde la finalización de la actuación. En caso de actuaciones ya finalizadas en la fecha de la solicitud, el plazo de un mes se computará desde la recepción de la notificación de la concesión.La documentación justificativa se prevé en la Base 12ª de las bases específicas.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 27/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 27/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSConvocatoria para la concesión de subvenciones para la implantación de nuevos establecimientos comerciales y/o de negocios y para la renovación y modernización de los existentes, anualidad 2025Publicado 03/06/2025Bases específicas para el otorgamiento de subvenciones para la implantación de nuevos establecimientos comerciales y/o de negocios y para la renovación y modernización de los existentes