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Plazo no verificadoBDNS 835643

Acuerdo de 5 de mayo de 2025 del Pleno de la Diputación Provincial de Alicante, por el que se convocan subvenciones en 2025 para la redacción, por Diputación, de Proyectos en materia de Ciclo Hídrico.

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE ALICANTE · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALACANT/ALICANTE

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 07:19 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES521 - Alicante / Alacant

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Otras actuaciones de carácter económico

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
31/07/2025
Registro en BDNS
28/05/2025
Publicación en diario oficial
30/05/2025

Texto oficial de apertura: Día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el B.O.P.

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. Beneficiarios: Las entidades beneficiarias de la convocatoria son: a) Los Municipios y las Mancomunidades de Municipios (artículo 3.1, apartado a) y 3.2, apartado c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril) y las Entidades de ámbito territorial inferior al municipal de la provincia de Alicante. b) Las comunidades de regantes y otras entidades de riego con sede en la provincia de Alicante, legalmente constituidas y adscritas al correspondiente Organismo de cuenca, conforme a los artículos 81 y 82 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas, que tengan establecido como objeto la utilización del agua para el riego, y deban cumplir su finalidad en el territorio de la Provincia de Alicante. Segundo. Objeto: Subvenciones no monetarias consistentes en la redacción de documentos técnicos, a realizar por la Excma. Diputación Provincial de Alicante, en el ejercicio de las competencias que le confieren los artículos 31 y 36, en relación con los artículos 25 y 26, todos ellos de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. La contratación de los servicios se ajustará a lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Los documentos técnicos se referirán a actuaciones relativas al Ciclo Hídrico municipal y provincial, tales como proyectos, estudios de alternativas y soluciones técnicas o pliegos de infraestructuras e instalaciones hidráulicas o de control, de competencia local y utilización pública. Se incluyen también en la convocatoria los proyectos para la legalización de instalaciones eléctricas existentes, relacionadas con instalaciones hidráulicas o de control de competencia local y utilización pública. Asimismo, son objeto de la convocatoria los documentos técnicos referentes a obras e instalaciones de infraestructura hidráulica o control, que incrementen la eficiencia del uso del agua en regadío. No se incluyen, con carácter general, las obras de captación de aguas subterráneas para uso en regadío, como perforación de pozos. Se incluyen, no obstante, las obras de captación cuando no sea posible la reutilización del agua procedente de aguas regeneradas de estaciones depuradoras de aguas residuales. Están excluidos del objeto de la convocatoria los Planes directores de infraestructuras hidráulicas de abastecimiento, saneamiento y evacuación de pluviales, así como los Proyectos de abastecimiento a diseminados sin conexión con la red de distribución y los planes municipales de control de vertidos en la red de alcantarillado municipal. Los documentos técnicos considerados de especial interés o que requieran de conocimientos muy especializados, como los relativos a captación o rehabilitación de captaciones de aguas subterráneas y, en el caso de municipios con gestión directa del servicio, a potabilización, automatización y control de infraestructuras o recursos hídricos, podrán ser redactados por los técnicos del Área de Ciclo Hídrico, aunque también son objeto de la presente convocatoria las asistencias técnicas inherentes a los mismos, como los estudios de impacto ambiental, topografía, geotecnia, delineación, cálculo estructural o eléctrico, prospección de infraestructuras, proyectos de legalización, etc., asumiendo igualmente la Diputación el coste de éstos y de los estudios de seguridad y salud. Los interesados deberán efectuar una descripción del objeto de la infraestructura hidráulica para la que solicitan que se redacte el documento técnico, indicando el coste aproximado de dicha obra o instalación. Esta estimación del coste no será necesaria para proyectos de legalización de instalaciones eléctricas existentes. No podrá atenderse, ni por tanto, subvencionarse, más de una solicitud por cada Entidad. Tercero. Bases reguladoras: Ordenanza General de Subvenciones aprobada por el Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, en sesión de 14 de abril de 2005, publicada en la Sede Electrónica de la Excma. Diputación Provincial de Alicante (https://sede.diputacionalicante.es/wp-content/uploads/2023/02/Ordenanza-General-de-Subvenciones-Diputacion-de-Alicante.pdf) y Bases Específicas incluidas en la convocatoria. Cuarto. Cuantía: La cuantía total máxima destinada a la financiación de la convocatoria se establece en 150.000,00 euros, que se imputan a la aplicación 29.4521.6501400 “REDACCIÓN DE PROYECTOS EN MATERIA DE CICLO HÍDRICO, EJERCICIO 2025, A EJECUTAR PARA AYTOS. Y OTROS ENTES” del Presupuesto Provincial vigente. De dicha cuantía total máxima, hasta 100.000,00 euros se destinarán a financiar subvenciones cuyos beneficiarios sean los señalados en el punto a) de la Base Tercera, esto es, Municipios, Mancomunidades de Municipios o Entidades de ámbito territorial inferior al municipal; y hasta 50.000,00 euros se destinarán a financiar subvenciones cuyos beneficiarios sean los señalados en el punto b) de la Base Tercera, esto es, entidades de riego o comunidades de regantes. Si resultara un sobrante en la cuantía destinada a financiar a uno de los grupos de beneficiarios, por haberse atendido la totalidad de las solicitudes presentadas que cumplan los requisitos de la convocatoria, el referido sobrante podrá destinarse a atender las peticiones presentadas por los solicitantes incluidas en el otro grupo. Ello sin perjuicio de las variaciones que pudieran producirse como consecuencia de posteriores modificaciones presupuestarias. Así, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la cuantía máxima adicional de la convocatoria se fija en 75.000,00 euros, quedando condicionada la efectividad de esta cuantía adicional, en su caso, a la previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda. El presupuesto inicial de cada una de las actuaciones para cuya redacción de proyecto/documento técnico se solicita la subvención no podrá ser inferior a 40.000,00 euros ni superior a 500.000 euros, ambos I.V.A. excluido. Estas cuantías no serán de aplicación en aquellas solicitudes que se refieran a la redacción de documentos técnicos para la legalización de instalaciones eléctricas ya existentes. El coste de la actividad se subvencionará al 100%. Al tratarse de una subvención en especie, la contratación y el abono del servicio será realizado por el Área de Ciclo Hídrico de la Excma. Diputación Provincial de Alicante. La dirección y supervisión del documento técnico a redactar corresponderá a los técnicos del Ciclo Hídrico. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Las solicitudes, dirigidas al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, suscritas por el representante legal de la entidad local o de riego solicitante, deberán ajustarse al modelo “Solicitud General de Subvención” que se incluye en el ANEXO I de estas Bases y, en todo caso, adjuntar toda la documentación señalada en la Base Sexta. El trámite electrónico para su presentación, con su información y documentación, estará disponible en la sede electrónica de la Diputación en: https://diputacionalicante.sedelectronica.es/dossier.1. CICLO HÍDRICO. Subvenciones a favor de entidades locales y entidades de riego para la redacción, por la Excma. Diputación de Alicante, de proyectos en materia de Ciclo Hídrico. El plazo para la presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, y se extenderá hasta el 31 de julio de 2025. Sexto. Otros datos:   La documentación a aportar se detalla en la Base Sexta de la convocatoria, figurando en el ANEXO II los correspondientes modelos de certificados. Toda solicitud recibida será resuelta de modo expreso. El plazo para resolver y notificar la resolución será el comprendido entre la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes y el día 31 de diciembre de 2025. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la notificación a los interesados se efectuará mediante la publicación de la resolución de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Excepcionalmente, la convocatoria podrá ser resuelta y notificada con posterioridad al plazo establecido, siempre y cuando y no exceda de seis meses desde el cierre del plazo de presentación de solicitudes, tal y como establece el artículo 21.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El vencimiento del plazo máximo, sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 25.1 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y ello sin perjuicio de la resolución que posteriormente pudiera dictarse en cumplimiento de la obligación de resolver establecida en el artículo 21.1 de la referida norma.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 28/05/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Acuerdo de 5 de mayo de 2025 del Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, por el que se convocan subvenciones en 2025 a favor de entidades locales y entidades de riego de la provincia de Alicante para la redacción, por la Excma. Diputación Provincial de Alicante, de Proyectos en materia de Ciclo Hídrico.Publicado 30/05/2025Ordenanza General de Subvenciones aprobada por el Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, en sesión de 14 de abril de 2005, y Bases Específicas incluidas en la convocatoria.