PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES300 - Madrid
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras actuaciones de carácter económico
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
28/05/2025
Publicación en diario oficial
09/06/2025
Texto oficial de apertura: DESDE EL SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN EXTRACTO CONVOCATORIA EN EL BOCM
Texto oficial de cierre: 90 DÍAS HÁBILES CONTADOS DESDE EL SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN EXTRACTO CONVOCATORIA EN EL BOCM
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios.Podrán presentar proyectos en esta convocatoria las personas físicas y jurídicas y las agrupaciones de personas físicas y jurídicas a que se refiere el artículo 11.3 de la Ley General de Subvenciones y el artículo 13.3 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos.Segundo. Objeto.La convocatoria de los premios a la reutilización de datos abiertos del Ayuntamiento de Madrid tiene por objeto promover, reconocer y premiar la realización de proyectos e iniciativas novedosas basados en la utilización de conjuntos de datos del Portal de Datos Abiertos del Ayuntamiento de Madrid (https://datos.madrid.es).Los premios se orientan a reconocer proyectos o iniciativas que ofrezcan a la ciudadanía del municipio de Madrid productos, servicios, herramientas o aplicaciones innovadoras, visualizaciones, así como estudios e investigaciones, que resulten de utilidad y que generen desarrollo económico y social, basados en la utilización de conjuntos de datos del Portal de Datos Abiertos del Ayuntamiento de Madrid.Tercero. Bases reguladoras.Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo de 30 de octubre de 2013 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid y el decreto de 28 de mayo de 2025 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias por el que se aprueba la convocatoria pública de la I edición de los premios a la reutilización de datos abiertos del Ayuntamiento de Madrid.Cuarto. Cuantía.El importe total destinado a esta convocatoria se cifra en quince mil euros (15.000 €), que se imputarán a la aplicación presupuestaria 001/120/920.06/482.03 “Premios” del programa "Fomento de la transparencia y mejora de la gestión", del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para la anualidad 2025.En esta convocatoria se otorgarán los siguientes premios:En la categoría de Servicios web y aplicaciones:a) Un primer premio por importe de 3.000 euros.b) Un segundo premio por importe de 1.500 euros.En la categoría de Estudios, investigaciones e ideas:a) Un primer premio por importe de 2.000 euros.b) Un segundo premio por importe de 1.000 euros.En la categoría de Propuestas de mejora de la calidad del Portal de Datos Abiertos:a) Un primer premio por importe de 3.000 euros.b) Un segundo premio por importe de 1.500 euros.En la categoría de Visualizaciones de datos:a) Un primer premio por importe de 2.000 euros.b) Un segundo premio por importe de 1.000 euros.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.La solicitud de participación en la convocatoria de los premios se formalizará a través del modelo que figura como “Solicitud de participación en los premios a la reutilización de los datos abiertos del Ayuntamiento de Madrid”, que se adjunta a la convocatoria, a la que se acompañará una memoria del proyecto.El plazo de presentación de solicitudes será de tres meses, contados desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley General de Subvenciones.Sexto. Otros datos.Cada persona física, entidad o agrupación podrá presentar uno o varios proyectos o iniciativas a una o varias de las categorías de premios, pero cada proyecto o iniciativa solo podrá resultar premiado en una categoría.Los proyectos o iniciativas deberán utilizar, al menos, un conjunto de datos publicado en el Portal de Datos Abiertos del Ayuntamiento de Madrid (https://datos.madrid.es), que se podrá usar de forma combinada con otros conjuntos de datos publicados en otras fuentes públicas o privadas, y de ámbito local, autonómico, nacional o internacional. Este conjunto o conjuntos de datos usados del portal del Ayuntamiento de Madrid, tendrá que ser parte importante o nuclear del proyecto y no una parte secundaria o auxiliar.Podrán concurrir a esta convocatoria proyectos cuya ejecución haya concluido en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes o candidaturas y cuya antigüedad no exceda de 3 años contados desde esa misma fecha.La solicitud, junto con la memoria y la documentación exigida, se dirigirán a la Dirección General de Transparencia y Calidad, y podrán presentarse en la forma en que se establece a continuación:a) Las personas jurídicas:Electrónicamente, accediendo a ¿nicala Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, https://sede.madrid.es. En este caso, se deberá utilizar alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.b) Las personas físicas podrán optar por alguno de los siguientes medios:1.º Electrónicamente, de la misma forma prevista para las personas jurídicas en el apartado anterior.2.º Presencialmente, en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la LPACAP.