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Plazo no verificadoBDNS 836214

2025 Subvencions entitats ambientals MA

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE TARRAGONA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TARRAGONA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 07:31 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES51 - CATALUÑA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Otras actuaciones de carácter económico

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
10/07/2025
Registro en BDNS
29/05/2025
Publicación en diario oficial
04/05/2025

Texto oficial de apertura: Des de el dia siguiente de la publicación de la convocatòria en el BOPT

Texto oficial de cierre:

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad con lo establecido en los artículos 17.3b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual se puede consultar en la “Base de Datos Nacional de Subvenciones” (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):DIPUTACIÓN DE TARRAGONA Área de Concertación y Asistencia MunicipalLa Junta de Gobierno de la Diputación de Tarragona en sesión de 27 de mayo de 2025, ha aprobado la siguiente convocatoria:Primero. Requisitos específicosPueden ser beneficiarios de esta línea las entidades sin ánimo de lucro, que tengan como objeto la realización del tipo de proyectos detallados como subvencionables en esta convocatoria y que actúen en los municipios del Camp de Tarragona, las Terres de l’Ebre y el Baix Penedès.No pueden ser beneficiarios las Asociaciones de Defensa Forestal (ADF), por estar subvencionadas en otra convocatoria de subvenciones de Diputación de Tarragona del ejercicio 2025.Los beneficiarios de las subvenciones deberán tramitar directamente o a través del ente al cual vinculen el proyecto o actuación (ayuntamiento o consejo comarcal o consorcio) los permisos necesarios ante los organismos correspondientes para llevar a cabo las actuaciones subvencionadas.Segundo. Objeto y finalidadEl objeto de la presente convocatoria anticipada es regular la concesión de las subvenciones para el desarrollo de proyectos de protección y mejora del medio ambiente en las comarcas del Camp de Tarragona, Terres de l’Ebre y Baix Penedès, por parte de entidades sin ánimo de lucro.Esta convocatoria consta de dos líneas de actuaciones subvencionables:• Línea 1: Ejecución de proyectos.• Línea 2: Redacción de proyectos ejecutivos.Esta convocatoria anticipada se integra en el Plan estratégico de subvenciones de la Diputación de Tarragona y de sus organismos autónomos, mandato 2023-2027 (año 2025), en el Eje 3 “Sostenibilidad, preservación del medio ambiente y transición ecológica”, Línea Estratégica 06 “Impulsar la sostenibilidad y la preservación del medio ambiente avanzando hacia la descarbonización”, ya que contribuye a alcanzar los objetivos de desarrollo de proyectos y mejora del medio ambiente.La finalidad de esta línea de subvenciones es dar apoyo a las entidades sin ánimo de lucro que actúen en los municipios del Camp de Tarragona, las Terres de l’Ebre y el Baix Penedès, con el fin de promover la conservación del patrimonio natural, la biodiversidad y la transición ecológica.Las actuaciones subvencionadas están alineadas con los Objetivos de Desarrollo Sostenible: objetivo número 1 (fin de la pobreza), objetivo número 3 (salud y bienestar), objetivo número 13 (acción climática), porque ayuda a adaptar el territorio a los riesgos relacionados con el clima y los desastres naturales, y con el objetivo número 15 (vida terrestre), porque promueve la gestión sostenible de los bosques.Tercero. Actuaciones subvencionablesA los efectos de esta convocatoria anticipada, las actuaciones susceptibles de financiación son:• Línea 1: Ejecución de proyectos.• Línea 2: Redacción de proyectos ejecutivos.Las actuaciones y/o proyectos de ambas líneas deberán estar enmarcados en lossiguientes ámbitos:• Educación, sensibilización y comunicación ambiental.• Conservación del patrimonio natural, de mejora de la preservación de la biodiversidad (flora, fauna, espacios naturales, especies exóticas invasoras, zonas húmedas, ambientes de ribera, bosques, ...).• Medio marino.• Gestión forestal sostenible.• Cambio climático.• Custodia del territorio.• Transición energética.• Buenas prácticas agrarias.Gastos subvencionables para las líneas 1 y 2:• El coste de contratación del personal directamente relacionado con la actuación subvencionada. El coste de contratación del personal asociado a la dirección/coordinación técnica no podrá ser superior al 5% del importe total del presupuesto elegible del proyecto. • Materiales y materias primas necesarios para ejecutar el proyecto subvencionado, que no supongan inversión. El gasto en combustible, directamente relacionado con la actuación, es subvencionable con un máximo de un 5% del presupuesto elegible del proyecto. • Alquiler de maquinaria asociada a la ejecución del proyecto.Gastos no subvencionables para las líneas 1 y 2:• Gastos de funcionamiento básico y administración ordinaria de la entidad. • Gastos de inversión. • Los proyectos centrados en parques y jardines urbanos ya sean públicos o privados, espacios verdes y otros espacios de tipología natural pero clasificados como suelo urbano o urbanizable. • Gastos relacionados con seguros o similares de los bienes tangibles a emplear (vehículos, u otros).• Gastos de amortización de vehículos y maquinaria necesarios para la realización de los trabajos subvencionados. • Gastos de avituallamiento en la organización de actividades.• Gastos de transporte de participantes en las acciones. • Dietas del personal propio de la entidad beneficiaria y del voluntariado. • Gastos financieros.Cuarto. Bases generales de subvenciones de la Diputación de Tarragona y de sus organismos autónomosPor acuerdo del Pleno de la Diputación de Tarragona, de fecha 21 de diciembre de 2018, se aprobó inicialmente las Bases generales de subvenciones de la Diputación de Tarragona y de sus organismos autónomos, las cuales se han convertido definitivas y se ha publicado el texto íntegro, en el Boletín Oficial de la provincia de Tarragona, en fecha 27 de febrero de 2019.Quinto. Crédito presupuestario y cuantía total máximaCrédito presupuestario al cual se imputan las subvenciones:Aplicación presupuestaria: 2026-1200-172-48002La cuantía total máxima estimada de las subvenciones convocadas es de 700.000,00 euros con la siguiente dotación máxima para cada línea:Línea 1: 650.000,00 eurosLínea 2: 50.000,00 eurosEstos importes pueden ser ampliados y/o redistribuidos antes de la concesión de la subvención, previa modificación de crédito, si procede, y previo acuerdo de ampliación y/o de redistribución de la cuantía máxima a subvencionar de acuerdo con las solicitudes y las disponibilidades presupuestarias.El importe del gasto correspondiente a la anualidad 2026 queda supeditado a la aprobación del presupuesto y a la adecuada consignación presupuestaria que autorice y apruebe la Diputación de Tarragona.La concesión de las subvenciones de esta convocatoria anticipada queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio en que se reconozca la obligación.Sexto. Financiación de la actuaciónEl porcentaje máximo de financiación, de las actuaciones subvencionables descritas, por beneficiario es del 100% del presupuesto elegible.En todo caso, la cantidad de la subvención no puede exceder de:Línea 1: 22.000 euros Línea 2: 10.000 eurosLos porcentajes y límites anteriores fijan la cuantía máxima de la subvención. No obstante, la subvención concedida se debe determinar en función de las solicitudes presentadas, los criterios de valoración a aplicar y la disponibilidad presupuestaria.El presupuesto elegible para obtener la totalidad de la subvención concedida se determina en el acuerdo de concesión.El importe sobre el valor añadido (IVA) es subvencionable si el beneficiario no se lo puede deducir. Este dato debe hacerse constar en la solicitud de subvención.Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes El plazo para presentar solicitudes electrónicamente es desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOPT y hasta el 10 de julio de 2025.Octavo. Forma de presentación de solicitudesLa solicitud de subvención debe presentarse electrónicamente mediante el trámite específico disponible en la Sede electrónica de la Diputación de Tarragona (https://seuelectronica.dipta.cat).La solicitud de subvención debe firmarse con un certificado electrónico de representante de persona jurídica.En el momento de realizar el trámite, el solicitante puede no oponerse a que la Diputación pueda consultar por servicios de intermediación de datos públicos los estatutos vigentes y el documento acreditativo de su inscripción en el registro público, así como del NIF.Por otro lado, si se ha presentado en anteriores convocatorias de la Diputación, en los últimos cinco años, y ha presentado los estatutos, el documento acreditativo de su inscripción en el registro público y el NIF y, esta documentación está vigente, la entidad puede no oponerse a que la Diputación consulte esta documentación.

Bases y documentación

Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 16/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 16/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación de Tarragona, 27 de mayo de 2025, de convocatoria anticipada del procedimiento para la concesión, en régimen de competencia competitiva, de las subvenciones para entidades sin ánimo de lucro por el desarrollo de proyectos de protección y mejora del medio ambiente.Publicado 04/05/2025Bases generales de subvenciones de la Diputació de Tarragona y de sus Organismos Autónomos