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Plazo no verificadoBDNS 836675

FEADER.AYUDA AGRIC Y GANAD ECOLOGICA.PEPAC.PROG 2025-29 Y ANUAL

AUTONOMICA · COMUNIDAD DE MADRID · CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 02:43 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAGRAN EMPRESA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES3 - COMUNIDAD DE MADRID

Finalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
02/06/2025
Publicación en diario oficial
09/06/2025

Texto oficial de apertura: AL DIA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN EL B.O.C.M.

Texto oficial de cierre: UN MES DESDE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN EL B.O.C.M.

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Extracto publicado

BDNS (836675):De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias).PrimeroAmpliación del créditoPara el cumplimiento de la finalidad establecida en la convocatoria de la Orden 2086/2025,de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior por la que se procede a laapertura y convocatoria de participación en el programa agroambiental 2025-2029 de ayudasa la adopción y mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganaderíaecológica, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), porla Administración General del Estado y por la Comunidad de Madrid y la solicitud de pagode la primera anualidad de dicho programa agroambiental correspondiente al 2025, se amplíaen 750.000 euros el crédito presupuestario del programa agroambiental 2025-2029, de maneraque la cuantía final del presupuesto de la convocatoria es de 1.500.000 euros, con cargo ala Partida 77306 del Programa de Gastos 411A de los Presupuestos Generales de la Comunidadde Madrid, con la siguiente distribución:Primera (2025): 300.000 €Segunda (2026): 300.000 €Tercera (2027): 300.000 €Cuarta (2028): 300.000 €Quinta (2029): 300.000 €La publicación de esta Orden no implicará la apertura de un nuevo plazo para presentaciónde nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver y se hace concarácter previo a la concesión de las ayudas con cargo al crédito ampliado.SegundoRecursos administrativosContra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponerrecurso potestativo de reposición ante el Consejero de Medio Ambiente, Agricultura eInterior en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de lamisma en forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o, directamenterecurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de loContencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sin perjuicio decuantos otros estime oportuno deducir.

BDNS (código de identificación):De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias).PrimeroBeneficiariosLos agricultores y/o ganaderos titulares de explotaciones agrarias o grupos deagricultores y/o ganaderos u otros beneficiarios que se comprometan por un período decinco años, salvo causa de fuerza mayor, a cumplir con los requisitos y compromisosexigidos.SegundoObjetoPromover la conversión de tierras agrarias, ubicadas en la Comunidad de Madrid, al sistemade producción ecológica, y su mantenimiento en dicho sistema de agricultura o ganaderíaecológica.TerceroBases reguladorasLa presente convocatoria se regula por la Orden 716/2024, de la Consejería de MedioAmbiente, Agricultura e Interior por la que se establecen las bases reguladoras de lasayudas a la adopción y mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganaderíaecológica, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y laAdministración General del Estado en el marco del Plan Estratégico de la Política AgrariaComún para el período 2023-2027 y se aprueba la convocatoria para el año 2024.CuartoCuantía y financiación de las ayudasPara el cumplimiento de las actuaciones a que se hace referencia en esta convocatoria, seasignarán créditos presupuestarios de los Presupuestos Generales de la Comunidad deMadrid, con cargo a la partida 77306 del Programa de gastos 411 A, con el siguientedesglose anual:Primera (2025): 150.000 €Segunda (2026): 150.000 €Tercera (2027): 150.000 €Cuarta (2028): 150.000 €Quinta (2029): 150.000 €En caso de que el importe de las solicitudes con derecho al pago sea superior al créditoinicialmente aprobado, la cuantía total máxima fijada inicialmente en esta convocatoriapodrá ser ampliada dentro de los créditos disponibles, sin necesidad de una nuevaconvocatoria, de conformidad con lo previsto en el artículo 62.3 del Real Decreto-ley36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernizaciónde la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformacióny Resiliencia.Si con dicha ampliación de la cuantía total máxima fijada inicialmente no fuerasuficiente, se podrá aplicar un coeficiente de hasta 0,80 tal y como se recoge en elartículo 7 de las bases reguladoras.Estas ayudas serán financiadas por el FEADER, por el Ministerio de Agricultura, Pesca yAlimentación y por la Comunidad de Madrid, según lo dispuesto en el Plan Estratégico de laPAC para el periodo 2023-2027 correspondiendo la participación en el gasto público de losdiferentes fondos cofinanciadores a los siguientes porcentajes: 35% FEADER, 20%Administración General del Estado (AGE) y 45% Comunidad de Madrid. En caso de modificacióndel PEPAC, serán los porcentajes publicados en la última versión aprobada.QuintoPlazo de presentación de solicitudesUn mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria enforma de extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 18/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexos 2426FI_25_Anexo IIPublicado 18/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos Orden 4215/2025 modificación convocatoria 2025Publicado 18/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos Orden 3752/2025 de ampliación de créditoPublicado 18/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexos 2426FA1_25Publicado 18/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexos 2426FI_25 Anexo_IIIPublicado 18/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSModelo de Solicitud Formulario 2426F1_25Publicado 18/11/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Orden 3752/2025 de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la se amplía la cuantía del crédito presupuestario consignado en la Orden 2086/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior por la que se procede a la apertura y convocatoria de participación en el programa agroambiental 2025-2029 de ayudas a la adopción y mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológicaPublicado 25/11/2025EXTRACTO de la Orden 2086/2025 de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la se procede a la apertura y convocatoria de participación en el programa agroambiental 2025-2029 de ayudas a la adopción y mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica, cofinanciadas por el FEADER y la AGE en el marco del PEPAC para el período 2023-2027, y la solicitud de pago de la primera anualidad de dicho programa agroambiental correspondiente al año 2025.Publicado 09/06/2025ORDEN 716/2024, DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS A LA ADOPCIÓN Y MANTENIMIENTO DE PRÁCTICAS Y MÉTODOS DE AGRICULTURA O GANADERÍA ECOLÓGICA