Subvenciones a la rehabilitación de actuaciones incluidas en el programa de ayuda a las actuaciones a nivel de BARRIO del PRTR, financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU en el Entorno Residencial de Rehabilitación Programada de Combarro en Poio.
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES114 - Pontevedra
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Acceso a la vivienda y fomento de la edificación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
02/06/2025
Publicación en diario oficial
05/06/2025
Texto oficial de apertura: desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOPP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.Primero. Beneficiarios:Los propietarios de edificios de viviendas o de viviendas unifamiliares, las comunidades de propietarios de edificios de viviendas en régimen de propiedad horizontal, las sociedades cooperativas, las empresas arrendatarias o concesionarias del edificio, y las personas físicas o jurídicas que posean un derecho real sobre el inmueble que les permita acometer las actuaciones, o los inquilinos autorizados por el propietario.Segundo. Objeto:Convocar la segunda convocatoria del Programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del ERRP declarado en Poio, previsto en el Real decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación e Resiliencia (Boletín Oficial del Estado núm. 239, del 6 de octubre de 2021) con la finalidad de financiar obras o actuaciones en que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética, con especial atención a la envolvente edificatoria en los edificios de tipología residencial colectiva, incluyendo sus viviendas, y en las viviendas unifamiliares, del acuerdo firmado el 11.05.2023 entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Xunta de Galicia y el Concello de Poio.Tercero. Bases reguladoras:Las bases reguladoras están publicadas en el BOP de Pontevedra nº 219, de fecha 14 de noviembre de 2023 y en la página web y portal de transparencia del Ayuntamiento de Poio (https://concellopoio.sedelectronica.gal/transparency).Cuarto. Cuantía:La cuantía máxima de las ayudas se determinará atendiendo al coste subvencionable e al porcentaje de ahorro en consumo de energía primaria no renovable conseguido mediante la actuación, que siempre deberá ser como mínimo del 30%.La cuantía base podrá llegar hasta el 80% del coste subvencionable, con una cuantía máxima de 21.400 euros por vivienda en caso de que el ahorro conseguido sea mayor o igual al 60%.En los casos en los que sea necesario proceder a la retirada de elementos con amianto, podrá incrementarse la cuantía máxima de la ayuda hasta un máximo de 1.000 euros por vivienda o 12.000 euros por edificio objeto de rehabilitación, lo que resulte superior.Las viviendas consideradas con vulnerabilidad económica podrán obtener una ayuda adicional en función de los ingresos de la unidad de convivencia residente en ellas, que deberán ser como máximo inferiores a 2,6 veces el IPREM.La cuantía de la ayuda adicional podrá llegar hasta el 100% del coste subvencionable, con un máximo de 26.750 euros en viviendas colectivas y 29.425 en viviendas unifamiliares, en caso de ingresos de la unidad familiar iguales a 2,1 veces el IPREM.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:Se abre el plazo para presentar solicitudes oficiales al día siguiente a la publicación del presente extracto en el BOP de Pontevedra por conducto de la BDNS y hasta el agotamiento de la financiación o número de actuaciones disponibles o hasta la vigencia del acuerdo nº30.Sexto. Concesión de subvenciones:La concesión de subvenciones será por concurrencia no competitiva, después de la comprobación del cumplimento de los requisitos establecidos en las bases y siempre que se disponga de crédito presupuestario suficiente. La selección de beneficiarios será por riguroso orden de presentación de la solicitud y de toda la documentación completa a la que se refiere la Base 3 mediante los impresos normalizados.