CerradaBDNS 836878
Resolución de 2 de junio de 2025, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2025 las subvenciones destinadas al programa de empleo con apoyo en empresas del mercado ordinario de tra
AUTONOMICA · COMUNITAT VALENCIANA · DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Y FORMACIÓN
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 02:48 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 06/06/2025
- Fin de solicitudes
- 15/07/2025
- Registro en BDNS
- 02/06/2025
- Publicación en diario oficial
- 05/06/2025
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Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de subvenciones: http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans.
Primero. Entidades Beneficiarias.
1. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones:
a) las entidades locales de la Comunitat Valenciana o las entidades sujetas a derecho público dependientes o vinculadas a éstas que vinieran ejerciendo competencias en materia de Empleo.
b) las entidades sin ánimo de lucro con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana, en cuyos estatutos figure expresamente el desarrollo de programas de empleo con apoyo dirigidos a la inserción laboral de las personas con discapacidad.
2. En todo caso, las entidades a que hace referencia el apartado 1 deberán acreditar una experiencia de al menos 2 años en el desarrollo de proyectos de empleo con apoyo dirigidos a personas con discapacidad en empresas del mercado ordinario de trabajo.
Segundo. Objeto
Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones destinadas a fomentar los proyectos de empleo con apoyo en empresas del mercado ordinario de trabajo en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
Tercero. Bases reguladoras
Orden 21/2016, de 20 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al programa de empleo con apoyo en empresas del mercado ordinario de trabajo (DOGV 25.10.2016), modificada por la Orden 14/2018, de 20 de septiembre de 2018 (DOGV 24.09.2018)
Cuarto. Cuantía.
1. Las subvenciones se financiarán por un importe global máximo de 600.000 euros, fondos procedentes del Servicio Público de Empleo Estatal, pudiendo incrementarse si concurre alguno de los supuestos previstos en el artículo 11.2 del Decreto 77/2019, de 7 de junio, del Consell, de regulación del procedimiento de gestión del presupuesto de la Generalitat. En todo caso, dicho incremento queda condicionado a la declaración de disponibilidad del crédito, que deberá ser publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
2. El importe de la subvención se calculará en función del periodo en que se efectúe el apoyo, a contar desde el inicio del desempeño del puesto de trabajo por la persona atendida:
a) Durante los 6 primeros meses: 500 euros mensuales por persona atendida.
b) Entre los meses 7 a 12: 400 euros mensuales por persona atendida.
c) Entre los meses 13 a 18: 200 euros mensuales por persona atendida.
d) Entre los meses 19 a 24: 75 euros mensuales por persona atendida.
En los contratos fijos discontinuos, para el cálculo de este periodo, se tendrá en cuenta únicamente el tiempo efectivo de trabajo.
3. En uso de la habilitación competencial establecida en la disposición final primera de la Orden 21/2016, se actualiza el importe máximo que se subvencionará por preparador laboral, no pudiendo exceder éste, en cómputo anual, de 38.000 euros.
4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Orden 21/2016, de 20 de octubre, el importe de la subvención no podrá superar los 150.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes se iniciará a las 10 horas del día siguiente al de la publicación del extracto de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y finalizará el 15 de julio de 2025.
Primero. Entidades Beneficiarias.
1. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones:
a) las entidades locales de la Comunitat Valenciana o las entidades sujetas a derecho público dependientes o vinculadas a éstas que vinieran ejerciendo competencias en materia de Empleo.
b) las entidades sin ánimo de lucro con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana, en cuyos estatutos figure expresamente el desarrollo de programas de empleo con apoyo dirigidos a la inserción laboral de las personas con discapacidad.
2. En todo caso, las entidades a que hace referencia el apartado 1 deberán acreditar una experiencia de al menos 2 años en el desarrollo de proyectos de empleo con apoyo dirigidos a personas con discapacidad en empresas del mercado ordinario de trabajo.
Segundo. Objeto
Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones destinadas a fomentar los proyectos de empleo con apoyo en empresas del mercado ordinario de trabajo en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
Tercero. Bases reguladoras
Orden 21/2016, de 20 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al programa de empleo con apoyo en empresas del mercado ordinario de trabajo (DOGV 25.10.2016), modificada por la Orden 14/2018, de 20 de septiembre de 2018 (DOGV 24.09.2018)
Cuarto. Cuantía.
1. Las subvenciones se financiarán por un importe global máximo de 600.000 euros, fondos procedentes del Servicio Público de Empleo Estatal, pudiendo incrementarse si concurre alguno de los supuestos previstos en el artículo 11.2 del Decreto 77/2019, de 7 de junio, del Consell, de regulación del procedimiento de gestión del presupuesto de la Generalitat. En todo caso, dicho incremento queda condicionado a la declaración de disponibilidad del crédito, que deberá ser publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
2. El importe de la subvención se calculará en función del periodo en que se efectúe el apoyo, a contar desde el inicio del desempeño del puesto de trabajo por la persona atendida:
a) Durante los 6 primeros meses: 500 euros mensuales por persona atendida.
b) Entre los meses 7 a 12: 400 euros mensuales por persona atendida.
c) Entre los meses 13 a 18: 200 euros mensuales por persona atendida.
d) Entre los meses 19 a 24: 75 euros mensuales por persona atendida.
En los contratos fijos discontinuos, para el cálculo de este periodo, se tendrá en cuenta únicamente el tiempo efectivo de trabajo.
3. En uso de la habilitación competencial establecida en la disposición final primera de la Orden 21/2016, se actualiza el importe máximo que se subvencionará por preparador laboral, no pudiendo exceder éste, en cómputo anual, de 38.000 euros.
4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Orden 21/2016, de 20 de octubre, el importe de la subvención no podrá superar los 150.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes se iniciará a las 10 horas del día siguiente al de la publicación del extracto de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y finalizará el 15 de julio de 2025.
Bases y documentación
Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 05/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto firmadoPublicado 05/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 05/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución de 2 de junio de 2025, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2025 las subvenciones destinadas al programa de empleo con apoyo en empresas del mercado ordinario de trabajoPublicado 05/06/2025ORDEN 21/2016, de 20 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al programa de empleo con apoyo en empresas del mercado ordiInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.