Plazo no verificadoBDNS 837094
Concurso público para la concesión de subvenciones para gastos de inversión de asociaciones vecinales de Ourense correspondientes al ejercicio 2025
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE OURENSE · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE OURENSE
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 02:52 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES113 - Ourense
Finalidad
Otras Prestaciones económicas
Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
- Inicio de solicitudes
- 04/06/2025
- Fin de solicitudes
- 15/07/2025
- Registro en BDNS
- 03/06/2025
- Publicación en diario oficial
- 09/06/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria del concurso público para la concesión de subvenciones para gastos de inversión de asociaciones vecinales de Ourense correspondientes al ejercicio 2025 cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las asociaciones vecinales que reúnan los siguientes requisitos en la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de la convocatoria regulada en estas bases:
a) Estar inscritas en el Registro Provincial de Asociaciones de Ourense, dependiente de la Xunta de Galicia.
b) Tener su domicilio social en la provincia de Ourense, circunstancia que deberá constar en la inscripción en el registro de la Xunta de Galicia.
2. A los efectos de estas bases, se considerarán asociaciones vecinales las asociaciones cuyos fines sean la defensa, en general, de los derechos e intereses de los vecinos de un determinado ámbito territorial.
Segundo. Objeto:
El objeto de estas bases es la regulación de la tramitación y concesión, mediante convocatoria pública y a través del procedimiento de concurrencia competitiva, de subvenciones a las asociaciones vecinales de Ourense, para realizar inversiones, tanto para la adquisición de inmuebles y equipamiento cómo para realizar pequeñas obras en inmuebles de su titularidad o de los que le corresponda un derecho de uso.
Tercero. Bases reguladoras:
Acuerdo de la Junta de Gobierno de 2 de junio de 2025 por el que se establecen las bases reguladoras de la convocatoria del concurso para la concesión de subvenciones para gastos de inversiones de asociaciones vecinales de Ourense, correspondientes al ejercicio 2025.
Cuarto. Importe:
La financiación de las subvenciones reguladas en esta convocatoria se realizará con cargo a la aplicación 92412/78900 de los presupuestos de la Diputación Provincial de Ourense para el ejercicio 2025.
La cuantía máxima disponible para la concesión de estas subvenciones es de 100.000,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
improrrogable de presentación se iniciará a partir de la publicación, por la Base de datos Nacional de Subvenciones, del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), y finalizará el 15 de julio de 2025, siendo este el último día en el que podrán presentarse válidamente las solicitudes.
Sexto. Plazo de justificación:
La justificación deberá realizarse ante la Diputación antes de 31 de octubre de 2025. El dicho plazo tendrá cómo regla general carácter improrrogable, excepto causa de fuerza mayor debidamente acreditada por la entidad interesada, que en todo caso deberá solicitar la oportuna prórroga antes de 31 de octubre de 2025. En ningún caso se podrán conceder prórrogas por un período superior a un mes y medio.
Primero. Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las asociaciones vecinales que reúnan los siguientes requisitos en la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de la convocatoria regulada en estas bases:
a) Estar inscritas en el Registro Provincial de Asociaciones de Ourense, dependiente de la Xunta de Galicia.
b) Tener su domicilio social en la provincia de Ourense, circunstancia que deberá constar en la inscripción en el registro de la Xunta de Galicia.
2. A los efectos de estas bases, se considerarán asociaciones vecinales las asociaciones cuyos fines sean la defensa, en general, de los derechos e intereses de los vecinos de un determinado ámbito territorial.
Segundo. Objeto:
El objeto de estas bases es la regulación de la tramitación y concesión, mediante convocatoria pública y a través del procedimiento de concurrencia competitiva, de subvenciones a las asociaciones vecinales de Ourense, para realizar inversiones, tanto para la adquisición de inmuebles y equipamiento cómo para realizar pequeñas obras en inmuebles de su titularidad o de los que le corresponda un derecho de uso.
Tercero. Bases reguladoras:
Acuerdo de la Junta de Gobierno de 2 de junio de 2025 por el que se establecen las bases reguladoras de la convocatoria del concurso para la concesión de subvenciones para gastos de inversiones de asociaciones vecinales de Ourense, correspondientes al ejercicio 2025.
Cuarto. Importe:
La financiación de las subvenciones reguladas en esta convocatoria se realizará con cargo a la aplicación 92412/78900 de los presupuestos de la Diputación Provincial de Ourense para el ejercicio 2025.
La cuantía máxima disponible para la concesión de estas subvenciones es de 100.000,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
improrrogable de presentación se iniciará a partir de la publicación, por la Base de datos Nacional de Subvenciones, del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), y finalizará el 15 de julio de 2025, siendo este el último día en el que podrán presentarse válidamente las solicitudes.
Sexto. Plazo de justificación:
La justificación deberá realizarse ante la Diputación antes de 31 de octubre de 2025. El dicho plazo tendrá cómo regla general carácter improrrogable, excepto causa de fuerza mayor debidamente acreditada por la entidad interesada, que en todo caso deberá solicitar la oportuna prórroga antes de 31 de octubre de 2025. En ningún caso se podrán conceder prórrogas por un período superior a un mes y medio.
Bases y documentación
Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 03/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 03/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSConcurso público para la concesión de subvenciones para gastos de inversión de asociaciones vecinales de Ourense correspondientes al ejercicio 2025Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.