Plazo no verificadoBDNS 837175
BASES REGULADORAS DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE FOMENTO DE EMPLEO DIRIGIDO A EMPRENDEDORES - 2025
LOCAL · CASPE · AYUNTAMIENTO DE CASPE
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 02:54 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES243 - Zaragoza
Finalidad
Desempleo
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 30/09/2025
- Registro en BDNS
- 03/06/2025
- Publicación en diario oficial
- 06/06/2025
Texto oficial de apertura: Al día siguiente al de su publicación en el BOPZ
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
1.- OBJETO. El objeto de esta convocatoria es favorecer la generación de empleo basándose en el Plan Estratégico de subvenciones del Ayuntamiento de Caspe para el periodo 2024-2026 publicado en el BOPZ el 4 de marzo de 2024, en el apartado de FOMENTO ECONÓMICO Y SOCIAL para favorecer el desarrollo sostenible, el crecimiento, la promoción del comercio, el fomento de los intereses económicos y sociales de la ciudad y del pleno empleo, así como favorecer la generación de empleo y autoempleo a través de la promoción del establecimiento del trabajador por cuenta propia, mediante la concesión de subvenciones por la creación de actividad empresarial independiente, entre otros. Las ayudas sólo se concederán para la creación de empleo en centros de trabajo domiciliados y ubicados en el municipio de Caspe. Se establecen dos líneas de subvenciones, que pueden solicitarse en conjunto o separadamente y que responden a:Gastos de inversión en inmovilizado material e inmovilizado intangible y gastos de primer establecimiento.Contratación de uno o varios trabajadores. 2.- BENEFICIARIOS DE LA AYUDA. Podrán acogerse a esta convocatoria aquellas personas físicas o jurídicas que inicien una nueva actividad empresarial, desde el día 1 de octubre de 2024 hasta el día 30 de septiembre de 2025. Solo se considerarán subvencionables las empresas de nueva creación social y económica. Quedan expresamente excluidas las transformaciones jurídicas de empresas preexistentes, las ampliaciones de actividad, así como las operaciones que constituyan mera continuidad empresarial. Los beneficiarios deberán cumplir, entre otros, los siguientes requisitos: Nueva alta del promotor de la actividad en el régimen especial de trabajadores autónomos, en el régimen especial por cuenta propia que corresponda o mutualidad del colegio profesional en la Comunidad Autónoma de Aragón. Dicha fecha se considerará como inicio de la actividad. No se entenderá como nueva alta si el solicitante ha estado de alta en el régimen especial de autónomos durante los últimos 3 meses. Se acreditará presentando la Vida laboral.Nueva alta en la seguridad social en el régimen que corresponda a un trabajador vinculado a la nueva actividad.Estar empadronado en el municipio de Caspe (el certificado debe haber sido emitido dentro del año 2025), y que hubieran solicitado licencia de apertura de un local o declaración responsable de actividad en el municipio de Caspe.Darse de alta en el censo de actividades económicas.Haber realizado una inversión en inmovilizado material o inmovilizado intangible igual o superior a 2.000 € (IVA excluido) durante el periodo fijado en el artículo 2 de estas bases reguladoras de concesión de subvenciones de fomento de empleo dirigido a emprendedores 2025.No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas que hayan solicitado de forma reiterada esta ayuda municipal o hayan demostrado falta de aprovechamiento de ayudas en convocatorias anterioresNo podrán obtener la condición de beneficiario las personas jurídicas cuyos socios hayan ejercido por cuenta propia la actividad económica objeto de la solicitud, ya sea de forma individual o en forma societaria, en los últimos dos años antes de la fecha de puesta en marcha de la actividad solicitada, dentro del término municipal de CaspeNo podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades en quienes concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 la Ley 38/2003, General de Subvenciones. Obligaciones de los beneficiarios: Realización de la actividad. Los beneficiarios deberán realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención ajustada a la solicitud que la motivó y acreditarla debidamente ante el Ayuntamiento de Caspe, así como el cumplimiento de las condiciones y requisitos que determinan la concesión y disfrute de la misma. Mantenimiento de la actividad. Estará obligado a mantener su actividad empresarial durante al menos un año, debiendo comunicar por escrito, en el caso de darse de baja con anterioridad, esta circunstancia a lo largo de los dos meses posteriores a dicha baja. En caso de incumplimiento el beneficiario vendrá obligado a reintegrar las ayudas percibidas conforme a lo previsto en la Ley 38/2003, General de Subvenciones.El solicitante deberá justificar el mantenimiento de la actividad durante al menos un año acreditando este extremo mediante certificado emitido por la Agencia Tributaria, ante el Registro General de las Oficinas del Ayuntamiento.Actuaciones de control. Los beneficiarios deberán someterse a las actuaciones de comprobación por parte de los Servicios Técnicos Municipales. 3. PRESUPUESTO El crédito presupuestario destinado a la presente convocatoria es de 35.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria “2410.4700000 Subvenciones para fomento del empleo”, recogida en el Presupuesto municipal del ejercicio 2024 que se halla prorrogado para el ejercicio 2025. 4. PLAZO El plazo de presentación de solicitudes de ayudas al fomento del empleo 2025 comenzará a partir del día siguiente a la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza, y finalizará el 30 de septiembre de 2025.El plazo de la justificación de las ayudas concedidas expira el 15 de abril de 2026, y tendrá carácter improrrogable. La convocatoria y las Bases reguladoras se publicarán en la Base Nacional de Subvenciones, en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza, en el tablón municipal de anuncios y en la página web de este Ayuntamiento.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 03/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSBASES REGULADORAS DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE FOMENTO DE EMPLEO DIRIGIDO A EMPRENDEDORES - 2025Publicado 06/06/2025Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.