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Plazo no verificadoBDNS 837201

CONVOCATORIA DE DE SUBVENCIONES 2025, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, A ASOCIACIONES PARA LA ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN MATERIA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA.

LOCAL · ALCALÁ LA REAL · AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ LA REAL

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 02:54 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES616 - Jaén

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
03/06/2025
Publicación en diario oficial
06/06/2025

Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente al de la publicación del extracto de convocatoria en el BOP de Jaén

Texto oficial de cierre: 15 días hábiles

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

PRIMERO.- BeneficiariosCon carácter general podrán solicitar estas subvenciones las Asociaciones de Participación de Ciudadana sin ánimo de lucro, debidamente constituidas o en trámite de hacerlo e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de Alcalá la Real.Las asociaciones que quieran optar a esta convocatoria deberán cumplir los siguientes requisitos: a. Ser entidades legalmente constituidas o estar en trámite y carecer de ánimo de lucro.b. Estar debidamente inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones.c. Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Alcalá la Real, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.d. No tener pendiente de reintegro o justificación, fuera de los plazos establecidos, otras subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Alcalá la Real.e. No estar incurso en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de colectivo beneficiario de subvenciones públicas señaladas en el art.13 de la LGS.f. Asociación o colectivo que presente un proyecto en materia de participación ciudadana.SEGUNDO.- FinalidadFomentar la participación ciudadana en el término municipal de Alcalá la Real, así como facilitar y favorecer la igualdad entre hombres y mujeres. Serán subvencionables los proyectos y actividades de participación ciudadana vinculadas con algunas de las siguientes materias:Proyectos o actividades de carácter formativo y/o divulgativo.Proyectos o actividades que fomenten hábitos saludables.Proyectos que propicien espacios abiertos al debate, intercambio de ideas y elaboración de propuestas.Proyectos y actividades que fomenten el desarrollo personal.Proyectos o actividades tradicionales reconocidas a través de varios años en el barrio y con repercusión en la localidad.Actividades de dinamización de la participación en la vida social y publica de Alcalá la Real.Proyectos que promuevan la igualdad entre hombres y mujeres.Quedan excluidos aquellos proyectos/actividades que de manera directa o indirecta ya sean o hayan sido financiados, en su totalidad o en parte, por otras concejalías, mediante cualquier otro concepto presupuestario de este AyuntamientoTERCERO.- Bases reguladorasLas bases aplicables a la presente convocatoria aparecen en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcalá la Real https://alcalalareal.sedelectronica.es/, en su página web https://alcalalareal.es/ y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).CUARTO.- CuantíaLa asignación presupuestaria para las ayudas reguladas en las presentes bases será de un importe global máximo de 14.000 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 924 48900QUINTO.- Plazo y lugar de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes y documentación será de 15 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. La presentación de las solicitudes fuera de plazo constituirá causa de exclusión del procedimiento de concesión de subvenciones.La participación en la presente convocatoria deberá tramitarse a través de la sede electrónica de la página web del Ayuntamiento de Alcalá la Real https://alcalalareal.sedelectronica.es/ rellenando el formulario electrónico normalizado que será firmado electrónicamente, por la persona representante legal de la entidad, con el certificado digital personal (IdCat, DNIe, etc.) y que irá acompañado de la documentación exigida en artículo 7.Se presentará una única solicitud por cada Asociación o Entidad solicitante.La presentación de la solicitud de subvención presupone el conocimiento y la aceptación de las normas que la regulan.Lo que se hace público para general conocimiento,

Bases y documentación

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