Plazo no verificadoBDNS 837471
Subvenciones para la realización de actuaciones de fomento del emprendimiento año 2025
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE TARRAGONA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TARRAGONA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 03:00 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES51 - CATALUÑA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 31/07/2025
- Registro en BDNS
- 04/06/2025
- Publicación en diario oficial
- 10/06/2025
Texto oficial de apertura: Al dia siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOPT
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
En conformidad con lo establecido en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):DIPUTACIÓN DE TARRAGONAÁrea de Personas y TalentoUnidad de Gestión Económica y NóminaPrimero. - Entidades beneficiariasPueden ser entidades beneficiarias de estas subvenciones las fundaciones privadas, las asociaciones privadas y las cámaras de comercio que tengan por objetivo impulsar o promover el desarrollo económico realizado en el Camp de Tarragona, les Terres de l'Ebre y el Baix Penedès, a través de actividades de fomento del emprendimiento y de apoyo a la empresa, de acuerdo con sus estatutos.No pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas, las empresas públicas o privadas, las administraciones públicas y los entes dependientes de las mismas, cualquiera que sea su naturaleza jurídica o su forma, los organismos públicos de base asociativa (consorcios, mancomunidades, etc.), las universidades o las entidades de que dependan de ellas, las escuelas de negocio, los colegios profesionales, las cooperativas y los gremios.Segundo. - FinalidadEl objeto de esta convocatoria es regular la concesión de subvenciones destinadas a financiar aquellas actuaciones de fomento del emprendimiento que contribuyan a impulsar el desarrollo económico realizado en las comarcas del Camp de Tarragona, les Terres de l'Ebre y el Baix Penedès.La Diputación de Tarragona tiene como misión contribuir al desarrollo equilibrado del territorio, y esta misión la realiza mediante actuaciones propias, así como dando apoyo a los agentes sociales y económicos del territorio.Tercero. - Actividades y gastos subvencionablesActividades subvencionables:• Actividades que contribuyan a impulsar el desarrollo económico, mediante el fomento del emprendimiento y el apoyo a la empresa (cursos de formación, sesiones de asesoramiento y orientación, jornadas informativas, realización y presentación de estudios o boletines, ferias, networkings, acceso a la financiación y cualquier otra actuación que contribuya al objetivo indicado) realizadas en el Camp de Tarragona, les Terres de l'Ebre y el Baix Penedès.Actividades no subvencionables:• Actividades que tengan carácter únicamente lúdico o festivo.Gastos subvencionables:• Contratación de servicios externos para la realización de actividades formativas o cualquier otra actuación que tenga por objetivo impulsar el desarrollo económico, mediante el fomento del emprendimiento y el apoyo a la empresa.• Alquiler de espacios.• Gastos de material no inventariable.• Gastos de personal relacionados directamente con la actuación financiada. No se aceptarán gastos de personal relacionados con tareas de funcionamiento propio de la entidad, como las establecidas en el apartado posterior.Gastos no subvencionables:• Gastos gastronómicos; comidas, bebidas, aperitivos, etc.• Gastos de funcionamiento: gestoría, cuotas de afiliaciones, teléfono, programas informáticos, agua, limpieza, luz, gas, telecomunicaciones, internet y cualquier otro tipo de suministro, ya sea mediante contrato de servicios o gastos de personal directo.• Gastos de desplazamiento y dietas.• Gastos de material inventariable.• Adquisición de mobiliario, equipos, vehículos, infraestructuras, bienes inmuebles, terrenos y cualquier tipo de bien inventariable.• El IVA deducible de conformidad con el artículo 31.8 de la Ley General de Subvenciones.Cuarto. - Crédito presupuestario y cuantía total máxima Aplicación presupuestaria 8040/241/48000 del presupuesto del ejercicio 2026. La concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio en que se reconozca la obligación.La cuantía total máxima de las subvenciones convocadas tiene carácter estimado y es de 350.000 €.Este importe máximo podrá ser ampliado de acuerdo con las solicitudes recibidas y las disponibilidades presupuestarias.Quinto. - Importe a concederLa cuantía de la subvención es la que resulta de la valoración y ponderación de las peticiones de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la convocatoria, y de la distribución de la consignación presupuestaria de la aplicación presupuestaria correspondiente entre el número de solicitudes presentadas y en función del presupuesto elegible, teniendo en cuenta que el porcentaje de financiación máxima por parte de la Diputación de Tarragona será del 75%, se fija un importe máximo de subvención de 20.000 € por entidad beneficiaria. En el caso de que de acuerdo con la puntuación obtenida se obtenga un importe superior a 20.000 €, el porcentaje concedido debe reducirse hasta llegar al límite establecido.Si se comprueba que en la solicitud el importe de subvención solicitado es superior a los máximos para la convocatoria, el importe solicitado se limita a la cuantía máxima a subvencionar prevista en la convocatoria, sin que sea necesario requerimiento de subsanación en este sentido.Si el importe total que resulte de aplicar los criterios anteriores supera el importe establecido en la convocatoria, las diferentes subvenciones a conceder a cada entidad deben reducirse de manera proporcional respecto al total hasta llegar al límite de la convocatoria.Sexto. - Plazo de presentación de solicitudes:Desde el día siguiente de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín de la Provincia de Tarragona y hasta el 31 de julio de 2025.Séptimo. - Forma de presentación de las solicitudes:Electrónicamente mediante el trámite específico de solicitud disponible en la Sede electrónica de la Diputación de Tarragona y sólo se puede formalizar y firmar mediante el certificado digital de representante de la entidad. En ningún caso, se puede formalizar y firmar la solicitud mediante el certificado digital de persona física.
Bases y documentación
Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 04/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 04/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación de Tarragona, de 27 de mayo de 2025, por el cual se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de actuaciones de fomento del emprendimiento del año 2025.Publicado 10/06/2025Bases generales de subvenciones de la Diputació de Tarragona y de sus Organismos AutónomosInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.