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Plazo no verificadoBDNS 837730

BANDAS MÚSICA 2025

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE LEÓN · INSTITUTO LEONES DE CULTURA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 03:06 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES413 - León

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
05/06/2025
Publicación en diario oficial
06/06/2025

Texto oficial de apertura: DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN EL BOP

Texto oficial de cierre: 20 DÍAS HÁBILES A PARTIR DEL SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

BDNS (Identif.)La convocatoria se podrá consultar también en el Boletín Oficial de la Provincia de León o en la página web del Instituto Leonés de Cultura (www.institutoleonesdecultura.es ).Primero.- BeneficiariosPodrán obtener la condición de beneficiarios de la presente convocatoria, los ayuntamientos con menos de 20.000 habitantes de la provincia de León que reúnan los requisitos establecidos en la Base 3ª de las BGS y no se encuentren incursos en alguna de las exclusiones contempladas en el artículo 13 de la LGS, siempre que financien bandas municipales de música.No podrán ser beneficiarios aquéllos que lo sean de otras subvenciones con la Diputación Provincial de León para el desarrollo de actuaciones en el mismo sector de actividad y que se dirijan a los mismos objetivos.Segundo.- ObjetoConcesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a ayuntamientos con menos de 20.000 habitantes de la provincia de León, que financien Bandas Municipales de Música durante el año 2025, con el fin de coadyuvar en los gastos.Tercero.- Bases reguladoras? Bases Reguladoras aprobadas por Acuerdo del Pleno de la Diputación de León de fecha 27 de febrero de 2008, publicadas en el BOP nº 45/2008, de 5 de marzo.? Ordenanza General de Subvenciones aprobada por el Pleno de la Diputación el 27 de julio de 2022 (BOP nº 206 de 27 de octubre de 2022).Cuarto.- CuantíaLa subvención se determinará, previo estudio de las solicitudes, en función de los criterios objetivos señalados en la base novena de la convocatoria.El ayuntamiento deberá aportar como financiación propia, o generada por otras vías, un mínimo del 20% del importe total de la inversión necesaria para la realización de las actividades subvencionadas, ya que el porcentaje que subvenciona la Diputación a través del ILC no superará el 80% de la inversión efectuada.Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes20 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del presente extracto en el BOP de León.Sexto.- Otros datos de interésGastos subvencionables: Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, se realicen en el plazo establecido y sean estrictamente necesarios.Se entienden incluidas entre los gastos subvencionables las retribuciones al director y a los miembros de la Banda de Música, adquisición de uniformes, gastos de publicidad y los gastos de desplazamiento. También será subvencionable la dotación a la amortización de la inversión (instrumentos u otro material musical) en un 20%, considerando un plazo de 5 años para la depreciación de la citada inversión, previa justificación mediante la presentación de la factura correspondiente. Por lo tanto, podrán presentarse facturas para justificación, de instrumentos subvencionados en un 20% en anteriores convocatorias, siempre que no hayan transcurrido 5 años desde su adquisición.En aquellos casos en los que la Banda de Música tenga NIF propio y diferente del ayuntamiento, la financiación por parte de este último se realizará a través de una subvención. Si la financiación se realiza por el ayuntamiento no como gasto propio sino a través de subvenciones, deberá certificarse el gasto que le ha sido presentado como justificación de la ayuda, identificando las facturas, fechas, NIF del expedidor y concepto. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 15.000,00 euros deberá acreditarse la tramitación del expediente con arreglo a lo previsto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.Criterios de valoración: La subvención se adjudicará teniendo en cuenta los siguientes criterios objetivos y su ponderación:a) Hasta 6 puntos el número de miembros de las bandas municipales de música con la siguiente distribución: ? Menos de 20 componentes???..?.....1 puntos ? De 21 a 40 componentes???.???. 4 puntos? De 41 a 65 componentes ??????..5 puntos? Mas de 65 componentes ??? ???. 6 puntosb) Hasta 4 puntos por el número de habitantes del municipio, sede de la entidad solicitante, según cifras oficiales de población resultantes de la revisión del Padrón Municipal a 1 de enero de 2024, conforme al detalle siguiente:? Municipios menores de 3.000 habitantes??... 4 puntos? Municipios entre 3.000 y 5.000 habitantes??. 2 puntos? Municipios entre 5.001 y 10.000 habitantes?... 1 punto? Municipios de más de 10.000 habitantes?...?.0 puntosPara la concesión de las subvenciones se aplicará la siguiente fórmula: Compatibilidad con otras subvenciones: Sí.Solicitudes: Las solicitudes se presentarán obligatoriamente a través de la Sede Electrónica del Instituto Leonés de Cultura (https://sede.institutoleonesdecultura.es/) mediante el trámite relativo a la presente convocatoria localizado en "trámites destacados" o, de no encontrarse allí, accediendo a "Catálogo de trámites" y posteriormente seleccionando el ámbito de "Servicios relacionados con ayuntamientos". Los anexos se podrán descargar en el siguiente enlace: http://www.institutoleonesdecultura.es/convocatorias/ a la Web del ILC.Documentación: La prevista en la base octava de la convocatoria.Forma de justificación: Mediante la presentación de la documentación prevista en la base décima de la convocatoria.Plazo máximo de justificación: 15 de noviembre de 2025.Forma de pago: Se efectuará una vez justificada la realización del gasto y acreditados los requisitos señalados en el art. 18 de la Ordenanza General de Subvenciones y en la Base 5ª de las BGS.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 05/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO IPublicado 05/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO VPublicado 05/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO IIIPublicado 05/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO IVPublicado 05/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSANEXO IIPublicado 05/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DEL ACUERDO DEL CONSEJO RECTOR DEL INSTITUTO LEONÉS DE CULTURA DE 30 DE MAYO DE 2025, POR EL QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE TRAMITACIÓN ANTICIPADA CON DESTINO A AYUNTAMIENTOS QUE FINANCIEN EN 2025 BANDAS MUNICIPALES DE MÚSICA EN MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE LEÓN DE MENOS DE 20.000 HABITANTESPublicado 06/06/2025ORD. GNRAL. DE SUBVENCIONES. CONCURRENCIA COMPETITIVA 2022