Subvenciones 2025 para el fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera según Resolución de 23 de mayo de 2025 que la convoca
AUTONOMICA · EXTREMADURA · DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y TRANSPORTES
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Subvenciones al transporte
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 31/12/2025
- Registro en BDNS
- 06/06/2025
- Publicación en diario oficial
- 10/06/2025
Texto oficial de apertura: DESDE EL DIA SIGUIIENTE AL DE LA PUBLICACION SIMULTANEA EN DOE DE CONVOVATORIA Y EXTRA
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
BDNS (Identif.): 837938Con fecha 10 de junio de 2025, se publicó, en el número 110 del DiarioOficial de Extremadura, la Resolución de 23 de mayo de 2025, de laSecretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública deconcesión de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad medianteel transporte público regular de uso general de viajeros por carretera yse dictan las condiciones de aplicación de la subvención del 100 % delprecio del billete, para el año 2025.En la misma fecha de 10 de junio de 2025, se publica, igualmente, en elDiario Oficial de Extremadura, el Extracto de la Resolución de 23 demayo de 2025, en cuyo apartado cuarto (Cuantía), se expresa losiguiente:“La cuantía individualizada de la subvención, respecto del gastosubvencionable contraído por las personas beneficiarias, se ajustará al100% del mismo.El importe total de la convocatoria es de ocho millones ciento setenta yocho mil setecientos veinte euros con sesenta y ocho céntimos de euro(8.178.720,68 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 160050000G/353C/48000, Fuentes de Financiación CAG0000001 (código de proyecto20001041) y TE35007002 (programa 441M “Subvenciones y Apoyo alTransporte Terrestre”), y distribuido en las anualidades siguientes:2025: 6.374.564,97 €.2026: 1.804.155,71 €”.Avanzado el ejercicio contable, se observa que la previsión de uso deltransporte público regular de uso general de viajeros por carretera haquedado sobrepasada por los datos reales que confirman un incrementosignificativo del número de personas usuarias que han utilizado dichoservicio para sus desplazamientos en comparación con ejerciciosanteriores.Constando en la convocatoria una estimación crediticia de 8.178.720,68euros para todo el año 2025, la realidad de los datos recabados hasta laaprobación de la presente modificación y los estimados hasta lafinalización de dicho ejercicio sitúan las necesidades de gasto públicoen un importe adicional de 265.000 euros para dar cobertura al reembolsototal de cantidades a las empresas operadoras por los descuentos en elprecio del billete practicados en los servicios prestados en el año2025.El crédito adicional total mencionado incrementará la dotaciónpresupuestaria prevista en la convocatoria para la anualidad 2025, en laactual cuantía de 6.374.564,97 euros, para atender el incremento degasto estimado en la cantidad de 265.000 euros, resultando, para dichaanualidad, un total de 6.639.564,97 euros.El importe objeto de incremento (265.000 euros) se financia íntegramentecon cargo a fondos de la Comunidad Autónoma para el proyecto de gasto20001041.Por todo ello, al amparo del apartado sexto de la convocatoria, quecontiene la previsión de que la cuantía establecida pueda aumentarse enfunción de las disponibilidades presupuestarias, se ha tramitado lamodificación del gasto por incremento del crédito inicial, constandoinforme favorable de la Intervención, procediendo la modificación delExtracto de la convocatoria publicado en el Diario Oficial deExtremadura n.º 110, de 10 de junio de 2025.Asimismo, y de conformidad con los apartados 3 y 4 del artículo 39 de laLey 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma deExtremadura, es preceptiva la publicación en el Diario Oficial deExtremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma deun anuncio del órgano al que corresponda la aprobación de laconvocatoria en el que se recojan las variaciones que puedan producirserespecto a las aplicaciones o proyectos presupuestarios, o cuantíasprevistas inicialmente en las convocatorias abiertas por concesióndirecta.En virtud de lo referido, deben hacerse públicos la modificación delExtracto y el anuncio por el que se da publicidad a la modificación delgasto por incremento del crédito, previsto en la Resolución de laSecretaria General de 23 de mayo de 2025, por la que se aprueba laconvocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas al fomentode la movilidad mediante el transporte público regular de uso general deviajeros por carretera y se dictan las condiciones de aplicación de lasubvención del 100 % del precio del billete, para el año 2025, con elsiguiente reparto de crédito:El importe total de la convocatoria es de ocho millones cuatrocientoscuarenta y tres mil setecientos veinte euros con sesenta y ocho céntimosde euro (8.443.720,68 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria160050000 G/353C/48000, Fuentes de Financiación CAG0000001 (código deproyecto 20001041) y TE35007002 (programa 441M “Subvenciones y Apoyo alTransporte Terrestre”), y distribuido en las anualidades siguientes:2025: 6.639.564,97 €.2026: 1.804.155,71 €”.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en elartículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de laComunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de laconvocatoria referenciada, cuyo texto completo puede consultarse en laBase de Datos Nacional de Subvenciones(https://www.infosubvenciones.es/), y en el presente Diario Oficial deExtremadura.Primero. Convocatoria.Se aprueba, para el año 2025, la convocatoria pública de concesión desubvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante eltransporte público regular de uso general de viajeros por carretera ypor la que se dictan las condiciones de aplicación de la subvención del100 % del precio del billete.Segundo. Objeto.Financiar la movilidad de las personas beneficiarias a través de losservicios de transporte público regular de uso general de viajeros porcarretera, como actividad de interés social, mediante la bonificacióníntegra del precio en aquellos desplazamientos que tengan su origen ydestino en la Comunidad Autónoma de Extremadura, del billete o título detransporte que las personas usuarias adquieran, debiendo cumplir lostitulares del derecho a la subvención las obligaciones materiales yformales establecidas en la correspondiente normativa reguladora, dentrodel alcance que el gasto subvencionable adquiere en virtud del apartado3 de la disposición adicional decimoquinta de la Ley 1/2024, de 5 defebrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma deExtremadura para el año 2024, con cobertura de los títulos de transporteque incluyan servicios de ida y de vuelta.Ostentarán la condición de beneficiarias de la subvención las personasfísicas que, en virtud de resolución administrativa de concesión, seantitulares de la “Tarjeta de transporte subvencionado especial 100 %”,siempre que en ellas concurra, con carácter previo, el requisito detener su domicilio habitual en un municipio perteneciente a la ComunidadAutónoma de Extremadura, cualquiera que sea su condición personal.A estos efectos, tienen domicilio habitual en la Comunidad Autónoma deExtremadura quienes figuren empadronados en uno de sus municipios, seannacionales, residentes extranjeros, nacionales de Estados miembros de laUnión Europea o de Estados parte en el Acuerdo sobre el EspacioEconómico Europeo, personas a quienes sea de aplicación el régimencomunitario, o personas titulares del derecho de asilo o del derecho ala protección subsidiaria.Tercero. Normativa de aplicación y bases reguladoras.- Disposición adicional decimoquinta de la Ley 1/2024, de 5 de febrero,de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura parael año 2024, en aplicación de lo determinado en el artículo 8 de laOrden de 6 de febrero de 2025 por la que se fijan las condiciones ycriterios de aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales dela Comunidad de Extremadura para 2024 en el ejercicio de 2025.- Decreto 83/2017, de 13 de junio (DOE n.º 116, de 19 de junio), por elque se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadasal fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de usogeneral de viajeros por carretera.Cuarto. Cuantía.La cuantía individualizada de la subvención, respecto del gastosubvencionable contraído por las personas beneficiarias, se ajustará al100% del mismo.El importe total de la convocatoria es de OCHO MILLONES CIENTO SETENTA YOCHO MIL SETECIENTOS VEINTE EUROS CON SESENTA Y OCHO CÉNTIMOS DE EURO(8.178.720,68 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 160050000G/353C/48000, Fuentes de Financiación CAG0000001 (código de proyecto20001041) y TE35007002 (programa 441M «Subvenciones y Apoyo alTransporte Terrestre»), y distribuido en las anualidades siguientes:2025: 6.374.564,97 €2026: 1.804.155,71 €Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.Desde el día siguiente al de la publicación simultánea en el DiarioOficial de Extremadura de la presente Resolución y del extracto previstoen el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General deSubvenciones, hasta el día 31 de diciembre de 2025.Sexto. Extensión de la ayuda 100%.La ayuda del 100 % del título de transporte, para el gastosubvencionable previsto en el apartado 3 de la disposición adicionaldecimoquinta de la Ley 1/2024, será de aplicación en todos losdesplazamientos que efectúen las personas beneficiarias con origen ydestino en la Comunidad Autónoma dentro de los servicios de transporteregular de uso general que se presten en este ámbito territorial,mediante la contratación de viajes de ida, o de viajes de ida y vuelta,siendo la vuelta cerrada y concretada en fecha.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 07/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSModificación de la convocatoriaPublicado 07/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSModificación de la convocatoriaPublicado 07/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSMODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la modificación, por cambio de la fuente de financiación en la anualidad 2026, de la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera y se dictan las condiciones de aplicación de la subvención del 100 % del precio del billete, para el año 2025, aprobada mediante Resolución de la Secretaria General de 23 de mayo dePublicado 14/05/2026MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la modificación del gasto por aumento del crédito previsto en la Resolución de la Secretaria General de 23 de mayo de 2025, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera y se dictan las condiciones de aplicación de la subvención del 100 % del precio del billete, para el año 2025Publicado 04/12/2025Extracto de la Resolución de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera y se dictan las condiciones de aplicación de la subvención del 100 % del precio del billete para el año 2025.Publicado 10/06/2025Decreto 83/2017, de 13 de junio, de bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carreteraInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.