PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAGRAN EMPRESA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES3 - COMUNIDAD DE MADRID
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Agricultura, Pesca y Alimentación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
17/06/2025
Fin de solicitudes
16/07/2025
Registro en BDNS
06/06/2025
Publicación en diario oficial
16/06/2025
Texto oficial de apertura: AL DÍA SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Texto oficial de cierre: UN MES DESDE EL INICIO DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
BDNS (código de identificación):De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias).PrimeroBeneficiariosLos agricultores y/o ganaderos o grupos de agricultores y/o ganaderos titulares deexplotaciones agrarias y otros beneficiarios que se comprometan por un período de cincoaños, a cumplir con los requisitos y compromisos exigidos.SegundoObjetoIncentivar la presencia de abejas (Apis mellifera) y colmenas en zonas de vegetaciónforestal, pastos y pastizales, durante los diferentes periodos de floración, quehabitualmente no son utilizadas por los apicultores debido a su menor rendimiento y a sussuperiores costes de producción.TerceroBases reguladorasLa presente convocatoria se regula por la Orden 1124/2024, de la Consejería de MedioAmbiente, Agricultura e Interior por la que se establecen las bases reguladoras de lasayudas a la apicultura para la biodiversidad en la Comunidad de Madrid, cofinanciadas porel Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General delEstado en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período2023-2027 y se aprueba la convocatoria para el año 2024 (BOCM nº 90, de 16 de abril de2024).CuartoCuantía y financiación de las ayudasLa ayuda a los beneficiarios consistirá en el pago de una prima anual por colmenacomprometida que sea admisible, cuya conversión a superficie se establece en 2 ha porcolmena.El importe de dicha prima se fija en 26 euros por colmena que haya sido admitida en elprograma plurianual de ayudas, hasta un máximo de 500 colmenas.Para el cumplimiento de las actuaciones a que se hace referencia en esta convocatoria, seasignarán créditos presupuestarios de los Presupuestos Generales de la Comunidad deMadrid, con cargo a la partida 77303 del Programa de gastos 411 A, con el siguientedesglose anual:- Primera (2025): 80.000 €- Segunda (2026): 80.000 €- Tercera (2027): 80.000 €- Cuarta (2028): 80.000 €- Quinta (2029): 80.000 €En caso de que el importe de las solicitudes con derecho al pago sea superior al créditoinicialmente aprobado, la cuantía total máxima fijada inicialmente en esta convocatoriapodrá ser ampliada hasta en un 20% dentro de los créditos disponibles, sin necesidad deuna nueva convocatoria, de conformidad con lo previsto en el artículo 62.3 del RealDecreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para lamodernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación,Transformación y Resiliencia.Si con dicha ampliación de la cuantía total máxima fijada inicialmente no fuerasuficiente, se podrá aplicar un coeficiente de hasta 0,80 tal y como se recoge en elartículo 7 de las bases reguladoras.Estas ayudas serán financiadas por el FEADER, por el Ministerio de Agricultura, Pesca yAlimentación y por la Comunidad de Madrid, según lo dispuesto en el Plan Estratégico de laPAC para el periodo 2023-2027 correspondiendo la participación en el gasto público de losdiferentes fondos cofinanciadores a los siguientes porcentajes: 35% FEADER, 20%Administración General del Estado (AGE) y 45% Comunidad de Madrid. En caso de modificacióndel PEPAC, serán los porcentajes publicados en la última versión aprobada.QuintoPlazo de presentación de solicitudesUn mes contado a partir de la publicación de esta convocatoria en forma de extracto en elBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid.