Plazo no verificadoBDNS 838181
Subvención para la rehabilitación de fachadas 2025
LOCAL · BELLVÍS · AYUNTAMIENTO DE BELLVÍS
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 03:15 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES513 - Lleida
Finalidad
Acceso a la vivienda y fomento de la edificación
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 31/12/2025
- Registro en BDNS
- 06/06/2025
- Publicación en diario oficial
- 13/06/2025
Texto oficial de apertura: Día siguiente de la publicación del extracto en el BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
El Pleno del Ayuntamiento de Bellvís, en sesión ordinaria de fecha 11 de julio de 2024, aprobó inicialmente la Ordenanza municipal reguladora de las bases de las subvenciones para la rehabilitación de fachadas de los inmuebles, el texto íntegro de las cuales consta en el expediente.El Pleno del Ayuntamiento de Bellvís, en sesión celebrada el 10 de abril de 2025, aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2025.La Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 5 de junio de 2025, aprobó la convocatoria correspondiente al año 2025, por importe total de 1.500 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria de gastos 48.001/152 – Subvenciones para la rehabilitación de fachadas, del presupuesto municipal para el ejercicio 2025. El plazo para la presentación de las solicitudes está abierto durante el plazo en que se mantenga vigente esta ordenanza y exista partida presupuestaria en el presupuesto de gastos del ayuntamiento del ejercicio correspondiente.Las solicitudes de ayudas económicas se formularán ante el Ayuntamiento al solicitar la licencia correspondiente, en los modelos oficiales y acompañando la siguiente documentación:a) Proyecto técnico suscrito por técnico competente y visado por el correspondiente colegio profesional, cuando la intervención sobre el edificio así lo exija.b) En el resto de los casos: - Memoria explicativa de la actuación. - Presupuesto detallado por partidas. - Plano de la actuación.c) Documento público acreditativo de la propiedad.d) Consentimiento de los ocupados por cualquier título de la vivienda objeto de rehabilitación, cuando se trate de personas distintas del propietario que solicita la subvención.e) Cualquier documento que el Ayuntamiento crea necesario o exija el técnico municipal.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 06/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 06/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSEdicto de convocatoria de rehabilitación de fachadasPublicado 13/06/2025Ordenança Municipal Reguladora de les bases de les subvencions per a la rehabilitació de façanes dels immoblesInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.