Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 06/06/2025
- Publicación en diario oficial
- 17/06/2025
Texto oficial de apertura: Día hábil siguiente al día de la publicación de la convocatoria
Texto oficial de cierre: 29 de septiembre de 2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. ObjetoLa presente convocatoria tiene por objeto enriquecer la documentación existente sobre Rafelbunyol en la actualidad, fomentando el estudio y la investigación y la mejora del conocimiento sobre el municipio, con la concesión en concurrencia competitiva de la Beca de Investigación Local, organizada por la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Rafelbunyol.Segundo. Personas beneficiariasPodrán optar a la beca cualquier persona física de más de 18 años o equipos de investigación formados por varias personas mayores de edad con un proyecto de investigación sobre el municipio de Rafelbunyol en el ámbito social, cultural, histórico, ambiental, económico …En el caso de tratarse de un equipo de investigación formado por varias personas todas ellas deberán de hacer constar expresamente el compromiso de ejecución asumido por cada miembro del equipo, así como el importe de la subvención aplicable a cada uno de ellos como beneficiarios. En todo caso la agrupación de investigadores deberá nombrar un representante o apoderado único con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que como beneficiario corresponden a la misma agrupación. Esta agrupación no se podrá disolver hasta transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley General de Subvenciones.Así, el equipo de investigadores podrá determinar el importe a cobrar por parte de cada uno de los miembros, que por tanto deberán presentar una hoja de mantenimiento de terceros por cada miembro.Tercero. Bases reguladorasLas bases que regulan esta convocatoria fueron aprobadas por acuerdo plenario del Ayuntamiento de Rafelbunyol de 4 de abril de 2022. Publicadas íntegramente en el BOP núm. 115, de 16 de junio de 2022 https://bop.dival.es/bop/drvisapi.dllMIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3565811&miIdio ma=CCuarto. CuantíaLa cuantía de la beca es de 2.500 € y se adjudicará a un único proyecto, ya sea individual o colectivo.En caso de no presentarse proyectos o que el jurado no los considere de suficiente calidad, la beca podrá declararse desierta.El concepto subvencionable se corresponderá con el importe total de la beca, 2.500 euros, la cual será abonada en tres plazos: El primer plazo constará del 40% de la cuantía total de la beca y se realizará a la firma del convenio; el segundo constará del 20% y se abonará a los seis meses y después de una evaluación del estado de la investigación; y el último plazo se realizará después de haber entregado el estudio finalizado, por el 40% restante.El premio está sujeto a tributación por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas en el caso de nacionales de España, en los términos de la normativa vigente.Quinto. Plazo de presentación de las solicitudesEl plazo de presentación de los proyectos sobre los trabajos de investigación será desde el día siguiente a la publicación en la web del Ayuntamiento de Rafelbunyol hasta el 29 de septiembre de 2025.Sexto. Documentación a presentarLa documentación exigida se deberá presentar por registro de entrada en el Ayuntamiento de Rafelbunyol, (Plaça de la Puríssima, 1, 46138, Rafelbunyol, València) o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Documentación a presentar:1. Solicitud de participación (Anexo 1)2. Datos personales y Currículum Vitae de la persona o personas autoras. En el caso de los proyectos colectivos, se aportarán los datos de todos/as los/las componentes del equipo.3. Modelo cumplimentado de Mantenimiento de Terceros donde se indique la cuenta bancaria de ingreso de la cuantía becada.4. Declaración responsable (Anexo 1) de la persona o equipo solicitante donde se indique:Que los datos expuestos en la solicitud son ciertos.Que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la hacienda estatal, autonómica y local, y con la Seguridad Social y autoriza al Ayuntamiento de Rafelbunyol para su comprobación.Que cumple todos y cada uno de los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.Que se compromete a cumplir las obligaciones que, para personas perceptoras de ayudas y subvenciones, establece el artículo 14 de la misma Ley General de Subvenciones.Que no ha solicitado ni obtenido ninguna otra ayuda por la misma finalidad de entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales que resulte incompatible.5. Proyecto:Los proyectos se presentarán en un sobre cerrado, sin firma del autor o autora y sin cualquier otro signo que los pudiera identificar, y contendrán:5.1 Título y estructuración del proyecto. Cronograma. La ejecución del proyecto no podrá superar el plazo de un año a contar desde la fecha de concesión de la beca.5.2 Disciplina desde la cual se investiga.5.3 Metodología.5.4 Objetivos y originalidad del trabajo.5.5 Sobre cerrado con los datos de los autores y/o autoras que se abrirá después de la valoración definitiva por parte del jurado.La extensión máxima de los proyectos para la valoración por parte del jurado no podrá superar las cinco páginas.El trabajo de investigación se podrá presentar en cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana.Se comprobará que la documentación es correcta. De no ser así, la Administración requerirá a las personas que opten a las ayudas para que, en el plazo de diez días acompañen los documentos preceptivos, con la advertencia que si no lo hicieran se considerará desistida su petición, y que, previa resolución correspondiente, se procederá al archivo del expediente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Con la finalidad de conservar el anonimato a la hora de valorar los proyectos por parte del jurado, a cada uno de los sobres de los proyectos presentados se le asignará una numeración para que el jurado en ningún momento antes de la valoración sea conocedor de los autores o autoras de cada proyecto. Una vez comprobada la documentación administrativa el sobre cerrado con el proyecto quedará bajo custodia de la Secretaría del Jurado para su entrega al mismo.De acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, el Ayuntamiento de Rafelbunyol, como responsable del tratamiento de los datos personales pedidos en ocasión de la presente convocatoria, informa que los datos se incluirán en un fichero de datos de carácter personal para el fin de la presente convocatoria. Se garantiza el ejercicio por la persona interesada de sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, y oposición, en los términos que prevé dicha a Ley.Séptimo. Composición del juradoPresidencia: la persona que ostente les competencias de Cultura del Ayuntamiento de Rafelbunyol, a los solos efectos de representar a la Administración y sin voto.Secretaria: Técnico o técnica de la Biblioteca Municipal.Vocales:Un número par de personas designadas por el Ayuntamiento de Rafelbunyol, con titulación universitaria y/o con especialización acreditada en las disciplinas de los trabajos presentados.Octavo. Criterios de valoración.De conformidad con lo que dispone el artículo 17.3.e de la LGS, las obras presentadas se han de valorar teniendo en cuenta los siguientes criterios objetivos de valoración:- Interés y originalidad del tema.- Carácter específico de las investigaciones (ante las de tipo general).- Metodología de investigación y fuentes a utilizar: uso de fuentes primarias, fiabilidad, etc.- Corrección y claridad de la expresión escrita del proyecto.- Corrección de las referencias bibliográficas y documentales.- Estructura del proyectoLa evaluación técnica de cada solicitud se hará por parte de una Comisión de Valoración, que compondrá el Jurado Calificador, este no conocerá los autores de los proyectos, a los cuales previamente se les habrá asignado una numeración para conservar su anonimato.La valoración del Jurado Calificador constará de dos fases:Primera fase: Valoración técnica de los proyectos presentados respetando el anonimato, que supondrá el 80% de la puntuación final. Los tres proyectos mejor valorados podrán pasar a la segunda fase.Segunda fase: Entrevista con las personas autoras o equipos, que supondrá el 20% de la puntuación final.Noveno. ResoluciónCorresponde a la Alcaldía la resolución del procedimiento de concesión de las becas en régimen de concurrencia competitiva y esta se dará a conocer en acto público el día 10 de octubre de 2024 y se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Rafelbunyol y en los medios propios del ayuntamiento.Décimo. RecursosContra la resolución de concesión de la beca, que es definitiva en vía administrativa, y de conformidad con lo que establece la Ley Reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y la Ley Reguladora de la Jurisdicción contenciosa administrativa, podrá interponer uno de los siguientes recursos:a. Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación o notificación. La interposición del recurso, a excepción de los casos donde una disposición determine otra cosa, no suspende la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo que se establece en el art. 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Si transcurre un mes desde el día siguiente de la interposición del recurso de reposición sin que este haya sido resuelto y notificado, podrá entenderse que ha sido desestimado y interponer recurso contencioso administrativo ante los Juzgados contenciosos administrativos de València, en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la desestimación presunta.b. Directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso administrativo de València dentro del plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación. En caso de optar por el recurso potestativo de reposición no se puede interponer el recurso contencioso administrativo hasta que aquel no sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo.No obstante esto, podrá interponerse cualquier otro que crea conveniente a su derecho.