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Plazo no verificadoBDNS 838625

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DEL CONCURSO PÚBLICO PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA ENTIDADES SOCALES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA PROYECTOS DE CARÁCTER SOCIAL AÑO 2025.

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE OURENSE · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE OURENSE

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 03:24 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES113 - Ourense

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.

Inicio de solicitudes
19/06/2025
Fin de solicitudes
19/07/2025
Registro en BDNS
09/06/2025
Publicación en diario oficial
18/06/2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Objeto de la subvención. Constituye el objeto de estas bases la regulación de la convocatoria pública, por parte de la Diputación Provincial de Ourense, para la tramitación y concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro para financiar la realización de proyectos cuya finalidad sea  mejorar la salud, calidad de vida, atención social y sanitaria, colaborar en la prevención y anticipación a situaciones de vulnerabilidad y desigualdades sociales, a través del desarrollo de actuaciones de información, orientación, apoyo o rehabilitación de personas con situaciones de vulnerabilidad, discriminación o desigualdad social  en la provincia de Ourense para el año 2025. Beneficiarias. Podrán obtener subvención como beneficiarias las entidades con personalidad jurídica y sin ánimo de lucro legalmente constituidas para proyectos que se dirijan a personas con residencia en la provincia de Ourense. A las entidades beneficiarias se les exigirá que tenga su domicilio social, centro de actividades autorizado en la provincia de Ourense y/o centro de atención continua al público con horario de apertura conocido y accesible para atención presencial. Para ello se tendrán en cuenta los datos de domicilios social, o centro autorizado que consta dado de alta en el Registro de Entidades prestadoras de servicios sociales de la Xunta, o, en su caso, un centro de atención diurno/residencial en la provincia de Ourense, asi como datos de constancia de existencia de un centro de atención continua al público con horario conocido y atención presencial. Solicitudes: plazos, lugar de presentación y documentación:Las solicitudes se deberán presentar telemáticamente, a través del registro general de la Diputación de Ourense firmada electrónicamente por la persona que ostente su representación. El empleo de medios electrónicos para el planteamiento de la solicitud tendrá carácter obligatorio, al amparo del establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, por lo que no se admitirá a trámite ninguna solicitud que se formule por otros medios. Para la presentación de la solicitud tendrá que utilizarse el formulario normalizado que está accesible desde la página web de la Diputación de Ourense: http://www.depourense.gal  El plazo improrrogable de presentación será de un (1) mes, contado a partir del día siguiente de la publicación del extracto de estas bases. A estos efectos se entenderá cómo último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo había sido inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes del vencimiento no había habido día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes. Gastos subvencionables:Se consideran gastos subvencionables aquellos que, encontrándose incluidos en los conceptos recogidos en el artículo 29 de la Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia, formen parte del desarrollo de los proyectos objeto de esta convocatoria y que cumplan los siguientes requisitos:Que han sido ocasionados con motivo de la realización del proyecto/actividad aprobado y guarden estrecha relación con su contenido.Que exista constancia documental de su realización. En el caso de presentar facturas simplificadas para esta acreditación deberán contener, obligatoriamente, el CIF destinatario deberá ser coincidente con el CIF beneficiario de la subvención.Que se realicen dentro del plazo de ejecución del proyecto. A efectos de justificación del gasto el plazo de ejecución será el comprendido entre el 1 de enero de 2025 hasta el 15 de diciembre de 2025.Que exista coherencia entre el porcentaje de imputación y el proyecto subvencionado.Quedan expresamente excluidos de los gastos subvencionables:Tickets, gastos de repostaje de combustible, gastos de aparcamientos y peajes de autopistas, sin perjuicio de que tales gastos sí se consideren subvencionables cuando se incorporan como indemnizaciones por razón de servicio y se justifican legalmente como tales. Igualmente quedan excluidos los gastos y/o proyectos de campañas de publicidad, información y difusión sobre la entidad o sus objetivos, generales o concretos o aquellas actuaciones que pueden ser prestados desde servicios normalizados disponibles y accesibles. Podrán ser subvencionables los gastos corrientes de las asociaciones/fundaciones beneficiarias. Se entenderán gastos corrientes los referidos al alquiler de local, suministros de energía eléctrica, comunicaciones telefónicas, correo, material consumible de oficina etc. Para dar cuenta de estos gastos en la documentación acreditativa tiene que constar a nombre del beneficiario/a de la subvención, y dirigida al domicilio social de la entidad subvencionada. No se admitirán gastos dirigidos a una sede social diferentes a la propia del/s domicilio/s social o aquella documentación donde nos conste el CIF beneficiaria/s. 

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 09/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 09/06/2025Descargar archivo oficial · BDNS