Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 10/06/2025
- Publicación en diario oficial
- 12/06/2025
Texto oficial de apertura: Día siguiente a la publicación convocatoria en el BOP
Texto oficial de cierre: Transcurridos diez días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero.-. Beneficiarios.Podrán participar en esta convocatoria:a) Los clubes legalmente constituidos, sin ánimo de lucro, que tengan su domicilio social en Arroyo de la Encomienda y se encuentren inscritos en el Registro Municipal de Asociaciones como asociaciones deportivas, con al menos 2 años de antigüedad, a la fecha de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. (Las entidades solicitantes deberán encontrarse adaptadas al marco jurídico de la Ley 3/2019, de 25 de febrero, de la Actividad Físico Deportiva en Castilla y León).b) Los equipos serán exclusivamente de modalidades que se desarrollen de forma colectiva, entendiendo por “Deportes Colectivos”, aquellos en los que dos grupos de más de 2 deportistas compiten de forma simultánea en el tiempo, con alternancia en la posesión o dominio de un móvil, mediante acciones técnico tácticas de ataque y defensa, exclusivamente: baloncesto, balonmano, fútbol, hockey, hockey hielo, rugby, voleibol sala, waterpolo y fútbol sala.c) Que participen en competiciones oficiales nacionales o internacionales, no profesionales, mediante sistema regular anual de liga federada, en la temporada 2024/2025.d) En el caso de competiciones celebradas por sistema de concentraciones, las sedes de juego serán las determinadas en el calendario correspondiente de la Federación nacional o internacional, reconocida por el Consejo Superior de Deportes, acorde al artículo 9, 9. 1.e) En el caso de campeonatos de España, Europeos e Internacionales, se necesita una clasificación previa que dé acceso a los mismos.f) Cuando existan acuerdos de filialidad, la sede de juego como locales será Arroyo de la Encomienda y el equipo llevará el nombre de Arroyo, independientemente del nombre del patrocinador.Segundo.-. Objeto.Es el mantenimiento de los equipos exclusivamente de modalidades que se desarrollen de forma colectiva, que disputen competiciones federadas a nivel nacional e internacional.Tercero.-. Bases reguladoras.Ordenanza General de subvenciones del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda, aprobada por Acuerdo del Pleno de fecha 24 de febrero de 2021, publicada en el B.P de Valladolid nº 88, de 11 de mayo de 2021.Se adjunta la convocatoria.Cuarto.-. Cuantía máxima: asciende a 40.000 euros, existiendo crédito suficiente, no obstante, se reserva el derecho de no utilizar la totalidad del citado importe.La cantidad concedida a cada club no podrá superar en ningún caso el importe de 15.000 euros.De existir sobrante, no se prorrateará.Quinto.-. Plazo de presentación de solicitudes: 10 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.Sexto.-. Otros datos de interés.Gastos subvencionables: los previstos en el artículo 4 de la convocatoria.Compatibilidad: sí.Solicitudes: Por los cauces habituales.Documentación: la prevista en el artículo 7 de la convocatoria.Criterios de valoración: los previstos en el artículo 9 de la convocatoria.Forma de pago: Mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada en la solicitud, una vez concedida y justificada la subvención.Forma de justificación: Mediante la presentación de la documentación prevista en el artículo 11.3 de la convocatoria.Plazo máximo de justificación: hasta el 30 de septiembre de 2025. Aquellos Clubs que presenten la justificación más tarde de la citada fecha, se les reducirá el 10% del importe de la subvención por cada día de retraso.