RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA DE 9 DE JUNIO POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADAS A ENTIDADES CON FINES SANITARIOS PARA EL AÑO 2025
LOCAL · ALMENDRALEJO · AYUNTAMIENTO DE ALMENDRALEJO
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES431 - Badajoz
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Sanidad
Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
Inicio de solicitudes
12/06/2025
Fin de solicitudes
01/07/2025
Registro en BDNS
10/06/2025
Publicación en diario oficial
12/06/2025
Texto oficial de apertura: a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia
Texto oficial de cierre: 20 días naturales tras la publicación
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
PRIMERO.- BENEFICIARIOS.Podrán concurrir a esta convocatoria las asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro de carácter sanitario que desarrollen sus actividades en el ámbito de la misma, dentro del término municipal de Almendralejo.SEGUNDO.- OBJETO.El Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo propone la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas a asociaciones que desarrollen actividades y programas de carácter sanitario que a su vez carezcan de ánimo de lucro en la ciudad de Almendralejo durante el año 2025.Se consideran programas o actividades de interés general, a los efectos de la presente convocatoria de subvenciones, las que a continuación se detallan:Programas dirigidos a la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad que persigan los siguientes objetivos:a. Promover estilos de vida saludables.b. Prevenir el consumo de drogodependencias y otros hábitos adictivos nocivos para la salud.c. Prevenir determinadas temáticas de salud, dirigidos a los grupos de población o colectivos específicos (por ejemplo, obesidad infantil, nutrición...).d. Impulsar actividades o proyectos enfocados en el ámbito de la salud mental.e. Prestar información, asesoramiento y apoyo social.f. Impulsar programas de formación o de educación para la salud en los diferentes ámbitos (colectivos específicos, educativo, familiar...).g. Divulgar aspectos de salud (celebración de jornadas, escuelas de salud...).TERCERO.- CUANTÍA Y FINANCIACIÓN.El importe total de las subvenciones a conceder no excederá en su cuantía total de once mil setecientos euros (11.700,00 €) con cargo a la partida presupuestaria 31100 48000, existiendo crédito presupuestario suficiente.CUARTO.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.La solicitud acompañada de la documentación solicitada complementaria correspondiente, deberá presentarse a través de la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo o a través de cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, en el plazo de veinte días naturales desde la publicación de la presente convocatoria en el B.O.P. de Badajoz.QUINTO.- OTROS DATOS.Las entidades solicitantes están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con la administración para la tramitación de la presente subvención.Las solicitudes de subvención y anexos estarán disponibles en la página web del Ayuntamiento de Almendralejo (https://www.almendralejo.es) y se presentarán de forma electrónica a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Almendralejo (https://almendralejo.sedelectronica.es/info.0) en los términos de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.