Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 11/06/2025
- Publicación en diario oficial
- 16/06/2025
Texto oficial de apertura: al día siguiente al de publicación en el BOC del extracto de la convocatoria
Texto oficial de cierre: siete días hábiles contados desde la publicación del extracto de la convocatoria en el BOC
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios 1. Podrán optar al Premio Extraordinario los alumnos/as que reúnan los siguientes requisitos: a. Haber cursado estudios de Formación Profesional del Sistema Educativo de Grado Superior en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y haberlos finalizado durante el año 2024. b. A los efectos previstos en el apartado anterior se tendrá en cuenta al alumnado procedente de centros públicos y privados concertados en los que se impartan las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior conforme a la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, tanto en régimen presencial como a distancia. c. Para optar a estos premios será necesario haber obtenido como calificación final media de los módulos profesionales cursados una puntuación igual o superior a 8,5 puntos. La calificación final del ciclo formativo se determinará hallando la media aritmética de las calificaciones de los módulos profesionales que tengan expresión numérica. El resultado se consignará con una cifra decimal redondeada por exceso si la segunda cifra decimal resultase igual o superior a 5 y por defecto, cuando sea inferior. No se tendrán en cuenta las calificaciones de “apto”, “exento” o “convalidado”. 2. No podrán tener la condición de personas beneficiarias quienes incurran en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 12.2 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. Segundo. Objeto Aprobar la convocatoria de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional del Sistema Educativo de Grado Superior, correspondientes al curso 2023/2024, en la Comunidad Autónoma de Cantabria, a los efectos tanto de dar reconocimiento oficial a los méritos basados en el esfuerzo y en el trabajo del alumnado que cursa estudios de Formación Profesional del Sistema Educativo de Grado Superior con excelente rendimiento académico, como de permitir su participación en la convocatoria anual de los Premios Nacionales de Formación Profesional del Sistema Educativo. Tercero. Bases reguladoras Orden EDU/34/2021, de 14 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional del Sistema Educativo de Grado Superior, en la Comunidad Autónoma de Cantabria, publicada en el BOC n.º 205, de 25 de octubre de 2021. Cuarto. Cuantía La dotación económica de cada Premio Extraordinario ascenderá a 500 € brutos. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes 1. La solicitud irá dirigida al consejero de Educación, Formación Profesional y Universidades según el modelo normalizado que figura como anexo I en la convocatoria, y presentada en la secretaria del centro en el que se encuentre su expediente académico en el plazo de 7 días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de Cantabria, todo ello sin perjuicio de que pueda presentarse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria dentro del mismo plazo. 2. Los centros recabarán la documentación requerida y la entregarán en el plazo de 15 días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto de la orden en el Boletín Oficial de Cantabria, en el Registro de la Consejería de Educación y Formación Profesional, calle Río de la Pila 13, planta baja, C. P. 39003, Santander, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria