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Plazo no verificadoBDNS 839406

Resolución Alcaldía nº 65 de 05/06/2025 del Ayuntamiento de Secastilla por la que se convocan subvenciones en materia de Estudios. Año 2025

LOCAL · SECASTILLA · AYUNTAMIENTO DE SECASTILLA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 03:40 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES241 - Huesca

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Educación

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
12/06/2025
Fin de solicitudes
30/12/2025
Registro en BDNS
11/06/2025
Publicación en diario oficial
13/06/2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

SUMARIO Resolución de Alcaldía n.º 65 de fecha 05 de Junio de 2025 por la que se convocan mediante tramitación anticipada subvenciones en materia de Estudio para el año 2025, por el procedimiento de concurrencia competitiva. TEXTODe conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (www.infosubvenciones.es) y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Secastilla.El código de identificación que haya asignado la BDNS a la convocatoria es 839406. Primero. Beneficiarios. Podrán acogerse a las subvenciones de esta convocatoria:— Personas empadronadas en el municipio con una antigüedad superior a 5 años. En el caso de que el solicitante, sea menor de 5 años, se aportará certificado de empadronamiento de uno de los progenitores o tutor legal.Segundo. ObjetoLa subvención tiene por finalidad, favorecer el acceso a la educación de los vecinos de nuestro municipio.  Paliar las condiciones socio económicas desfavorables que supone vivir alejados de los centros educativos y ayudar al gasto que supone para las familias la compra de libros y material educativo.Podrán ser objeto de subvención las siguientes actividades: Ayudas para el estudio que comprenderán el curso académico de septiembre a junio, en los supuestos 1, 2, 3 y 4 que se describen a continuación. Para otros cursos y estudios, cuya periodicidad corresponda al año natural, se computará al ejercicio del año en curso.            1.-Educación de 0 a 3 años y Educación infantil.         2.-Educación Primaria, Secundaria y Formación Profesional de Grado Medio.         3.- Bachillerato y Formación Profesional de Grado Superior.         4.-Educación Universitaria (Estudios de Grado, Máster, Posgrado)         5.-Cualquier otro tipo de cursos (Idiomas, Música, Programas de cualificación, etc.) impartidos en centros públicos y privados concertados.Tercero. Bases reguladoras Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Secastilla en materia de Estudio, aprobado en fecha 07 de Septiembre de 2023, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 173, de fecha 12 de Septiembre de 2023. Cuarto. Cuantía de la ayuda. Las ayudas concedidas se abonarán, de acuerdo con la normativa presupuestaria, en el ejercicio 2025, en el cual se adquirirá el compromiso de gasto. Por ello, se han habilitado la aplicación presupuestaria e importe que se indica más abajo, de acuerdo con la estimación de créditos para el año 2025: EjercicioAplicación presupuestariaImporte20259200.482014.000 € Esta cuantía total máxima tiene carácter estimado, puesto que está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de resolución de la concesión.            Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de la convocatoria. Se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, hasta el 30 de diciembre del presente; tal y como se recoge el artículo 6.2 del Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.Sexto. Otros datos.Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes:— Documentos que acrediten la personalidad del solicitante.—Declaración responsable de que en el solicitante no concurre ninguna de las circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.— Copia de la Matrícula de los estudios realizados. En el caso de la Educación Universitaria, presentar justificante de pago de la matrícula.— Acreditación de la superación de los estudios.— Ficha de Terceros. En el supuesto de que los documentos exigidos ya estuvieran en poder del Ayuntamiento, el solicitante, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan, podrá hacer uso de su derecho a no presentarlo, haciendo constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentado o emitidos.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 11/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSFicha de TercerosPublicado 11/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSDeclaración ResponsablePublicado 11/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSSolicitudPublicado 11/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSConvocatoria Subvenciones en materia de Estudios. Año 2025Publicado 13/06/2025Convocatoria de subvenciones en materia de Estudios. Año 2025