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Plazo no verificadoBDNS 839447

subvenciones para financiar proyectos de actividades dirigidas a la juventud

LOCAL · BORRIANA/BURRIANA · AYUNTAMIENTO DE BORRIANA/BURRIANA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 03:42 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES522 - Castellón / Castelló

Finalidad

Otras Prestaciones económicas

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
16/06/2025
Fin de solicitudes
07/07/2025
Registro en BDNS
12/06/2025
Publicación en diario oficial
14/06/2025

Texto oficial de apertura: día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP

Texto oficial de cierre: 15 días hábiles siguientes al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Objeto:Se convocan ayudas dirigidas a las asociaciones juveniles que realicen proyectos de actividades dirigidas a la juventud de la población, que se ejecuten desde el día 1 de septiembre de 2024 hasta el día 31 de agosto de 2025.Beneficiarios: 1. Podrán ser beneficiarias las asociaciones juveniles y las secciones juveniles de entidades sociales u organizaciones no gubernamentales que tengan reconocidos en sus estatutos autonomía funcional, organización y gobierno propio, así como entidades prestadoras de servicios a la juventud que reúnan, además de los establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los requisitos siguientes:a) Tener sede social, central o delegación permanente en la ciudad de Burriana, así como una infraestructura mínima y estructura organizativa que garantice el desarrollo del proyecto para el que se solicita subvención.b) Carecer de fines de lucro y no depender económica o institucionalmente de entidades lucrativas.c) Estar legalmente constituidas y formalmente inscritas en el Censo de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios de la Juventud (Orden de 10 de noviembre de 1983), de la Consellería de Cultura, Educación y Ciencia (DOGV 134, de 8 de diciembre de 1983), con anterioridad a la fecha en que se solicite la concesión de la subvención.d. No tener suscrito ningún contrato/convenio en vigor con el Ayuntamiento, con la misma finalidad, objetivos y/o personas beneficiariase. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social, así como con el Ayuntamiento.f. No estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones públicas, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y haber cumplido las obligaciones de reintegro de subvenciones que, en su caso, se le hubiesen exigido.Obligaciones:a) Las entidades beneficiarias que cuenten con personal voluntario deberán tener suscrita y en vigor una póliza de seguro en los términos establecidos en los artículos 10.e y 14.2.c) de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado.Bases: publicadas en el Base de datos nacional de subvenciones, tablón de edictos municipal, página web municipal https://burriana.sedelectronica.es/board y BOP núm. 70 de 12 de junio https://bop.dipcas.es/PortalBOP/api/descargarAnuncio?idAnuncio=157919&idioma=esCuantía: Importe total: 10.000 €Presentación de solicitudes:1. Las solicitudes se presentarán en el Registro electrónico del Ayuntamiento de Borriana, según lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, utilizando para ello el trámite electrónico específico: Subvenciones Juventud 2025, adjuntando los modelos normalizados establecidos al efecto.2. Al modelo de solicitud (Anexo I), al que hace referencia el párrafo anterior, se acompañara la documentación que se indica en la base 8.2Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA en el Boletín Oficial de la Provincia.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 12/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la convocatoria de subvenciones asociaciones juveniles 2025Publicado 14/06/2025Bases reguladoras de las subvenciones para financiar proyectos de actividades dirigidas a la juventud