encuentraayudas
Plazo no verificadoBDNS 839468

Ayudas 2025 para el fomento y apoyo de la seguridad minera en Extremadura, s/ Resolución del 27 de mayo de 2025 que las convoca.

AUTONOMICA · EXTREMADURA · DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 03:42 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES43 - EXTREMADURA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Industria y Energía

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
12/06/2025
Publicación en diario oficial
17/06/2025

Texto oficial de apertura: Día siguiente a la publicación en DOE

Texto oficial de cierre: 1 mes a contar al día siguiente de publicación en DOE de la convocatoria.

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en elartículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de laComunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de laconvocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de DatosNacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en elpresente DOE.Primero. Objeto.Con la presente convocatoria de ayudas se subvencionarán para elejercicio 2025, en régimen de concurrencia competitiva, actuacionesdestinadas al fomento y apoyo a la seguridad minera en las empresas quedesarrollen su actividad minera en Extremadura, posibilitando laaplicación de nuevas tecnologías orientadas a la mejora de lascondiciones laborales en las explotaciones y establecimientos debeneficios, regulados por la Ley 22/1973, de 21 de julio, de MinasSegundo. Beneficiarios.Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones todas las personasfísicas y jurídicas que sean empresas privadas, que realicen actividadesmineras en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, comotitular de la misma o como contratada, en el ámbito de aplicación delReal Decreto 863/1985, de 2 de abril, por el que se aprueba elReglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.Asimismo, podrán ser beneficiarios las comunidades de bienes o cualquierotro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendode personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos yactividades subvencionadas con arreglo a la resolución de convocatoria.Tercero. Bases reguladoras.La convocatoria se rige por las normas contenidas en el Decreto209/2017, de 28 de noviembre, por el que se establecen las basesreguladoras de las subvenciones para el fomento y apoyo a la seguridadminera en la Comunidad Autónoma de Extremadura, (DOE n.º 232, de 4 dediciembre).Cuarto. CuantíaLa cuantía de las subvenciones será del 40 % del coste de la inversiónelegible, con un límite máximo de 40.000 euros por beneficiario. A estaconvocatoria se destinará una cantidad total de 250.000 euros, con cargoa los créditos autorizados en la posición presupuestaria G/322A/77000,sección 12 servicio 011 Proyecto 20170281 “Ayudas a la Seguridad Minera”y con fuente de financiación CA de los Presupuestos Generales de laComunidad Autónoma de Extremadura para 2025.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desdeel día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria ydel presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.Sexto. Otros datos.Las actividades subvencionadas se ejecutarán, en todo caso, conposterioridad a la presentación de la solicitud de ayuda. La ejecuciónmaterial y certificación de la actuación objeto de subvención deberá sercompletada por el beneficiario de manera que la acreditación de lospagos realizados, así como la justificación de las inversionesrealizadas sea entregada a la Dirección General de Industria, Energía yMinas antes del 15 de noviembre de 2025.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 12/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento y apoyo de la seguridad minera en Extremadura para el ejercicio 2025.Publicado 17/06/2025Decreto 209/2017, de 28 de noviembre, de bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y apoyo de la seguridad minera en la Comunidad Autónoma de Extremadura