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Plazo no verificadoBDNS 839527

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A LAS FAMILIAS DE ALUMNOS DE LA ESCUELA PÚBLICA DE ESPONELLÀ, PARA LA UNIVERSALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES EN EL ÀMBITO DE LA ESCOLARIZACIÓN DE SUS HIJOS/HIJAS PARA EL CURSO 2024-2025

LOCAL · ESPONELLÀ · AYUNTAMIENTO DE ESPONELLÀ

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 03:43 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES512 - Girona

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Educación

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
12/06/2025
Publicación en diario oficial
17/06/2025

Texto oficial de apertura: 13/06/2025

Texto oficial de cierre: 30/06/2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

 Primero. Objeto de las basesEl objeto de estas bases es la regulación del otorgamiento, por parte del Ajuntament d’Esponellà, de ayudas a las familias de los alumnos de la escuela pública de Esponellà para la universalización de las actividades en el ámbito de la escolarización de sus hijos/hijas.Segundo. Personas destinatarias y requisitos2.1.a) Beneficiarios: Podrán obtener la condición de beneficiario de las ayudas las familias de alumnos de la escuela pública de Esponellà, empadronados en el municipio de Esponellà y con hijos en edad de escolarización que cursen educación infantil o educación primaria (des de I3 a 6º)2.1.b) Solicitantes: podrán sol·licitar la ayuda para minorar los gestos relacionados con la realización de actividades en el ámbito de la escolarización para el curso de la convocatoria de esta subvención, el padre, la madre, el tutor/ora o el representante legal del alumno que cumpla los requisitos de las bases2.2. RequisitosPara poder solicitar la ayuda, el alumnado deberá reunir los requisitos siguientes:· Estar empadronado en el municipio de Esponellà, como mínimo, desde el 1 de septiembe de el año de la convocatoria.· Estar cursando cualquiera de los cursos de la etapa de escolarización de educación infantil a educación primaria (de I3 a 6º)· Será necesario que los solicitantes se enquentren al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ajuntament d’EsponellàTercero. Bases ReguladorasLes bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones son las aprovades por el Pleno de l’Ajuntament d’Esponellà en fecha de 19 de marzo de 2025 i publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona, núm. 59 del 26 de marzo de 2025.Quart. Cuantía de la ayuda y gestos subvencionablesLa partida presupuestaria a la que se imputa la subvención és 02/3200/48004 y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de 1.500,00€ a razón de 75,00€ por alumno.Tienen consideración de gasto subvencionable los que inequívocamente responden a la realización de actividades en el ámbito de la escolarización de los alumnos de la escuela Carles de Fortuny de Esponellà en el plazo y con las condiciones determinados en las bases como pueden ser excursiones, colonias, cursos, talleres...Son gastos no subvencionables los destinados a la adquisición de material escolar y/o didáctico Quinto. Plazo, sol·licitud y documentación a presentarEl plazo de presentación de las solicitudes finalizará el día treinta (30) de junio de 2025. Si la ayuda se sol·licita para más de un hijo/a, serà necesario presentar un impreso por cada uno. La solicitud debe incluirDECLARACION RESPONSABLE que contendrà pronunciamiento expresso sobre las cuestiones siguientes:Que la persona solicitante no està incursa en las prohibiciones para obtenir la condición de beneficiaria y para ser receptora del pago establecidas en la lei 38/2003, de 17 de novembre, y en concreto apartados 2 y 3 i el apartado 5 del articulo 34 de la misma.Que la persona solicitante se compromete al cumplimiento de las obligaciones de las persones beneficiaries de subvenciones, establecidas en el articulo 14 de la Lei 38/2003, de 17 de novembreAUTORIZACIONES para la consulta interactiva por parte del Ayuntamiento de los requisitos de encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración tributaria (AEAT), frente la Seguridad Social (TGSS) y con la tresoreria municipal.FORMULARIO de domiciliación bancaria.Certificado emitido por la Escuela Pública en que conste el gasto de escolarización subvencionable satisfecho por cada alumno. Las solicitudes deben formalizarse mediante el modelo normalizado disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Esponellà y acompañado de la documentación prevista por el articulo 5 de las bases reguladoresTambién se podran presentar en cualquier de los sitios previstos en el articulo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 12/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 12/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A LAS FAMILIAS DE ALUMNOS DE LA ESCUELA PÚBLICA DE EPONELLÀ, PARA LA UNIVERSALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES EN EL ÀMBITO DE LA ESCOLARIZACIÓN DE SUS HIJOS/HIJAS CURSO 2024/2025Publicado 17/06/2025BASES REGULADORES DE LAS SUBVENCIONES A LA SFAMILIAS DE ALUMNOS DE LA ESCUELA PÚBLICA DE ESPONELLÀ, PARA LA UNIVERSALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES EN EL ÀMBITO DE LA ESCOLARIZACIÓN DE SUS HIJOS/HIJAS PARA EL CURSO 2024/2025