PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES243 - Zaragoza
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
18/06/2025
Fin de solicitudes
01/07/2025
Registro en BDNS
12/06/2025
Publicación en diario oficial
17/06/2025
Texto oficial de apertura: el dia siguiente de la publicación en el BOPZ
Texto oficial de cierre: concluye a los 10 dias de su publicción en el BOPX
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.Primero: BeneficiariosPodrán ser beneficiarios de estas ayudas los Ayuntamientos de la provincia de Zaragoza que pertenezcan a municipios que cuenten con una población inferior a 50.000 habitantes, de acuerdo con los datos del último padrón actualizado, y asociaciones con personalidad jurídica propia, sin ánimo de lucro, con domicilio social en la provincia de Zaragoza , inscritas en el correspondiente Registro Público de Asociaciones y que cuenten con el correspondiente certificado de representante de persona jurídica emitido por la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre. Segundo: FinalidadLa convocatoria del Plan de Ayudas para ayuntamientos y asociaciones sin ánimo de lucro de la provincia de Zaragoza organizadores de festivales de cine, año 2025, tiene como objetivo fundamental la difusión del séptimo arte, así como el apoyo a las asociaciones que lo impulsan en los municipios que integran la provincia de Zaragoza, descentralizando de esta manera la labor que la capital ofrece más accesible, al contar con mejores medios de publicidad y difusión. Se trata así de divulgar los audiovisuales, potenciando la vertebración del territorio y el desarrollo rural a través del celuloide.Se entiende por FESTIVAL, a efectos de esta convocatoria, el conjunto de actividades que de manera programática y unitaria dediquen especial atención a la programación, promoción y exhibición del cine, así como a películas de animación, cortometrajes, documentales y largometrajes que se lleven a cabo durante un periodo de tiempo concreto, no formando parte la programación regular de un espacio determinado.Se consideran gastos subvencionables aquellos que, de manera indubitada y siendo estrictamente necesarios, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen entre el 1 de enero de 2025 y el 7 de noviembre de 2025 (ambos inclusive) Se considerará gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado y ejecutado entre esas fechas.Tercero: Bases Reguladoras.Ordenanza General de Subvenciones de Diputación Provincial de Zaragoza (BOPZ nº 99 de fecha 4 de mayo de 2016).Cuarto: Importe.El crédito para esta convocatoria será el previsto en el ejercicio presupuestario de 2025 por un importe total de 140.000 euros. Se distribuirán con arreglo a este esquema:Aplicación presupuestaria 32200/33400/4620700 (RC n.º 22025003143) por 50.000 euros para subvencionar a Ayuntamientos.Aplicación presupuestaria 32200/33400/4890700 (RC n.º 22025003142) por 90.000 euros para subvencionar a asociaciones culturales sin ánimo de lucro.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:El plazo para que las solicitudes puedan acogerse a esta convocatoria será de diez días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOPZ. Las normas de la convocatoria, junto con los anexos, están disponibles en la Sede Electrónica y en el Portal de Transparencia de la de la Diputación Provincial de Zaragoza, y podrán consultarse en la página web de la Base Nacional de Subvenciones del Ministerio de Hacienda y Función Pública (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).Cualquier falsedad de los datos presentados dará lugar a la pérdida de la subvención concedida además de otras medidas que para el caso pueda arbitrar la Diputación de Zaragoza.