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Plazo no verificadoBDNS 839953

Ayudas 2025, de la Línea II, a entidades prestadoras de servicios a la juventud destinadas al fomento de la participación juvenil, según Decreto de 27/05/2025 que las convoca

AUTONOMICA · EXTREMADURA · INSTITUTO DE LA JUVENTUD DE EXTREMADURA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 03:51 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES43 - EXTREMADURA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
13/06/2025
Publicación en diario oficial
18/06/2025

Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el DOE

Texto oficial de cierre: Diez días hábiles a partir del día siguiente de publicación en DOE

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 de la Ley38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica elextracto de la convocatoria de las ayudas destinadas al fomento de laparticipación juvenil (Líneas I, II y III) cuyo texto completo puedeconsultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias) y en elpresente DOE.Primero. Entidades Beneficiarias.a) Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas de la Línea I, lasasociaciones juveniles y entidades asimiladas a las mismas que losoliciten en tiempo y forma y, que cumplan los requisitos establecidosen los artículos 3 y 25 del Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el quese establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudasdestinadas al fomento de la participación juvenil y primera convocatoriapara el ejercicio 2025, a la fecha de publicación de la convocatoria.b) Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas de la Línea II, lasentidades prestadoras de servicios a la juventud que lo soliciten entiempo y forma y, que cumplan los requisitos establecidos en losartículos 3 y 28 del Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el que seestablecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadasal fomento de la participación juvenil y primera convocatoria para elejercicio 2025, a la fecha de publicación de la convocatoria.c) Podrán ser grupos beneficiarios de las ayudas de la Línea III, losgrupos de jóvenes no asociados que lo soliciten en tiempo y forma y, quecumplan los requisitos establecidos en los artículos 3 y 32 del Decreto47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoraspara la concesión de ayudas destinadas al fomento de la participaciónjuvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025, a la fecha depublicación de la convocatoria.Segundo. Objeto.Se subvencionarán, con cargo a la convocatoria, las siguientes líneas deayudas:a) Línea I: Subvenciones destinadas a financiar proyectos de actividadesdesarrollados por asociaciones juveniles y entidades asimiladas a lasmismas.b) Línea II: Subvenciones destinadas a financiar proyectos deactividades desarrollados por entidades prestadoras de servicios a lajuventud.c) Línea III: Subvenciones destinadas a financiar la puesta en marcha deiniciativas juveniles desarrolladas por grupos de jóvenes no asociados.La finalidad de estas ayudas es apoyar el desarrollo de iniciativas yproyectos que tenga como destinataria la población joven de Extremaduray cuenten entre sus objetivos o medidas de actuación, las señaladas enel artículo 5 del Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el que seestablecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadasal fomento de la participación juvenil y primera convocatoria para elejercicio 2025.Tercero. Bases reguladoras.La convocatoria se regirá por las normas contenidas en el Decreto47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoraspara la concesión de ayudas destinadas al fomento de la participaciónjuvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025.Cuarto. Cuantía.a) Para la Línea I. Ayudas a asociaciones juveniles y entidadesasimiladas a las mismas, se destinará una cantidad total de TRESCIENTOSDIEZ MIL EUROS (310.000,00 €); proyecto de gasto 20001210, denominado“PARTICIPACIÓN JUVENIL: AYUDAS AL MOVIMIENTO ASOCIATIVO JUVENIL”, de losPresupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para elejercicio 2025.Se establece una cuantía mínima de ayuda de 3.000 euros y una máxima de7.000 euros. No obstante, en el caso de que el importe solicitado poruna entidad sea inferior a la cuantía resultante de la aplicación delbaremo siguiente, la cantidad subvencionada será equivalente a lasolicitada.b) Para la Línea II. Ayudas a entidades prestadoras de servicios a lajuventud. se destinará una cantidad total de CIENTO SESENTA MIL EUROS(160.000,00 €); proyecto de gasto 20001210, denominado “APOYO APROYECTOS DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SERVICIO A LA JUVENTUD”, de losPresupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para elejercicio 2025.Se establece una cuantía mínima de ayuda de 4.000 euros y una máxima de12.000 euros. No obstante, en el caso de que el importe solicitado poruna entidad sea inferior a la cuantía resultante de la aplicación delbaremo siguiente, la cantidad subvencionada será equivalente a lasolicitada.c) Para la Línea III: Subvenciones destinadas a financiar la puesta enmarcha de iniciativas juveniles desarrolladas por grupos de jóvenes noasociados. Importe máximo: CINCUENTA MIL EUROS (50.000,00 €); proyectode gasto 20001210, denominado “AYUDAS A LA INICIATIVA JUVENIL”, de losPresupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para elejercicio 2025.Se establece una cuantía mínima de ayuda de 3.000 euros y una máxima de5.000 euros.Quinto. Plazo de presentación.El plazo de presentación será de 10 días hábiles contados a partir deldía siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de laconvocatoria y de los extractos de las líneas contenidas en la mismaprevistos en el artículo 16.q de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, deSubvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 13/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexosPublicado 13/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexosPublicado 13/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexosPublicado 13/06/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de la participación juvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025.Publicado 18/06/2025Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de la participación juvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025